RESOLUCION VICE MINISTERIAL Nº 768-2011-MTC/03 - Renuevan autorizaciones otorgadas a personas jurídicas para prestar servicio de radiodifusión sonora y por televisión en diversas localidades

Fecha de disposición17 Septiembre 2011
Fecha de publicación17 Septiembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 17 de setiembre de 2011
450082
de la respectiva resolución y se renueva automáticamente
por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos en la Ley”, en concordancia con lo estipulado
Ley Nº 27444, que en su numeral 16.1 del artículo 16º
señala: “El acto administrativo es ef‌i caz a partir de que
la notif‌i cación legalmente realizada produce sus efectos,
conforme a lo dispuesto en el presente capítulo”;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión
- Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento
Administrativo General –Ley Nº 27444, el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 021-2007-MTC y la Ley del Silencio Administrativo- Ley
Nº 29060; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Los derechos de la autorización otorgada
a don JULIO FLORIAN BORDA RAMOS, formalizada
mediante Resolución Viceministerial Nº 301-2009-
MTC/03, rigen a partir del 06 de mayo de 2009, conforme
a lo indicado en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Las obligaciones de la autorización
indicada en el artículo precedente, rigen a partir del 23
de julio de 2009, día de la notif‌i cación de la Resolución
Viceministerial Nº 301-2009-MTC/03, conforme a
lo indicado en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CUBA HIDALGO
Viceministro de Comunicaciones
690220-1
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 762-2011-MTC/03
Lima, 22 de julio de 2011
VISTO, el Expediente Nº 2005-017869 presentado
por la empresa RADIO GOTAS DE ORO E.I.R.L., sobre
otorgamiento de autorización para la prestación del
servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia
Modulada (FM) en la localidad de Ayabaca, departamento
de Piura;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 4 de enero de 2008, quedó aprobada
por resolución f‌i cta la autorización otorgada a la empresa
RADIO GOTAS DE ORO E.I.R.L. para la prestación del
servicio de radiodifusión sonora comercial en Frecuencia
Modulada (FM), en la localidad de Ayabaca, departamento
de Piura;
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 355-
2009-MTC/03 de fecha 10 de agosto de 2009, se declaró
aprobada la autorización a la empresa RADIO GOTAS
DE ORO E.I.R.L., por el plazo de diez (10) años, para
prestar el servicio de radiodifusión sonora comercial en
Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Ayabaca,
departamento de Piura;
Que, a efectos de que la empresa RADIO GOTAS DE
ORO E.I.R.L., pueda ejercer sus derechos y cumplir sus
obligaciones derivadas de la autorización en mención,
corresponde precisar la Resolución Viceministerial Nº 355-
2009-MTC/03;
Que, respecto a los derechos derivados de la
autorización se debe precisar que éstas rigen a partir
de su otorgamiento efectuado mediante resolución f‌i cta
en aplicación del silencio administrativo positivo, de
conformidad a lo establecido en el artículo 2º de la Ley
Nº 29060 – Ley del Silencio Administrativo, concordado
con el numeral 24.1 del artículo 24º y numeral 188.1
del artículo 188º, ambos de la Ley del Procedimiento
Administrativo General, Ley Nº 27444, es decir rigen
desde el 04 de enero de 2008;
Que, respecto a las obligaciones de la autorización
éstas rigen a partir de la notif‌i cación de la Resolución
Viceministerial Nº 355-2009-MTC/03, es decir a partir del
12 de agosto de 2009, de acuerdo a lo estipulado en el
“El plazo máximo de vigencia de la autorización es de diez
(10) años, computados a partir de la fecha de notif‌i cación
de la respectiva resolución y se renueva automáticamente
por períodos iguales, previo cumplimiento de los requisitos
establecidos en la Ley”, en concordancia con lo estipulado
Ley Nº 27444, que en su numeral 16.1 del artículo 16º
señala: “El acto administrativo es ef‌i caz a partir de que
la notif‌i cación legalmente realizada produce sus efectos,
conforme a lo dispuesto en el presente capítulo”;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión
- Ley Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2005-MTC, la Ley del Procedimiento
Administrativo General –Ley Nº 27444, el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 021-2007-MTC y la Ley del Silencio Administrativo- Ley
Nº 29060; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Los derechos de la autorización
otorgada a la empresa RADIO GOTAS DE ORO E.I.R.L.,
formalizada mediante Resolución Viceministerial Nº 355-
2009-MTC/03, rigen a partir del 04 de enero de 2008,
conforme a lo indicado en la parte considerativa de la
presente resolución.
Artículo 2º.- Las obligaciones de la autorización
indicada en el artículo precedente, rigen a partir del 12
de agosto de 2009, día de la notif‌i cación de la Resolución
Viceministerial Nº 355-2009-MTC/03, conforme a
lo indicado en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución
a la Dirección General de Control y Supervisión de
Comunicaciones para las acciones que corresponda, de
acuerdo a su competencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE LUIS CUBA HIDALGO
Viceministro de Comunicaciones
690221-1
Renuevan autorizaciones otorgadas a
personas jurídicas para prestar servicio
de radiodifusión sonora y por televisión
en diversas localidades
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 763-2011-MTC/03
Lima, 22 de julio de 2011
VISTAS, las solicitudes de registro Nº 2011-020874
y Nº 2011-020848, ambas del 09 de mayo de 2011,
presentada por la COMPAÑÍA LATINOAMERICANA DE
RADIODIFUSIÓN S.A., sobre renovación de autorización
de dos estaciones del servicio de radiodifusión por
televisión comercial en VHF, ubicadas en las localidades
de Trujillo y La Molina, respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 456-
2006-MTC/03 del 28 de agosto de 2006, se renovó la
autorización otorgada mediante Resolución Ministerial

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