1007 411-99-PRONAA/P - VIENE DE 11141

Fecha de publicación02 Septiembre 1999
Fecha de disposición02 Septiembre 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 2 de setiembre de 1999 AÑO XVII - Nº 7010 Pág. 177347
Director: Manuel Jesús Orbegozo http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
AGRICULTURA
Conforman la Unidad de Desarrollo de
la Amazonía - UDA
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 0641-99-AG
Lima, 23 de agosto de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27037 se ha dictado la "Ley de
Promoción de la Amazonía" que tiene como objeto promover el
desarrollo sostenible e integral de la Amazonía, estableciendo
las condiciones para la inversión pública y la promoción de la
inversión privada;
Que, el Ministerio de Agricultura, tiene como finalidad
promover el desarrollo sostenible del Sector Agrario, marco
dentro del cual, para el caso de la Amazonía, debe impulsar y
apoyar proyectos, programas y acciones que apunten a este
objetivo;
Que, para los fines indicados es necesario, conformar la
Unidad de Desarrollo de la Amazonía (UDA), que se encargue de
la promoción, facilitación y supervisión de los programas, pro-
yectos y acciones de Desarrollo Agrario en la Amazonía;
De conformidad con el Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25902
- Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Conformar la Unidad de Desarrollo de la
Amazonía (UDA) dependiente del Viceministro de Agricultura,
la misma que estará a cargo de un Consejo Directivo integrado
por el Director General de la Oficina de Planificación Agraria -
OPA, el Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales -
INRENA, y un Coordinador Ejecutivo que será designado me-
diante Resolución del Titular del Sector.
Artículo 2º.- La Unidad de Desarrollo de la Amazonía,
es el Organo funcional del Ministerio de Agricultura, encar-
gado de la promoción, facilitación y supervisión de los pro-
gramas, proyectos y acciones de Desarrollo Agrario en la
Amazonía de acuerdo con lo dispuesto en la Ley de Promo-
ción de la Amazonía.
Artículo 3º.- Para el cumplimiento de sus fines, la UDA
formulará un Programa de Desarrollo Amazónico Sectorial, el
que tomará en cuenta los componentes necesarios para una
eficaz aplicación de la política de Desarrollo Sostenible.
Artículo 4º.- Los Organos y Organismos del Ministerio de
Agricultura, brindarán el apoyo necesario a la referida Unidad,
para el mejor desempeño de sus funciones.
Artículo 5º.- Los recursos económicos que el funciona-
miento de la UDA y la ejecución que el Programa de Desarrollo
de la Amazonía demande, podrán provenir de las siguientes
fuentes:
- Presupuesto Anual del Pliego Agricultura.
- Transferencia presupuestaria de otras entidades del Sector
Público.
- Convenios con entidades de Cooperación Técnica Naciona-
les e Internacionales.
- Donaciones.
Artículo 6º.- Designar a partir de la fecha, al Ing. Juan
Peralta Ginocchio como Coordinador Ejecutivo de la Unidad de
Desarrollo de la Amazonía.
Regístrese y comuníquese.
BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA
Ministro de Agricultura
11151
ECONOMIA Y
FINANZAS
Autorizan viaje de Presidente del Conse-
jo Directivo del OSINERG para asistir a
conferencia sobre riesgos en la infra-
estructura privada, a realizarse en Italia
RESOLUCION SUPREMA
Nº 409-99-EF
Lima, 1 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio Nº 6315-1999-OSINERG-SECD, el
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía -OSINERG-,
solicita se autorice el viaje de directivo a la ciudad de Roma,
Italia, del 7 al 12 de setiembre de 1999, para asistir a la
Conferencia Internacional sobre Riesgos Políticos y Regulato-
rios en la Infraestructura Privada;
Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje,
cuyos gastos serán cubiertos con recursos del Presupuesto del
Organismo Supervisor de la Inversión en Energía correspon-
diente al ejercicio 1999;
De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5 de la
Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aprobada me-
diante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Guillermo Thorn-
berry Villarán, Presidente del Consejo Directivo del Organismo
Supervisor de la Inversión en Energía -OSINERG- a la ciudad de
Roma, Italia, del 7 al 12 de setiembre de 1999, para los fines
expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del
presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con
recursos del Presupuesto del OSINERG:
- Pasajes US$ 1 136,19
- Viáticos US$ 1 560,00
- Tarifa de CORPAC US$ 25,00
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga dere-
cho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier
clase o denominación a favor del directivo cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
11245
Modifican índices de distribución del
Fondo de Compensación Municipal co-
rrespondientes a diversos distritos de
los departamentos de La Libertad y
Lambayeque
RESOLUCION MINISTERIAL
Nº 184-99-EF/15
Lima, 1 de setiembre de 1999
Pág. 177348
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 2 de setiembre de 1999
Amplían Calendario de Compromisos
correspondiente al mes de agosto del
ejercicio fiscal 1999
RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 034-99-EF/76.01
Lima, 1 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 031-99-EF/76.01 se
aprobó el Calendario de Compromisos del mes de agosto del
presente Ejercicio Fiscal;
Que, es necesario modificar, por ampliación, el Calendario
de Compromisos del mes de agosto de los Organismos compro-
metidos en las Secciones Primera: Gobierno Central y Segunda:
Instancias Descentralizadas;
Estando a lo informado por la Dirección de Programación,
Evaluación Presupuestal y Procesamiento de la Dirección Na-
cional del Presupuesto Público;
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 34º de la Ley
Nº 26703 - Ley de Gestión Presupuestaria del Estado y el
Artículo 22º de la Directiva Nº 001-99-EF/76.01 aprobada por
Resolución Directoral Nº 044-98-EF/76.01;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar el Calendario de Compromisos del
mes de agosto del Ejercicio Fiscal 1999, en los montos que se
detallan en el Anexo de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los montos aprobados en el Anexo que se
señala en el artículo precedente, se desagregan a nivel de Pliego,
Unidad Ejecutora, Función, Programa, Grupo Genérico de Gas-
tos y Fuentes de Financiamiento de acuerdo a los reportes que
forman parte de la ampliación de Calendario de Compromisos
del mes de agosto de 1999.
Regístrese y comuníquese.
REYNALDO BRINGAS DELGADO
Director General
Dirección Nacional del Presupuesto Público
ANEXO DE LA RESOLUCION DIRECTORAL
Nº 034-99-EF/76.01
AMPLIACION DE CALENDARIO DE
COMPROMISOS
AGOSTO DE 1999
SECCIONES EN NUEVOS SOLES
PRIMERA:GOBIERNO CENTRAL 170 288 860
RECURSOS ORDINARIOS 144 255 130
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 9 794 312
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 10 073 499
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 6 165 919
SEGUNDA:INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 131 642 752
RECURSOS ORDINARIOS 64 629 037
CANON Y SOBRECANON 993 547
CONTRIBUCIONES A FONDOS 5 297 547
RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 28 704 015
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO INTERNO 2 663 054
RECURSOS POR OPERAC. OFICIALES DE CREDITO EXTERNO 26 298 000
DONACIONES Y TRANSFERENCIAS 3 057 552
TOTAL GENERAL: 301 931 612
11215
EDUCACION
Aceptan renuncia de Presidente del
Consejo Nacional del Deporte - Institu-
to Peruano del Deporte
RESOLUCION SUPREMA
Nº 123-99-ED
Lima, 1 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 26916 se crea en el departamento de
La Libertad, provincia de Ascope, el distrito de Casa Grande;
Que, mediante Ley Nº 26921 se crea en el departamento de
Lambayeque, provincia de Chiclayo, los distritos de Cayaltí,
Pátapo, Pomalca, Pucalá y Tumán;
Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 004-99-PCM
y la Resolución Nº 207-99-JNE, se realizó las Elecciones Muni-
cipales Complementarias, entre otros, en los distritos creados
por las Leyes Nºs. 26916 y 26921;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº
12-95-EF, es necesario modificar los índices de distribución
del Fondo de Compensación Municipal, a fin de incluir a los
distritos recientemente creados mediante las leyes antes
mencionadas; para lo cual se cuenta con la información
necesaria remitida por el Instituto Nacional de Estadística
e Informática - INEI;
De conformidad con lo establecido en el Artículo 3º del
Decreto Supremo Nº 12-95-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modifícanse los índices de distribución del
Fondo de Compensación Municipal aprobados mediante Re-
solución Ministerial Nº 077-96-EF/15 y normas modificato-
rias, correspondientes a los distritos de Ascope, Chocope y
Rázuri en el departamento de La Libertad; y a los de Chicla-
yo, Saña, Picsi, Ferreñafe y Manuel Antonio Mesones Muro
en el departamento de Lambayeque; a fin de incorporar en la
distribución, a los distritos recientemente creados de Casa
Grande en el departamento de La Libertad y a los de Cayaltí,
Pátapo, Pomalca, Pucalá y Tumán en el departamento de
Lambayeque.
