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Fecha de disposición13 Enero 1999
Fecha de publicación13 Enero 1999
DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de enero de 1999 AÑO XVII - Nº 6777 Pág. 168799
Director: Enrique Sánchez Hernani http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA ACTIVIDAD TURISTICA INTERNA"
PODER EJECUTIVO
Modifican el D.U. Nº 025-98 mediante el
cual se adscribió la COPRI al Ministerio
de Trabajo y Promoción Social
DECRETO DE URGENCIA
Nº 001-99
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto de Urgencia Nº 025-98, entre otros aspec-
tos se dispuso que la Comisión de Promoción de la Inversión
Privada (COPRI) estará adscrita al Sector Trabajo y Promoción
Social y será presidida por el Titular de dicho Sector;
Que, siendo la promoción de la inversión privada en la
actividad empresarial del Estado, de gran importancia para el
desarrollo económico y social del país y dada la necesidad de que
la COPRI cumpla con mayor dinamismo las funciones que por
ley le han sido asignadas, es urgente disponer que la citada
Comisión se adscriba al Sector que se determine mediante
Resolución Suprema y sea presidida por el Titular de dicho
Sector;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 19) del Artículo
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso;
DECRETA:
Artículo 1º.- Sustitúyase el segundo párrafo del Artículo 1º
del Decreto de Urgencia Nº 025-98 por el siguiente:
"La Comisión de Promoción de la Inversión Privada (CO-
PRI) estará adscrita al Sector que se determine mediante
Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo
de Ministros y será presidida por el Titular del Sector determi-
nado en dicha resolución".
Artículo 2º.- El presente Decreto de Urgencia será refren-
dado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro
de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del
mes de enero de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
0598
P C M
Modifican artículos de decretos referi-
dos a la conformación de miembros de
los Consejos Nacional y Regional de
CalificaciónDECRETO SUPREMO
Nº 001-99-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 051-88-PCM, se crea el Con-
sejo Nacional de Calificación, encargado de calificar los casos de
accidentes, actos de terrorismo o narcotráfico, en acción o comi-
sión de servicios;
Que, el referido consejo se encuentra integrado por el Jefe del
Instituto Nacional de Bienestar Familiar (INABIF) quien lo
preside, un representante de la Oficina del Presidente del
Consejo de Ministros, un representante del Instituto Peruano
de Seguridad Social, un representante de la Dirección General
de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas,
un representante de la Dirección Superior de la Policía de
Investigaciones del Perú del Ministerio del Interior;
Que, por Decreto Supremo Nº 064-89-PCM, se crea el Con-
sejo Regional de Calificación, encargado de calificar en su juris-
dicción los casos de accidentes, actos de terrorismo o narcotrá-
fico, en acción o comisión de servicio, integrados por el Presiden-
te de la Asamblea de Gobierno Regional o su representante,
quien lo preside, un representante designado por el Instituto
Nacional de Bienestar Familiar, el Secretario General de la
Oficina de Presupuesto y Planificación del Consejo Regional o su
representante, el Presidente de los Alcaldes Provinciales de la
Región o su representante, el Director Regional del Instituto
Peruano de Seguridad Social o su representante y el Director
Regional de la Policía Nacional del Perú o su representante;
Que, es necesario modificar la composición de los miembros
y actualizar la denominación de los integrantes del Consejo
Nacional de Calificación y del Consejo Regional de Calificación,
por el cambio en las funciones encomendadas a algunas de las
entidades integrantes y por la actualización de la denominación
de las instituciones comprendidas;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del Artícu-
lo 118º de la Constitución Política del Perú y el numeral 2) del
Artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecu-
tivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Modifíquese el Artículo 3º del Decreto Supre-
mo Nº 051-88-PCM, en los siguientes términos:
"Artículo 3º.- El Consejo Nacional de Calificación estará
integrado de la siguiente manera:
- Un representante de la Presidencia del Consejo de Minis-
tros, quien lo presidirá;
- Un representante del Ministerio de Justicia;
- Un representante de la Oficina de Normalización Previsio-
nal;- Un representante de la Dirección General de Presupuesto
Público del Ministerio de Economía y Finanzas;
- Un representante del Ministerio del Interior.
Artículo 2º.- Modifíquese el Artículo segundo del Decreto
Supremo Nº 064-89-PCM, en los siguientes términos:
"Artículo Segundo.- El Consejo Regional de Calificación
estará integrado por los siguientes miembros:
- El Presidente Ejecutivo del Consejo Transitorio de Admi-
nistración Regional o su representante, quien lo presidirá;
- Un representante del Ministerio de Salud;
- El Gerente Regional de la Gerencia Regional de Planifica-
ción, Presupuesto y Desarrollo Institucional del Consejo Tran-
sitorio de Administración Regional o su representante;
- El Presidente de los Alcaldes provinciales de la Región o su
representante;
- El Director Regional de la Oficina de Normalización Previ-
sional - ONP;
- Un representante del Ministerio del Interior.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de
Economía y Finanzas, el Ministro de Justicia, el Ministro de la
Presidencia, el Ministro de Salud, el Ministro del Interior y por
la Ministra de Promoción de la Mujer y del Desarrollo Humano.
