RESOLUCION DIRECTORAL Nº 357-2011-MTC/12 - Otorgan a Vertical de Aviación S.A.C. permiso de operación de aviación comercial para prestar servicios de transporte aéreo no regular nacional de pasajeros, carga y correo

Fecha de disposición02 Diciembre 2011
Fecha de publicación02 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 2 de diciembre de 2011 454273
Otorgan a Vertical de Aviación S.A.C.
permiso de operación de aviación
comercial para prestar servicios de
transporte aéreo no regular nacional de
pasajeros, carga y correo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 357-2011-MTC/12
Lima, 25 de octubre del 2011
Vista la solicitud de la compañía VERTICAL DE
AVIACION S.A.C., sobre Permiso de Operación de
Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular
Nacional de pasajeros, carga y correo;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Expediente N° 2011-011920 del 17.03.2011
y Documento de Registro N° 2011-011920-A del 16.06.2011 la
compañía VERTICAL DE AVIACION S.A.C. solicitó Permiso
de Operación de Aviación Comercial: Transporte Aéreo No
Regular Nacional de pasajeros, carga y correo;
Que, según los términos del Memorando Nº 416-
2011-MTC/12.LEG emitido por la Abogada de la DGAC,
Memorando Nº 0133-2011-MTC/12.07.CER emitido por
el Coordinador Técnico de Certif‌i caciones, Memorando
Nº 257-2011-MTC/12.07.PEL emitido por el Coordinador
Técnico de Licencias e Informe Nº 238-2011-MTC/12.07
emitido por el Director de Certif‌i caciones y Autorizaciones;
se considera pertinente atender lo solicitado, al haber
cumplido la recurrente con los requisitos establecidos
su Reglamento; el Texto Único de Procedimientos
Administrativos del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones aprobado mediante Decreto Supremo Nº
008-2002-MTC actualizado por la Resolución Ministerial
Nº 644-2007-MTC/01 y sus modif‌i catorias, así como las
demás disposiciones legales vigentes;
Que, la Administración, en aplicación del principio
de presunción de veracidad, acepta las declaraciones
juradas y la presentación de documentos por parte del
interesado, conforme lo dispone la Ley N° 27444 – Ley
del Procedimiento Administrativo General;
Que, en aplicación del Artículo , Literal g) de la
Ley Nº 27261, “la Dirección General de Aeronáutica
Civil es competente para otorgar, modif‌i car, suspender
y revocar los Permisos de Operación y Permisos de
Vuelo”, resolviendo el presente procedimiento mediante
la expedición de la Resolución Directoral respectiva;
Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de
Aeronáutica Civil del Perú; su Reglamento vigente; demás
disposiciones legales vigentes; y con la opinión favorable
de las áreas competentes;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar a la compañía VERTICAL DE
AVIACION S.A.C., Permiso de Operación de Aviación
Comercial: Transporte Aéreo No Regular Nacional de
pasajeros, carga y correo de acuerdo a las características
señaladas en la presente Resolución, por el plazo de cuatro
(04) años contados a partir del día siguiente de la publicación
de la presente Resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano”.
El presente Permiso de Operación tiene carácter
administrativo, por lo que para realizar sus operaciones
aéreas la empresa VERTICAL DE AVIACION S.A.C.
deberá contar con el Certif‌i cado de Explotador
correspondiente, así como sus Especif‌i caciones Técnicas
de Operación, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su
Reglamentación y de acuerdo a los procedimientos que
establece la Dirección General de Aeronáutica Civil,
debiendo acreditar en dicho proceso su capacidad legal,
técnica y económico-f‌i nanciera.
NATURALEZA DEL SERVICIO:
- Aviación Comercial: Transporte Aéreo No Regular de
pasajeros, carga y correo.
ÁMBITO DEL SERVICIO:
- Nacional.
MATERIAL AERONÁUTICO:
- MIL: MI-8T, MI-8P, MI-8MTV, MI-8AMT
- MIL: MI-17, MI-171, MI-172
- Antonov AN24 / AN26 / AN32
ZONAS DE OPERACIÓN: DEPARTAMENTOS,
AEROPUERTOS Y/O AERÓDROMOS
DEPARTAMENTO: Amazonas
- Chachapoyas, Ciro Alegría, Rodríguez de Mendoza.
DEPARTAMENTO: Ancash
- Chimbote, Helipuerto de Yanacancha, Huascarán /
Anta.
DEPARTAMENTO: Apurímac
- Andahuaylas.
DEPARTAMENTO: Arequipa
- Arequipa, Atico, Chivay, Orcopampa, Mollendo.
DEPARTAMENTO: Ayacucho
- Ayacucho, Palmapampa, Vilcashuamán.
DEPARTAMENTO: Cajamarca
- Cajamarca, Jaén.
DEPARTAMENTO: Cusco
- Cusco, Kirigueti, Kiteni, Las Malvinas, Nuevo Mundo,
Patria, Tangoshiari, Timpia, Yauri.
DEPARTAMENTO: Huánuco
- Huánuco, Pueblo Libre de Codo, Tingo María.
DEPARTAMENTO: Ica
- Helipuerto de Superf‌i cie María Reiche, Las Dunas,
Nasca / María Reiche Neuman, Pisco.
DEPARTAMENTO: Junín
- Cutivireni, Jauja, Los Misioneros, Mazamari / Manuel
Prado, Puerto Ocopa.
DEPARTAMENTO: La Libertad
- Chagual / Don Lucho, Chao, Huamachuco, Pata de
Gallo / Alto Chicama, Pías, Trujillo, Tulpo, Urpay.
DEPARTAMENTO: Lambayeque
- Chiclayo.
DEPARTAMENTO: Lima
- Aeropuerto Internacional Jorge Chávez, Helipuerto
Elevado del Hotel Los Delf‌i nes, Helipuerto Elevado del
Hotel Oro Verde, Helipuerto Elevado de Interbank, Lib
Mandi Metropolitano.
DEPARTAMENTO: Loreto
- Andoas, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos,
Contamana, El Estrecho, Iquitos, Orellana, Pampa Hermosa,
Requena, Trompeteros / Corrientes, Yurimaguas.
DEPARTAMENTO: Madre de Dios
- Iñapari, Manú, Puerto Maldonado / Padre Aldamiz,
Río Los Amigos.
DEPARTAMENTO: Moquegua
- Campamento Ilo, Cuajone / Botif‌l aca, Ilo.
DEPARTAMENTO: Pasco
- Ciudad Constitución, Delfín del Pozuzo, Iscozacin,
Vicco.
DEPARTAMENTO: Piura
- Piura, Talara.
DEPARTAMENTO: Puno
- Juliaca, San Rafael.

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