INDICES DE DISTRIBUCION
INTERVALO
(En Millones de Nuevos Soles) Serie A Serie B Serie C Serie D
DESDE MENOS = 68 = 72 = 76
HASTA <68 <72 <76 MAS
DEPARTAMENTO\
PROVINCIA\DISTRITO
LA LIBERTAD
ASCOPE
ASCOPE 0.0010337 0.0009746 0.0009220 0.0008746
CHOCOPE 0.0004058 0.0003826 0.0003619 0.0003434
RAZURI 0.0002629 0.0002479 0.0002344 0.0002225
CASA GRANDE 0.0008050 0.0007590 0.0007180 0.0006811
LAMBAYEQUE
CHICLAYO
CHICLAYO 0.0098225 0.0092850 0.0090847 0.0090197
SAÑA 0.0005651 0.0005363 0.0005259 0.0005228
PICSI 0.0002738 0.0002598 0.0002547 0.0002532
CAYALTI 0.0004460 0.0004232 0.0004151 0.0004127
PATAPO 0.0006255 0.0006004 0.0005929 0.0005920
POMALCA 0.0005320 0.0005025 0.0004914 0.0004877
PUCALA 0.0002026 0.0001922 0.0001884 0.0001873
TUMAN 0.0007044 0.0006681 0.0006550 0.0006511
FERREÑAFE
FERREÑAFE 0.0018344 0.0019343 0.0020100 0.0020664
MANUEL ANTONIO MESONES MURO 0.0003098 0.0003002 0.0002979 0.0002983
Para la distribución mensual del Fondo de Compensa-
ción Municipal se tomará en cuenta los índices modificados
por esta Resolución Ministerial, el monto recaudado por
dicho Fondo el mes inmediato anterior y la asignación
mínima mensual de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº
27082.
Artículo 2º.- Los indicados índices reajustados, serán de
aplicación a partir de las transferencias que por este recurso se
efectúen el mes de octubre de 1999, que corresponden a lo
recaudado el mes de setiembre de 1999.
Regístrese y publíquese.
VICTOR JOY WAY ROJAS
Ministro de Economía y Finanzas
11241
Pág. 177349
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 2 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27159, Ley General de Deporte, se
estableció que el Instituto Peruano del Deporte - IPD, ente rector
del Sistema Deportivo Nacional, es un Organismo Público Des-
centralizado del Ministerio de Educación;
Que, el Presidente del Consejo Nacional del Deporte - Insti-
tuto Peruano del Deporte, ha presentado su renuncia al referido
cargo;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo
Nº 560, Ley Nº 27159, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Ley Nº
25762, modificado por Ley Nº 26510;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Aceptar la renuncia presentada por el
señor Angel Jorge GALLI ALVAREZ, al cargo de Presidente del
Consejo Nacional del Deporte - Instituto Peruano del Deporte,
dándosele las gracias por los servicios prestados.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FELIPE GARCIA ESCUDERO
Ministro de Educación
11243
Designan Presidente Ejecutivo del
Instituto Peruano del Deporte
RESOLUCION SUPREMA
Nº 124-99-ED
Lima, 1 de setiembre de 1999
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 27159, Ley General de Deporte, se
establece que el Instituto Peruano del Deporte - IPD, ente rector
del Sistema Deportivo Nacional, es un Organismo Público Des-
centralizado del Ministerio de Educación;
Que, el Artículo 9º de la referida Ley establece que el
Instituto Peruano del Deporte - IPD, estará a cargo de un
Consejo Directivo, cuyo Presidente Ejecutivo es designado
por Resolución Suprema refrendada por el Ministro de Edu-
cación;
De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo
Nº 560, Ley Nº 27159, Decreto Ley Nº 25515 y Decreto Ley Nº
25762, modificado por Ley Nº 26510;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Designar, a partir de la fecha de la
presente Resolución, al señor Teófilo Juan CUBILLAS
ARIZAGA, como Presidente Ejecutivo del Instituto Peruano
del Deporte - IPD.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
FELIPE GARCIA ESCUDERO
Ministro de Educación
11244
ENERGIA Y MINAS
Aprueban cesión de participación en
contrato de licencia para explora-
ción y explotación de hidrocarburos
en el Lote 32
DECRETO SUPREMO
Nº 036-99-EM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
COLOCAR
AVISO
CURSOS
INTERNACIONALES

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