Precios CIF de referencia para la aplicación del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maíz, azúcar, arroz y lácteos

Fecha de disposición20 Octubre 2004
Fecha de publicación20 Octubre 2004
Pág. 278674
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 20 de octubre de 2004
Señor Andrés Medina Ayala
Pasajes : US$ 350,20
Viáticos : US$ 1 200,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Señor Manuel Fernando Jorge Carlos Velarde Delle-
piane
Pasajes : US$ 350,20
Viáticos : US$ 1 200,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calen-
dario siguientes de efectuado el viaje los referidos
representantes deberán presentar un informe detallado
describiendo las acciones realizadas, los resultados
obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos en-
tregados.
Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de los represen-
tantes cuyos viajes se autorizan.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
18940
Autorizan viaje de funcionario de
CONASEV a fin de participar en la
Quinta Ronda de Negociaciones para
la suscripción de un Tratado de Libre
Comercio con EE.UU.
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 119-2004-EF
Lima, 19 de octubre de 2004
Visto el Oficio Nº 5041-2004-EF/94.20 de la Secreta-
ria de Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de
Empresas y Valores -CONASEV-, sobre autorización de
viaje.
CONSIDERANDO:
Que, del 25 al 29 de octubre de 2004, se desarrollará
en la ciudad de Guayaquil, República del Ecuador, la
Quinta Ronda de Negociaciones para la suscripción de
un Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados
Unidos de América;
Que, en el marco de la Primera Ronda de Negocia-
ción se conformaron 14 mesas de negociación, una de
las cuales, la que corresponde al tema de Servicios
Financieros, está a cargo de la parte peruana, dado que
este tema involucra, además de los temas de política
comercial financiera, temas regulatorios y la negocia-
ción del comercio de servicios financieros, se solicita la
participación de CONASEV;
Que, la CONASEV ha designado al señor Luis de
la Cruz Flores, Analista de la Gerencia de Investiga-
ción y Desarrollo para que participe en la mencionada
Ronda;
Que, en consecuencia, y siendo de interés para el
país, es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos
serán cubiertos con cargo al Presupuesto de la Comi-
sión Nacional Supervisora de Empresas y Valores -
CONASEV;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,
el inciso k) del artículo 15º de la Ley Nº 28128 y el Decre-
to Supremo Nº 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, el viaje del señor Luis de
la Cruz Flores, Analista de la Gerencia de Investiga-
ción y Desarrollo de la Comisión Nacional Superviso-
ra de Empresas y Valores - CONASEV, a la ciudad de
Guayaquil, República del Ecuador, del 24 al 30 de
octubre de 2004, para los fines expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
del presente dispositivo legal, será con cargo al Presu-
puesto de la Comisión Nacional Supervisora de Empre-
sas y Valores - CONASEV, de acuerdo al siguiente deta-
lle:
Pasajes : US$ 516,80
Viáticos : US$ 1 200,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Artículo 3º.- La presente norma no otorga derecho a
exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor del funcionario
cuyo viaje se autoriza.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
18941
Precios CIF de referencia para la apli-
cación del Derecho Variable Adicional
o rebaja arancelaria a importaciones
de maíz, azúcar, arroz y lácteos
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 020-2004-EF/15
Lima, 19 de octubre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se
estableció el Sistema de Franja de Precios para las
importaciones de los productos señalados en las
Tablas Aduaneras del Maíz, Azúcar, Arroz y Lác-
teos;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-
EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas
Aduaneras aplicables a las importaciones de los pro-
ductos a que se refiere el considerando anterior;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-
EF se modificó la Tabla Aduanera del Azúcar y se
dispuso que las Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y
Lácteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-
2002-EF así como la Tabla Aduanera del Azúcar apro-
bada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se-
rían vigentes hasta el 30 de junio del 2003;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2002-EF

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