RESOLUCION VICE MINISTERIAL N° 626-2013-MTC/03 - Otorgan autorizaciones a personas naturales y jurídica para prestar servicio de radiodifusión sonora en FM en localidades de los departamentos de Apurímac, Cusco y Cajamarca

Fecha de publicación14 Diciembre 2013
Fecha de disposición14 Diciembre 2013
El Peruano
Sábado 14 de diciembre de 2013 509205
1. Para los concesionarios de los servicios públicos
de telefonía móvil, comunicaciones personales y canales
múltiples de selección automática:
Código Identif‌i cador de Enrutamiento para Portabilidad
Numérica: Códigos IDD y IDO.
Donde:
IDD = código de dos dígitos, que identif‌i ca la red
móvil de DESTINO, para el correcto enrutamiento de la
comunicación.
IDO = código de dos dígitos, que identif‌i ca la red
móvil de ORIGEN, para la correcta facturación de la
comunicación.
IDD = IDO, cuyos valores numéricos corresponden al
rango 2X, donde X puede tomar valores de 0 a 9.
El formato a ser aplicado para el intercambio de
información en la señalización, es el siguiente:
IDD + IDO + Número Móvil de Destino (9YX XXX XXX)
2. Para los concesionarios de los servicios públicos
de telefonía f‌i ja local, telefonía pública, portador de larga
distancia nacional, portador de larga distancia internacional
y móvil por satélite:
Código Identif‌i cador del Concesionario: Código de dos
dígitos que identif‌i ca la red, para el correcto enrutamiento
y facturación de la comunicación.
Donde:
Código Identif‌i cador del Concesionario es YX, donde
Y puede tomar valores de 3, 4, 5, 6, 7 y X puede tomar
valores de 0 a 9.
Nota: Los valores de 8X y 9X se mantienen en reserva
(X=0 a 9).
El formato a ser aplicado para el intercambio de
información en la señalización, es el siguiente:
Código Identif‌i cador RED DESTINO + Código Identif‌i cador
RED ORIGEN + TC (Código de Departamento) + Número
de Destino (B)”
Artículo 3.- La presente norma entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
1028040-1
Otorgan autorizaciones a personas
naturales y jurídica para prestar
servicio de radiodifusión sonora en FM
en localidades de los departamentos de
Apurímac, Cusco y Cajamarca
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 621-2013-MTC/03
Lima, 4 de Diciembre del 20136
VISTO, el Expediente Nº 2013-007210 presentado por
la señora MARGARITA MAMANI COSI, sobre otorgamiento
de autorización para la prestación del servicio de
radiodifusión sonora comercial en Frecuencia Modulada
(FM) en la localidad de Chincheros, departamento de
Apurímac;
CONSIDERANDO:
Ley Nº 28278, establece que para la prestación del servicio
de radiodifusión, en cualquiera de sus modalidades, se
requiere contar con autorización, la cual se otorga por
Resolución del Viceministro de Comunicaciones, según lo
previsto en el artículo 19º del Reglamento de la Ley de
Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC;
Que, asimismo el artículo 14º de la Ley de Radio y
Televisión indica que la autorización es la facultad que
otorga el Estado a personas naturales o jurídicas para
establecer un servicio de radiodifusión. Además, el
citado artículo señala que la instalación de equipos en
una estación de radiodifusión requiere de un Permiso,
el mismo que es def‌i nido como la facultad que otorga el
Estado, a personas naturales o jurídicas, para instalar en
un lugar determinado equipos de radiodifusión;
establece que otorgada la autorización para prestar
el servicio de radiodifusión, se inicia un período de
instalación y prueba que tiene una duración improrrogable
de doce (12) meses;
Que, el artículo 29º del Reglamento de la Ley de Radio
y Televisión indica que para obtener autorización para
prestar el servicio de radiodifusión se requiere presentar
una solicitud, la misma que se debe acompañar con la
información y documentación que en dicho artículo se
detallan;
Que, con Resolución Viceministerial Nº 091-2004-
MTC/03 y sus modif‌i catorias se aprobaron los Planes de
Canalización y Asignación de Frecuencias del Servicio de
Radiodifusión Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para
las localidades del departamento de Apurímac, entre las
cuales se encuentra la localidad de Chincheros;
Que, el Plan de Canalización y Asignación de
Frecuencias de la localidad de Chincheros, establece 1.0
KW como máxima potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser
autorizada en la dirección de máxima ganancia de antena.
Asimismo, según la Resolución Ministerial Nº 207-2009-
MTC/03, la misma que modif‌i có las Normas Técnicas del
Servicio de Radiodifusión aprobadas mediante Resolución
Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que
operen en el rango mayor a 0.5 KW hasta 1.0 KW de
e.r.p., en la dirección de máxima ganancia de antena, se
clasif‌i can como Estaciones de Servicio Primario Clase D4,
consideradas de baja potencia;
Que, en virtud a lo indicado, la señora MARGARITA
MAMANI COSI no se encuentra obligada a la presentación
del Estudio Teórico de Radiaciones No Ionizantes, así
como tampoco a efectuar los monitoreos anuales, según
se establece en el artículo 4º y el numeral 5.2 del Decreto
Supremo Nº 038-2003-MTC, modif‌i cado por Decreto
Supremo 038-2006-MTC, mediante el cual se aprobaron
los Límites Máximos Permisibles de Radiaciones No
Ionizantes en Telecomunicaciones;
Que, con Informe Nº 2807-2013-MTC/28, la Dirección
General de Autorizaciones en Telecomunicaciones
señala que se considera viable otorgar la autorización
solicitada por la señora MARGARITA MAMANI COSI
para la prestación del servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad
de Chincheros, departamento de Apurímac;
De conformidad con la Ley de Radio y Televisión - Ley
Nº 28278, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
Nº 005-2005-MTC, el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº
008-2002-MTC y sus modif‌i catorias, el Decreto Supremo
N° 038-2003-MTC, modif‌i cado por Decreto Supremo Nº
038-2006-MTC, el Plan de Canalización y Asignación
de Frecuencias del Servicio de Radiodifusión Sonora
en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de
Chincheros, aprobado por Resolución Viceministerial
N° 091-2004-MTC/03 y sus modif‌i catorias, las Normas
Técnicas del Servicio de Radiodifusión, aprobadas
por Resolución Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, y sus
modif‌i catorias; y,
Con la opinión favorable de la Dirección General de
Autorizaciones en Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar autorización a la señora
MARGARITA MAMANI COSI, por el plazo de diez (10)
años, para prestar el servicio de radiodifusión sonora
comercial en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR