RESOLUCION SUPREMA N° 086-2008-MTC - Autorizan viajes de Inspectores de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU. y Ucrania, en comisión de servicios y sin irrogar gastos al Estado

Fecha de publicación09 Julio 2008
Fecha de disposición09 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 9 de julio de 2008
375754
reconoció a favor de la Municipalidad de Villa El Salvador,
Organismo Ejecutor del Convenio Nº 19-0060-12, suscrito
en el marco de Concurso de Proyectos Regulares de la XII
Convocatoria Nacional del programa, la deuda pendiente
del pago por la suma de S/. 9 528,99 (Nueve mil quinientos
veintiocho y 99/100 nuevos soles);
Que en atención a los considerandos expuestos
y al of‌i cio de vistos, resulta procedente emitir el acto
administrativo que apruebe la transferencia f‌i nanciera
solicitada;
Con las visaciones del Director Nacional, del Secretario
Ejecutivo y del Jefe de la Of‌i cina de Planif‌i cación y
Presupuesto del Programa de Emergencia Social
Productivo “Construyendo Perú”, y del Director General de
la Of‌i cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y
Promoción del Empleo; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8º de la
Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción
del Empleo, el inciso d) del artículo 12º de su reglamento
de organización y funciones del Ministerio de Trabajo
y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 173-2002-TR, y el artículo 75º de la Ley Nº
28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto
modif‌i cado por la tercera disposición f‌i nal de la Ley Nº
28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2006;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial
Nº 311-2007-TR del 26 de noviembre de 2007, en el
extremo que autoriza una transferencia f‌i nanciera por la
suma de S/. 9 528,99 (Nueve mil quinientos veintiocho
y 99/100 nuevos soles), orientado al pago del rubro
“Otros” a favor de la Municipalidad de Villa El Salvador,
Organismo Ejecutor del Convenio Nº 19-0060-12, suscrito
en el marco del Concurso de Proyectos Regulares de la
XII Convocatoria Nacional del Programa.
Artículo 2º.- Aprobar la transferencia f‌i nanciera del
Programa de Emergencia Social Productivo “Construyendo
Perú” por un monto total de S/. 9 528,99 (Nueve mil
quinientos veintiocho y 99/100 nuevos soles), orientado al
pago del rubro de “Otros” a favor de la Municipalidad de
Villa El Salvador, Organismo Ejecutor del Convenio Nº 19-
0060-12, suscrito en el marco del Concurso de Proyectos
Regulares de la XII Convocatoria Nacional del Programa,
conforme al detalle señalado en el anexo de la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 3º.- Encargar al Secretario General del
Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo el trámite
de la publicación de la presente resolución en el Diario
Of‌i cial El Peruano y que proceda a dar cuenta al Congreso
de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO MARTÍN PASCO COSMÓPOLIS
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
223837-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viajes de Inspectores de la
Dirección General de Aeronáutica Civil
a EE.UU. y Ucrania, en comisión de
servicios y sin irrogar gastos al Estado
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 086-2008-MTC
Lima, 8 de julio de 2008
VISTO:
El Informe Nº 369-2008-MTC/12 del 24.6.08, emitido
por la Dirección General de Aeronáutica Civil y los
Informes Nº 200-2008-MTC/12.04 del 16.6.08 y Nº 204-
2008-MTC/12.04 del 18.6.08 emitidos por la Dirección
de Seguridad Aeronáutica de la Dirección General de
Aeronáutica Civil; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27619, en concordancia con su norma
reglamentaria aprobada por Decreto Supremo Nº 047-2002-
PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores,
funcionarios públicos o representantes del Estado;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley Nº 29142,
Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2008, establece que quedan prohibidos los viajes al
exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo
a recursos públicos, habiéndose previsto excepciones las
cuales serán autorizadas mediante Resolución Suprema
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
Que, la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del
Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es
ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil,
como dependencia especializada del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, en virtud a dicha competencia la Dirección
General de Aeronáutica Civil es responsable de la
vigilancia de la seguridad de las operaciones aéreas,
seguridad que comprende la actividad de chequear las
aptitudes del personal aeronáutico de los explotadores
aéreos así como el material aeronáutico que emplean;
Que, los explotadores aéreos han presentado
ante la autoridad aeronáutica civil distintas solicitudes
para ser atendidas durante el mes de julio de 2008,
acompañando los requisitos establecidos en el marco
del Procedimiento Nº 05 correspondientes a la Dirección
General de Aeronáutica Civil, previstos en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones;
Que, los solicitantes han cumplido con el pago de los
derechos de tramitación correspondientes al Procedimiento
a que se ref‌i ere el considerando anterior, ante la Of‌i cina de
Finanzas del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. En
tal sentido, los costos de los respectivos viajes de inspección,
están íntegramente cubiertos por las empresas solicitantes
de los servicios, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa
Única por Uso de Aeropuerto;
Que, dichas solicitudes han sido calif‌i cadas y aprobadas
por la Dirección de Seguridad Aeronáutica de la Dirección
General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, conforme a lo señalado por el Texto Único
de Procedimientos Administrativos del citado Ministerio,
según se desprende de las respectivas órdenes de
inspección, y referidas en el Informe Nº 369-2008-MTC/12
de la Dirección General de Aeronáutica Civil;
De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619,
Ley Nº 29142, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM,
y estando a lo informado por la Dirección General de
Aeronáutica Civil;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar los viajes en comisión de
servicios de los Inspectores de la Dirección General
de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, que se efectuarán del 14 al 25 de julio
de 2008, de acuerdo con el detalle consignado en el anexo
que forma parte integrante de la presente resolución,
sustentado en los Informes Nº 200-2008-MTC/12.04, Nº
204-2008-MTC/12.04 y Nº 369-2008-MTC/12.
Artículo 2º.- Los gastos que demanden los viajes
autorizados precedentemente, han sido íntegramente
cubiertos por las empresas solicitantes a través de los
Recibos de Acotación que se detallan en el anexo que
forma parte integrante de la presente resolución, abonados
a la Of‌i cina de Finanzas del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por
concepto de viáticos y tarifas por uso de aeropuerto.
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los
Inspectores mencionados en el anexo de la presente
Resolución Suprema, dentro de los quince (15) días
calendario siguientes de efectuado el viaje, deberán
presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia
a la Of‌i cina General de Administración del Ministerio
de Transportes y Comunicaciones, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos durante
los viajes autorizados.
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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