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de enero de 1999
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los cuatro días del
mes de enero de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
ALBERTO PANDOLFI ARBULU
Presidente del Consejo de Ministros
JORGE BACA CAMPODONICO
Ministro de Economía y Finanzas
ALFREDO QUISPE CORREA
Ministro de Justicia
JOSE TOMAS GONZALES REATEGUI
Ministro de la Presidencia
MARINO COSTA BAUER
Ministro de Salud
JOSE VILLANUEVA RUESTA
Ministro del Interior
MIRIAM SCHENONE ORDINOLA
Ministra de Promoción de la Mujer
y Desarrollo Humano
0599
Autorizan viaje de representante de
PROMPEX para participar en misión
empresarial a realizarse en Bolivia
RESOLUCION SUPREMA
Nº 032-99-PCM
Lima, 12 de enero de 1999
Visto el Oficio Nº 01-99-PROMPEX/SG del Secretario Gene-
ral (e) de la Comisión para la Promoción de Exportaciones -
PROMPEX; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión para la Promoción de Exportaciones -
PROMPEX ha programado la participación del Perú en la
Misión Empresarial a Bolivia, a realizarse en la ciudad de Santa
Cruz - Bolivia, del 2 al 4 de marzo de 1999;
Que, para tal efecto, se ha considerado pertinente designar
a un representante de la Comisión para la Promoción de Expor-
taciones - PROMPEX, para que realice las coordinaciones pre-
vias al evento en las ciudades de Santa Cruz y La Paz - Bolivia,
tales como identificación de prestadores de servicios para la
organización del evento, además de potenciales importadores
bolivianos de productos peruanos;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº
053-84-PCM, Decreto Supremo Nº 074-85-PCM, Decreto Su-
premo Nº 135-90-PCM y Decreto Supremo Nº 037-91-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Sonia Arce
Serpa, Gerente Central de Desarrollo y Regiones de la Comisión
para la Promoción de Exportaciones - PROMPEX, a las ciudades
de Santa Cruz y La Paz - Bolivia, del 12 al 16 de enero de 1999,
para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la
presente resolución, serán con cargo al Presupuesto del Pliego
008 Comisión para la Promoción de Exportaciones, del Sector 01
Presidencia de Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 001
Comisión para la Promoción de Exportaciones, Función 11
Industria, Comercio y Servicio, Programa 040 Comercio, Subpro-
grama 0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo al
siguiente detalle:
- Viáticos :US$ 468.00
- Pasajes :US$ 600.00
Artículo 3º.- La representante de PROMPEX antes men-
cionada, en el término de diez (10) días útiles, contados a
partir de su retorno al país, deberá elaborar y presentar un
informe a la Presidencia de PROMPEX, en el cual describirá
las actividades desarrolladas y los resultados obtenidos en el
citado evento.
Artículo 4º.- La presente resolución no da derecho a exone-
ración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase
o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
0604
Disponen adscribir la COPRI al Minis-
terio de Pesquería
RESOLUCION SUPREMA
Nº 033-99-PCM
Lima, 12 de enero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 2º del Decreto de Urgencia Nº 025-98,
modificado por el Decreto de Urgencia Nº 001-99, establece que
por Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Con-
sejo de Ministros, se determina el Sector al cual se adscribe la
Comisión de Promoción de la Inversión Privada -COPRI-, así
como quién la preside;
Que, es conveniente determinar el Sector al cual se adscri-
be la COPRI, así como designar a sus integrantes en aplica-
ción de lo dispuesto por el Artículo 3º del Decreto de Urgencia
Nº 025-98;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº
560 -Ley del Poder Ejecutivo-, los Decretos de Urgencia Nºs.
025-98 y 001-99; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- La Comisión de Promoción de la Inver-
sión Privada -COPRI- estará adscrita al Sector Pesquería e
integrada de la forma siguiente:
- Ing. Gustavo Caillaux Zazzali, Ministro de Pesquería,
quien la presidirá.
- Ing. Víctor Joy Way Rojas, Ministro de Economía y Finan-
zas.- Ing. Alberto Pandolfi Arbulú, Ministro de Transportes,
Comunicaciones, Vivienda y Construcción.
- Ing. Daniel Hokama Tokashiki, Ministro de Energía y
Minas.
- Dr. César Luna-Victoria León, Ministro de Industria,
Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacio-
nales.
