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Fecha de disposición28 Enero 1999
Fecha de publicación28 Enero 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 28 de enero de 1999 AÑO XVII - Nº 6792 Pág. 169271
Director: Enrique Sánchez Hernani http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
P C M
Autorizan viaje de funcionarios del CO-
NAM a México para participar en even-
to del Foro de Ministros de Medio Am-
biente de América Latina y el Caribe
RESOLUCION SUPREMA
Nº 044-99-PCM
Lima, 27 de enero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Presidente del Consejo Nacional del Ambiente -
CONAM, ha sido invitado a participar, en la Primera Reunión del
Comité Técnico Interagencial del Foro de Ministros de Medio
Ambiente de América Latina y el Caribe, a realizarse en la ciudad
de México D.F. el día 15 de enero de 1999;
Que, esta invitación ha sido cursada al Presidente del Consejo
Nacional del Ambiente - CONAM, en su calidad de Presidente del
Foro de Ministros de Medio Ambiente de América Latina y el
Caribe;
Que, esta reunión ha sido programada en cumplimiento de
las decisiones tomadas en la Primera Reunión Extraordinaria del
Comité Intersesional, celebrada en Nueva York el 19 de setiem-
bre de 1998;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº
053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Supre-
mo Nº 010-88-PCM, Decreto Supremo Nº 031-89-EF, Decreto
Supremo Nº 135-90-PCM y Decreto Supremo Nº 037-91-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Gonzalo Galdos
Jiménez, Presidente del Consejo Nacional del Ambiente - CO-
NAM, a la ciudad de México D.F. los días 14 y 15 de enero de 1999,
para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la
presente resolución se ejecutarán con cargo al Presupuesto para
1999 del Pliego 007 - Consejo Nacional del Ambiente, por la
Fuente de Financiamiento Donaciones Convenio ATN/JF-5123-
PE-BID:
- Pasajes :US$ 1,618.44
- Viáticos :US$ 440.00
- Impuesto Corpac :US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente resolución no da derecho a exone-
ración de impuestos o derechos aduaneros cualesquiera sea su
clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
1319
Autorizan viaje de funcionario de
PROMPERU a Ecuador, en comisión de
servicios
RESOLUCION SUPREMA
Nº 045-99-PCM
Lima, 27 de enero de 1999
Vista la Carta Nº SE.025-99 de la Secretaría Ejecutiva de la
Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú - PROMPERU tiene
previsto elaborar un vídeo sobre la historia del spondylus y su
relación con las culturas prehispánicas del Perú y el Ecuador en
base al cual se busca crear conciencia de su carácter como símbolo
de "Futuro Compartido", para lo cual se ha designado a un
funcionario quien viajará a la ciudad de Guayaquil - Ecuador, del
20 al 21 de enero de 1999;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº
560, Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-
85-PCM, Decreto Supremo Nº 010-88-PCM, Decreto Supremo Nº
031-89-EF, Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y Decreto Supremo
Nº 037-91-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Antonio Fortu-
nic Oliveira, del Area de Línea Editorial de la Comisión de
Promoción del Perú - PROMPERU, a la ciudad de Guayaquil -
Ecuador, del 20 al 21 de enero de 1999, para los fines expuestos
en la parte considerativa de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la
presente resolución serán con cargo al presupuesto de la Unidad
Ejecutora 002 Comisión de Promoción del Perú -PROMPERU del
Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, de acuerdo al
siguiente detalle:
Señor José Antonio Fortunic Oliveira
- Viáticos :US$ 200.00
- Pasajes :US$ 342.00
- Tarifa CORPAC :US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a
exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, cualesquiera
fuesen su denominación o clase.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
1320
Modifican resolución mediante la cual
se autorizó viaje de asesora de PROM-
PEX a Ecuador, en comisión de servi-
cios
RESOLUCION SUPREMA
Nº 046-99-PCM
Lima, 27 de enero de 1999
Visto el Oficio Nº 011-99-PROMPEX/GG del Gerente General
de la Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX;
y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 719-98-PCM se auto-
rizó el viaje de la Sra. Haydeé Yori de Rázuri, Asesora de la
Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a las
ciudades de Guayaquil y Quito - Ecuador, para realizar gestiones
de coordinación y organización de la Misión Comercial a Ecuador;
Que, es necesario modificar los Artículos 1º y 2º de la mencio-
nada Resolución Suprema Nº 719-98-PCM, en razón a las activi-
dades previas al evento;
De conformidad con la Ley del Poder Ejecutivo, Decreto
Legislativo Nº 560;
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 28 de enero de 1999
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifíquese los Artículos 1º y 2º de la Resolu-
ción Suprema Nº 719-98-PCM, quedando redactado de la siguien-
te manera:
"Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Haydeé Yori de
Rázuri y del señor Fernando García Castro, Asesores de la
Comisión para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a las
ciudades de Guayaquil y Quito - Ecuador, del 26 de noviembre al
11 de diciembre y del 28 de noviembre al 10 de diciembre de 1998
respectivamente, para los fines expuestos en la parte considera-
tiva de la presente resolución".
"Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la
presente resolución, serán con cargo al Presupuesto del Pliego 008
Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 01 Presi-
dencia de Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 001 Comisión para
la Promoción de Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y
Servicio, Programa 040 Comercio, Subprograma 0110 Promoción
Externa del Comercio, de acuerdo al siguiente detalle:
Haydeé Yori de Rázuri
- Viáticos :US$ 2,155.00
- Pasajes :US$ 355.00
Fernando García Castro
- Viáticos :US$ 1,635.00
- Pasajes :US$ 355.00"
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
1321
Aprueban el Reglamento de Organiza-
ción y Funciones de la Comisión Nacio-
nal de Coordinación del Plan Nacional
de Población 1998-2002
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 009-99-PCM
Lima, 26 de enero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 011-98-PROMUDEH, se apro-
bó el Plan Nacional de Población, el cual constituye un instru-
mento de gestión en materia de población;
Que, en el Artículo 3º del referido decreto, se establece que la
Comisión Nacional de Coordinación del Plan Nacional de Pobla-
ción 1998-2002 - COORDIPLAN, tiene por función coordinar la
aplicación de éste;
Que, el Artículo 6º del dispositivo señalado en el primer
considerando, establece que el Reglamento de COORDIPLAN,
será aprobado por el Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 560
- Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Supremo Nº 041-94-PCM; y,
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébese el Reglamento de Organización y Fun-
ciones de la Comisión Nacional de Coordinación del Plan Nacional de
Población 1998-2002 - COORDIPLAN, que consta de tres (3) títulos,
ocho (8) artículos y dos (2) disposiciones complementarias y transito-
rias, y forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2º.- Transcribir la Resolución Ministerial, a los
titulares de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano,
Salud, Educación, Presidencia y Trabajo y Promoción Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y
FUNCIONES DE LA COMISION NACIONAL
DE COORDINACION DEL PLAN
NACIONAL DE POBLACION
1998-2002
TITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- La Comisión Nacional de Coordinación del Plan
Nacional de Población 1998-2002, COORDIPLAN, es el ente
coordinador nacional de la aplicación del Plan Nacional de Pobla-
ción 1998-2002 y de las políticas, estrategias y programas de
salud reproductiva y planificación familiar que forman parte del
mismo.
Artículo 2º.- Las disposiciones contenidas en el presente
reglamento, en el ámbito de COORDIPLAN, son de aplicación a
los siguientes organismos integrantes: Ministerio de Promoción
de la Mujer y del Desarrollo Humano, Ministerio de Salud,
Ministerio de Educación, Ministerio de la Presidencia, Instituto
Peruano de Seguridad Social, Instituto Nacional de Estadística e
Informática y Consejo Nacional del Ambiente.
TITULO II
FINALIDAD Y ATRIBUCIONES
Artículo 3º.- Es finalidad de COORDIPLAN, promover ac-
ciones concertadas entre los sectores e instituciones involucra-
dos, a fin de garantizar la adecuada aplicación del Plan Nacional
de Población 1998-2002.
