RESOLUCION MINISTERIAL N° 021-2014/MINSA - Delegan diversas facultades en el Viceministro de Salud Pública, Viceministra de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, y en el Secretario General del Ministerio de Salud

Fecha de publicación14 Enero 2014
Fecha de disposición14 Enero 2014
El Peruano
Martes 14 de enero de 2014 514249
relaciones de articulación y coordinación con otras
entidades;
Que, el artículo 9° de la Ley de Organización y
Funciones del Ministerio de Salud, establece la estructura
básica del Ministerio de Salud, la cual está compuesta por
el Despacho Ministerial, el Despacho Viceministerial de
Salud Pública, el Despacho Viceministerial de Prestaciones
y Aseguramiento en Salud y la Secretaría General, como
órganos de Alta Dirección;
Que, conforme se desprende del literal a) del artículo
11° de la precitada Ley de Organización y Funciones,
el Despacho Viceministerial de Salud Pública, formula,
propone, implementa, evalúa y supervisa la política de
salud pública, orientadas a mediano y largo plazo, así
como a las intervenciones de promoción y protección de la
salud de la población;
Que, el literal a) del artículo 12° de la citada Ley,
señala que el Despacho Viceministerial de Prestaciones
y Aseguramiento en Salud, formula, propone, implementa,
ejecuta, supervisa y evalúa la política sectorial relacionada
a la organización y gestión de la prestación de servicios
de salud, al acceso a la atención y al aseguramiento en
salud;
Que, el artículo 13° de la antes mencionada Ley de
Organización y Funciones establece que la Secretaría
General está a cargo de un(a) Secretario(a) General,
que asiste y asesora al Ministro en los sistemas de
administración del Ministerio de Salud. Puede asumir por
delegación expresa del Ministro las materias que no sean
privativas del cargo de Ministro de Estado. Está encargada
de supervisar la actualización permanente del portal de
transparencia de su respectivo Ministerio;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del
Decreto Legislativo N° 1161, faculta al Ministerio de Salud
a dictar las disposiciones complementarias pertinentes
para la adecuada implementación del referido Decreto
Legislativo;
Que, en ese contexto, a f‌i n de garantizar la continuidad
y operatividad de las funciones asignadas al Ministerio
de Salud en la Ley de Organización y Funciones, resulta
necesario, que en tanto se aprueben sus documentos
de gestión, dictar medidas que establezcan la relación
funcional de los órganos de línea, apoyo, asesoramiento y
los órganos desconcentrados del Ministerio de Salud, así
como el nivel de coordinación con los organismos públicos
adscritos;
Con el visado del Director General de la Of‌i cina General
de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General
de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica, del Viceministro
de Salud Pública, de la Viceministra de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud, y del Secretario General;
De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del
artículo 25° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder
Ejecutivo, y el Decreto Legislativo N° 1161, que aprueba la
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer la dependencia funcional de
los órganos del Ministerio de Salud, así como el nivel de
coordinación con los organismos públicos adscritos, en
tanto se apruebe el nuevo Reglamento de Organización y
Funciones y su estructura organizacional. La dependencia
funcional se señala a continuación:
1.1 Despacho Viceministerial de Salud Pública
Dependerán funcionalmente del Despacho
Viceministerial de Salud Pública los siguientes órganos:
- Dirección General de Salud de las Personas
- Dirección General de Salud Ambiental
- Dirección General de Promoción de la Salud
- Dirección General de Epidemiología
- Of‌i cina General de Defensa Nacional
Coordinará sus lineamientos técnicos y la formulación
de sus objetivos con el Despacho Viceministerial de Salud
Pública el siguiente Organismo Público adscrito:
- Instituto Nacional de Salud
1.2 Despacho Viceministerial de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud
Dependerán funcionalmente del Despacho
Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud
los siguientes órganos:
- Dirección General de Medicamentos, Insumos y
Drogas
- Dirección General de Gestión del Desarrollo de
Recursos Humanos
- Dirección General de Infraestructura, Equipamiento y
Mantenimiento
- Organización Nacional de Donación y Trasplantes
- Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos
en Salud
- Direcciones de Salud II, IV y V y los Institutos
Especializados, en tanto se transf‌i eran al Instituto de
Gestión de Servicios de Salud.
Coordinarán sus lineamientos técnicos y la formulación
de sus objetivos con el Despacho Viceministerial de
Prestaciones y Aseguramiento en Salud los siguientes
organismos públicos adscritos:
- Seguro Integral de Salud
- Superintendencia Nacional de Salud
- Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas
1.3 Secretaría General
Dependerán funcionalmente de la Secretaría General
del Ministerio de Salud los siguientes órganos:
- Of‌i cina General de Administración
- Of‌i cina General de Gestión de Recursos Humanos
- Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
- Of‌i cina General de Asesoría Jurídica
- Of‌i cina General de Cooperación Internacional
- Of‌i cina General de Comunicaciones
- Of‌i cina General de Estadística e Informática
- Of‌i cina de Descentralización
- Defensoría de la Salud y Transparencia
Artículo 2º.- El Consejo Nacional de Salud y la
Secretaría de Coordinación, el Órgano de Control
Institucional y la Procuraduría Pública, mantienen su
dependencia, conforme lo establece el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Salud,
aprobado con Decreto Supremo N° 023-2005-SA y sus
modif‌i catorias.
Artículo 3º.- Lo dispuesto en la presente Resolución
Ministerial entra en vigencia a partir de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 4º.- Encargar a la Of‌i cina General de
Comunicaciones, la publicación de la presente Resolución
Ministerial en el portal institucional del Ministerio de Salud,
en la dirección electrónica: http://www.minsa.gob.pe/
transparencia/normas.asp.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIDORI DE HABICH ROSPIGLIOSI
Ministra de Salud
1037498-2
Delegan diversas facultades en el
Viceministro de Salud Pública,
Viceministra de Prestaciones y
Aseguramiento en Salud, y en el
Secretario General del Ministerio de
Salud
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 021-2014/MINSA
Lima 13 de enero del 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1161, se aprobó
la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Salud, cuya f‌i nalidad es determinar y regular el ámbito de
competencia del Ministerio de Salud; así como sus relaciones
de articulación y coordinación con otras entidades;
Que, de conformidad con lo establecido en el citado
Decreto Legislativo, el Ministerio de Salud es la Autoridad de
Salud a nivel nacional, que tiene a su cargo la formulación,
dirección y gestión de la Política Nacional de Salud y es la
máxima autoridad en materia de salud;

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