Artículo Segundo.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el
Ministro de Pesquería.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros
GUSTAVO CAILLAUX ZAZZALI
Ministro de Pesquería
0605
RELACIONES
EXTERIORES
Exoneran de la convocatoria a concur-
so publico las adquisiciones y contra-
taciones que requiera la fijación de la
frontera terrestre Perú - Ecuador
DECRETO SUPREMO
Nº 001-99-RE
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Pág. 168801
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de enero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la
República del Ecuador han suscrito el 26 de octubre de 1998 el
Acta Presidencial de Brasilia, en la que dejan registrada la
firme voluntad de sus respectivos Gobiernos de culminar dentro
del plazo más breve posible, la fijación en el terreno de la
frontera terrestre común;
Que, por Resolución Suprema Nº 512-98-RE de fecha 24 de
noviembre de 1998, se nombró a la Comisión Peruana Demar-
cadora de Límites, que se encargará de culminar los trabajos de
fijación en el terreno de la frontera terrestre común;
Que, según el Artículo 19º de la Ley Nº 26850 - Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado - están exoneradas
de Licitación Pública y Concurso Público las adquisiciones y
contrataciones que se realicen en situación de emergencia o
urgencia declaradas de conformidad con dicha ley;
Que, la necesidad de culminar, dentro del plazo más
breve posible, la fijación en el terreno de la frontera terres-
tre común configura una situación de emergencia, de confor-
midad con lo dispuesto por el Artículo 22º de la Ley Nº 26850
- Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - por
constituir una situación que puede afectar la Defensa Na-
cional; siendo procedente exonerar de la convocatoria de
concurso público establecida por ley, las adquisiciones y
contrataciones de bienes y servicios necesarios para ejecu-
tar tales trabajos;
Que, estando a lo dispuesto por el Artículo 22º de la Ley Nº
26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del Artículo
19º y Artículo 20º de la Ley Nº 26850, y el inciso e) del Artículo
44º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 039-98-
PCM; y con la Ley Nº 26112 - Ley Orgánica del Ministerio de
Relaciones Exteriores;
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Declárase que la fijación en el terreno de la
frontera terrestre común entre las Repúblicas del Perú y del
Ecuador en el más breve plazo, constituye una Situación de
Emergencia, de conformidad con el Artículo 22º de la Ley Nº
26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado.
Artículo 2º.- Autorízase a la Comisión Peruana Demarca-
dora de Límites a adquirir y contratar mediante el procedimien-
to más favorable, los bienes, suministros y servicios necesarios
para la fijación de la frontera terrestre común, de conformidad
con la exoneración permitida por el inciso c) del Artículo 19º de
la Ley Nº 26850.
Artículo 3º.- Autorízase al Presidente de la Comisión Pe-
ruana Demarcadora de Límites, Embajador en el Servicio Di-
plomático de la República Nicolás Roncagliolo Higueras a sus-
cribir los contratos y documentos necesarios para efectuar las
adquisiciones y contrataciones requeridas.
Artículo 4º.- El presente Decreto Supremo será refrendado
por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Econo-
mía y Finanzas y el Ministro de Relaciones Exteriores.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del
mes de enero de mil novecientos noventa y nueve.
ALBERTO FUJIMORI FUJIMORI
Presidente Constitucional de la República
VICTOR JOY WAY ROJAS
Presidente del Consejo de Ministros y
Ministro de Economía y Finanzas
FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA
Ministro de Relaciones Exteriores
0600
Designan delegación para participar
en visita de inspección conjunta a ba-
ses de operación ubicadas en terri-
torio ecuatoriano
RESOLUCION SUPREMA
Nº 011-99-RE
Lima, 10 de enero de 1999
Debiendo realizarse una visita de inspección conjunta a
las bases de operación de Santiago, Gualaquiza y Encuen-
tro, ubicadas en territorio ecuatoriano, del 11 al 16 de enero
de 1999;
Considerando la Hoja de Trámite (GAC) Nº 0033, del Gabi-
nete de Coordinación del señor Viceministro y Secretario Gene-
ral de Relaciones Exteriores, de 7 de enero de 1999;
De conformidad con el inciso b) del Artículo 12º del Decreto
Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomático de la República,
de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Artículo 5º del
Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relacio-
nes Exteriores, de 24 de diciembre de 1992; el Artículo 1º del
Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de julio de 1981 y su
modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de
febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de
octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de
febrero de 1991;
SE RESUELVE:
1º.- Designar a la delegación peruana que participará en una
visita de inspección conjunta a las bases de operación de Santia-
go, Gualaquiza y Encuentro, ubicadas en territorio ecuatoriano,
del 11 al 16 de enero de 1999, que estará integrada por los
siguientes funcionarios:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la República don
Nicolás Roncagliolo Higueras, Presidente de la Comisión Perua-
na Demarcadora, quien la presidirá;
- Coronel FAP Wilar Gamarra Molina; y,
- Ministro Consejero en el Servicio Diplomático de la Repú-
blica don Roberto Seminario Portocarrero.
2º.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la pre-
sente resolución, por concepto de pasajes US$ 849.60, viáti-
cos US$ 4,200.00, tarifa por uso de aeropuerto US$ 75.00 y
gastos de operación US$ 2,553.80, serán cubiertos por el
Programa 45 Política Exterior; Subprograma 0118; Activi-
dad 00329 Mantenimiento de Fronteras del Pliego Presu-
puestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo
rendir cuenta documentada.
3º.- La presente resolución no da derecho a exoneración o
liberación de impuestos de ninguna clase o denominación.
AVISO
II SEMINARIO NACIONAL SOBRE:

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