Artículo 4º.- Son atribuciones específicas de COORDIPLAN,
las siguientes:
a) Establecer los mecanismos de coordinación intersectorial,
para la aplicación del Plan Nacional de Población 1998-2002;
b) Realizar el seguimiento y evaluación de los programas y
proyectos de población, especialmente de educación sexual, salud
reproductiva y planificación familiar, con la finalidad de evaluar
el cumplimiento de la cobertura y resultados esperados, y anali-
zar el impacto demográfico y de desarrollo de las acciones reali-
zadas;
c) Promover acciones de capacitación y especialización de los
profesionales y técnicos de los diferentes sectores e instituciones
involucradas en la implementación del Plan Nacional de Pobla-
ción 1998-2002, con la finalidad de asegurar su cumplimiento y
continuidad.
d) Promover y difundir la generación de bases de datos para
sistemas de consulta con información actualizada y especializada
de las áreas temáticas consideradas en el Plan Nacional de
Población 1998-2002, con énfasis en educación sexual, salud
reproductiva y planificación familiar, a fin de monitorear y
evaluar el estado y la calidad de vida de la población, en especial
en las zonas identificadas como de mayor pobreza;
e) Promover y priorizar, en coordinación con los sectores e
instituciones, el desarrollo de investigaciones especializadas en
temas de población y desarrollo, con la finalidad de difundir y
sensibilizar a las autoridades gubernamentales y no guberna-
mentales, en sus diferentes niveles de responsabilidad, para una
adecuada toma de decisiones;
f) Coordinar con las entidades de cooperación técnica inter-
nacional la asistencia financiera y técnica para la ejecución de
proyectos de cobertura nacional y regional, priorizados por
sectores dentro del Plan de Trabajo del COORDIPLAN, para la
ejecución del Plan Nacional de Población 1998-2002, que per-
mita focalizar las áreas y poblaciones de mayor vulnerabili-
dad, movilización de recursos para la adecuada ejecución del
mismo;
g) Promover la participación de la sociedad civil en la aplica-
ción del Plan Nacional de Población 1998-2002;
h) Aprobar el Plan de Trabajo Anual.
TITULO III
ORGANIZACION Y FUNCIONES
Artículo 5º.- La Comisión Nacional de Coordinación del Plan
Nacional de Población 1998-2002 está conformada por:
- Un representante del señor Presidente de la República,
quien la presidirá;
- El Viceministro de Promoción de la Mujer y Desarrollo
Humano;
- El Viceministro de Salud;
- El Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de
Educación;
- El Viceministro de Desarrollo Regional del Ministerio de la
Presidencia;
- El Presidente del Consejo Directivo del Instituto Peruano de
Seguridad Social;
- El Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática; y,
- El Presidente del Consejo Nacional del Ambiente.
Artículo 6º.- La Presidencia de COORDIPLAN estará a
cargo del representante del señor Presidente de la República,
quien tendrá las siguientes funciones:
a) Dirigir y supervisar el Plan de Trabajo Anual aprobado por
la comisión;
b) Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias e
informar sobre los asuntos relacionados a COORDIPLAN;
c) Proponer la agenda para las reuniones de COORDIPLAN;
d) Firmar convenios interinstitucionales y de cooperación
nacional e internacional, así como los documentos de representa-
ción, que COORDIPLAN acuerde suscribir dentro del marco de lo
dispuesto en el Artículo 4º del presente reglamento;
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NORMAS LEGALES
Lima, jueves 28 de enero de 1999
e) Proponer a la comisión la conformación de Grupos de
Trabajo para la ejecución de tareas con objetivos específicos;
f) Convocar a la Mesa de Donantes para canalizar los recursos
de la cooperación técnica internacional, en coordinación con el
Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), quien
ejercerá la Secretaría de dicha Mesa de Donantes.
