02 001-2006-CR/RLL - Aprueban Plan Vial Departamental Participativo de La Libertad

Fecha de disposición22 Febrero 2006
Fecha de publicación22 Febrero 2006
Pág. 313027
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 22 de febrero de 2006
g) Promover y convocar la participación de entidades
públicas y privadas de la Región en los programas de
seguridad y educación Vial.
h) Concretar acuerdos con entidades de la actividad
pública y privada de la Región en Programas de
Seguridad Vial.
i) Promover el desarrollo de servicios de emergencia
en accidentes de tránsito en el ámbito regional.
j) Coordinar el trabajo de las organizaciones que
participan en acciones de Seguridad Vial.
k) Proponer la construcción y gestión de Parques
Infantiles de Tránsito en la Región, para la instrucción y
capacitación de la población a nivel escolarizado y no
escolarizado.
Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE a la Gerencia
Regional de Infraestructura, Gerencia Regional de
Planificación, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial
del Gobierno Regional – La Libertad y a la Dirección
Regional de Transportes y Comunicaciones – La Libertad,
la implementación y cumplimiento de la presente
ordenanza.
Artículo Quinto.- La presente ordenanza entrará
en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario
Oficial El Peruano.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla
HOMERO BURGOS OLIVEROS
Presidente Regional
03094
Aprueban Plan Vial Departamental
Participativo de La Libertad
ORDENANZA REGIONAL
Nº 001 -2006-CR/RLL
Trujillo, 14 de enero del 2006
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
LA LIBERTAD
VISTO:
En Sesión Extraordianaria de Consejo Regional de la
fecha, la propuesta del Plan Vial Departamental
Participativo de La Libertad, presentado por la Gerencia
Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial y la Dirección Regional de
Transportes y Comunicaciones.
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Ley Nº 560 – Ley del Poder Ejecutivo
establece que el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones en coordinación con los Gobiernos
Regionales formula planes y programas que le
corresponde en materia de su competencia;
Que, la Ley Nº 27867 – Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales prescribe que son Competencias de los
Gobiernos Regionales en materia de Transportes:
Planificar, administrar y ejecutar el desarrollo de la
infraestructura vial regional no comprendida en la red
vial nacional o rural, debidamente priorizada dentro de
los planes de desarrollo regional;
Que, la Estrategia Sectorial de Descentralización de
la Gestión Vial incluye, entre otros temas, la formulación
de planes viales departamentales que proporcionen un
marco institucional y financiero ordenado y consolidado
para el desarrollo, rehabilitación y mantenimiento de la
red vial departamental; la elaboración del Plan Vial
Departamental a efecto de lograr una intervención
racional de la infraestructura vial concebido como
instrumento de gestión;
Que, mediante el Convenio Nº 084-2004-MTC/22
de Cooperación Interinstitucional entre el Ministerio
de Transportes y Comunicaciones y el Gobierno
Regional de La Libertad, se determinan las acciones
para la formulación del Plan Vial Departamental de La
Libertad a cargo del Gobierno Regional y la
negociación del financiamiento por parte de PROVIAS
Departamental;
Que, el Gobierno Regional de La Libertad ha
constituido la Comisión de Planificación Vial y el Equipo
Técnico integrado por diversas entidades del Sector
Público, Municipalidades y representantes de la sociedad
civil;
Que, la Comisión de Planificación Vial y el Equipo
Técnico han concluido con la formulación del documento
final del Plan Vial Departamental Participativo de La
Libertad, el mismo que ha sido expuesto ante PROVIAS,
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los
representantes de las fuentes cooperantes,
Que, el artículo 5º de la precitada Ley Orgánica de
Gobiernos Regionales, determina que es misión de los
Gobiernos Regionales la de organizar y conducir la
gestión pública regional de acuerdo a sus competencias
exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de
las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al
desarrollo integral y sostenible de la región;
Que, son competencias constitucionales de los
Gobiernos Regionales las de promover y regular
actividades y/o servicios en materia de vialidad y
comunicaciones, entre otros, según lo determina el
artículo 9º inciso g) de la Ley Orgánica;
Que, la referida Ley también establece en su artículo
10º inciso d) que son competencias exclusivas de los
Gobiernos Regionales las de promover y ejecutar las
inversiones públicas de ámbito regional en proyectos
de infraestructura vial y de comunicaciones, entre
otras;
Estando a lo dispuesto, y de conformidad con las
atribuciones conferidas por los artículos números 9º,
10º, 11º, 15º y 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales Nº 27867 y modificada en parte por la Ley
Nº 27902:
Con el voto UNÁNIME de los Miembros integrantes
del Consejo Regional de la Región La Libertad,
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Plan Vial
Departamental Participativo de La Libertad, el mismo
que en anexo, forma parte de la presente Ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia
General Regional, la Gerencia Regional de Planeamiento,
Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la Gerencia
Regional de Infraestructura, la Dirección Regional de
Transportes y Comunicaciones y a los órganos
regionales correspondientes, la implementación del Plan
aprobado.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que la presente
Ordenanza Regional entra en vigencia a partir del día
siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano,
así como su difusión a través del Portal Electrónico y
demás medios que garanticen la publicidad de la presente
norma regional.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
HOMERO BURGOS OLIVEROS
Presidente Regional
03098
Constituyen la Autoridad Portuaria
Regional del Gobierno Regional de La
Libertad
ORDENANZA REGIONAL
Nº 002-2006-CR/RLL
Trujillo, 20 de enero del 2006

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