Artículo 7º.- La Secretaría Técnica estará a cargo de la
Gerencia de Desarrollo Humano del Ministerio de Promoción de
la Mujer y del Desarrollo Humano. Tiene por finalidad el brindar
apoyo a COORDIPLAN para el cumplimiento de sus objetivos y
tiene las siguientes funciones:
a) Proponer el Plan de Trabajo Anual al Presidente de COOR-
DIPLAN;
b) Proporcionar apoyo técnico a la implementación del Plan
Nacional de Población 1998-2002 en el ámbito nacional;
c) Recabar y sistematizar los informes de seguimiento del
trabajo intersectorial los que contendrán conclusiones y reco-
mendaciones que permitan la revisión del plan de trabajo corres-
pondiente;
d) Promover y coordinar la realización de investigaciones
intersectoriales en materia de población y desarrollo;
e) Coordinar los Planes de Trabajo y acciones de los diferentes
sectores en materia de población;
f) Otras que le asigne la Presidencia del COORDIPLAN.
Artículo 8º.- Las instituciones integrantes de la comisión
brindarán a la Secretaría Técnica la información necesaria para
el seguimiento del Plan Nacional de Población 1998-2002, en
forma periódica.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Y FINALES
Primera.- Las actividades que cumpla COORDIPLAN
armonizan con las que corresponden a los órganos estructura-
dos de las instituciones integrantes, los cuales mantienen las
atribuciones que les competen de acuerdo a sus normas de
funcionamiento.
Segunda.- COORDIPLAN elaborará y aprobará las normas
internas de su funcionamiento.
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ECONOMIA Y
FINANZAS
Aprueban transferencia de inmueble
ubicado en la provincia de Jaén a favor
del Ministerio de Educación
DECRETO SUPREMO
Nº 010-99-EF
TRANSFERENCIA DE INMUEBLE DE
PROPIEDAD DEL BANCO INDUSTRIAL
DEL PERU EN LIQUIDACION A FAVOR
DEL MINISTERIO DE EDUCACION
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, a la fecha el Banco Industrial del Perú en Liquidación
mantiene una deuda pendiente de cancelación a favor del Minis-
terio de Economía y Finanzas, por concepto de la deuda asumida
en virtud del Decreto de Urgencia Nº 034-94;
Que, el Banco Industrial del Perú en Liquidación es propieta-
rio del inmueble ubicado en la calle Villanueva Pinillos Nº 1235,
del distrito y provincia de Jaén, departamento de Cajamarca,
cuya adquisición ha sido solicitada por el Ministerio de Educación
con el objeto de satisfacer las necesidades de infraestructura de
su sector;
Que, siendo propósito del Gobierno continuar fortaleciendo el
proceso de Modernización de la Educación, resulta necesario que
el inmueble de propiedad del Banco Industrial del Perú en
Liquidación se transfiera al Ministerio de Educación;
Que, en consecuencia, es necesario aprobar la transferencia
del inmueble antes citado a favor del Ministerio de Educación a
título oneroso y al valor de tasación determinado por el Consejo
Nacional de Tasaciones -CONATA- con cargo a la deuda antes
mencionada;
De conformidad con la Tercera Disposición Transitoria de la
Ley Nº 27013, - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999;
Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
CONSUCODE
COMUNICADO Nº 002-99 (PRE)
CREASE SECCION ESPECIAL PUBLICACION AVISOS
CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
Se pone en conocimiento de las Entidades comprendidas en el ámbito de la Ley Nº 26850
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento que, a partir del 1 de
febrero de año en curso, se publicarán los avisos referidos a los procesos de selección
de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios u obras del Estado en una "Sección
Especial" del "Boletín Oficial" del Diario Oficial El Peruano, en cumplimiento de disposi-
ciones legales vigentes, y de acuerdo a la Directiva Nº 001-98-CONSUCODE, aprobada
por Resolución Nº 003-98-CONSUCODE/P y a la Resolución Nº 019-99-CONSUCODE
(PRE) publicadas el 7 de diciembre de 1998 y 27 de enero de 1999, respectivamente.
Las órdenes de publicación serán recibidas de lunes a viernes hasta las 17.00 horas, en
el local del Diario Oficial El Peruano con 48 horas de anticipación.
San Isidro, enero de 1999
REG. 0130

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