Convocan a concurso público para nombramiento en cargos vacantes y disponen evaluación para ratificación de personal directivo y jerárquico titular de centros y programas educativos estatales

Fecha de disposición27 Diciembre 2001
Fecha de publicación27 Diciembre 2001
Pág. 214491
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 27 de diciembre de 2001
cado con frente a la Alameda Domingo Tristán y Moscoso
(Alameda 3), lote de terreno Nº 2, Proyecto "Los Próce-
res", distrito de Santiago de Surco, provincia y departa-
mento de Lima, el mismo que será inscrito a su favor por el
solo mérito del presente Decreto Supremo.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será re-
frendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el
Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y
Construcción.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintidós
días del mes de diciembre del año dos mil uno.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
LUIS CHANG REYES
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
36898
EDUCACIÓN
Convocan a concurso público para
nombramiento en cargos vacantes y
disponen evaluación para ratificación
de personal directivo y jerárquico ti-
tular de centros y programas educati-
vos estatales
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 576-2001-ED
Lima, 20 de diciembre de 2001
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo Nº 065-2001-ED se
aprobó el Reglamento del Concurso Público para Nom-
bramiento en Plazas Docentes, autorizado por la Ley Nº
27491;
Que la Sexta Disposición Complementaria y Final del
citado Reglamento, establece que mediante Resolución
Ministerial se convocará a Concurso Público para nombra-
miento en los cargos vacantes directivos y jerárquicos de
centros y programas educativos estatales, disponiéndose
la evaluación para ratificación del personal directivo y je-
rárquico que desempeña cargos en la condición de titular
por más de cinco años;
Que el Artículo 4º del Decreto Supremo Nº 071-2001-
ED amplía hasta el 10 de enero de 2002 el plazo estable-
cido en la precitada disposición, por lo que deben dictarse
las normas que aseguren su estricto cumplimiento;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº
25762, modificado por Ley Nº 26510, y los Decretos Su-
premos Nº 051-95-ED y Nº 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Convocar a Concurso Público para nom-
bramiento en los cargos vacantes directivos y jerárquicos
de los centros y programas educativos estatales, de acuer-
do a lo señalado en la Directiva Nº 006-2001-ME-VMGI,
cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolu-
ción.
Artículo 2º.- Disponer la evaluación para ratifica-
ción del personal directivo y jerárquico que desempeña
cargos en la condición de titular por más de cinco años
en los centros y programas educativos estatales, de
acuerdo a lo señalado en la Directiva Nº 007-2001-ME-
VMGI, cuyo texto forma parte integrante de la presente
Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NICOLAS LYNCH GAMERO
Ministro de Educación
DIRECTIVA Nº 06-2001-ME-VMGI
DISPOSICIONES SOBRE EL CONCURSO PUBLICO
PARA NOMBRAMIENTO EN CARGOS VACANTES
DIRECTIVOS Y JERARQUICOS DE LOS CENTROS
Y PROGRAMAS EDUCATIVOS ESTATALES.
I.- FINALIDAD
Establecer las disposiciones y procedimientos para la
realización del Concurso Público para Nombramiento en
cargos vacantes directivos y jerárquicos de los centros y
programas educativos de gestión estatal, a fin de asegurar
el cumplimiento de los fines, objetivos y metas educacio-
nales establecidos en las normas legales vigentes e iniciar
los procesos de democratización y descentralización del
servicio educativo en todo el país.
II.- OBJETIVOS
- Fortalecer la gestión educativa de los centros y pro-
gramas educativos estatales de todo el país, en concor-
dancia con lo dispuesto por las normas legales sobre la
materia.
- Promover el liderazgo del personal directivo y jerár-
quico en la conducción y gestión de los centros y progra-
mas educativos estatales para mejorar la calidad del servi-
cio educativo.
- Revalorar la gestión en la administración pública posi-
bilitando la participación de los diversos actores de la co-
munidad educativa orientando la gestión pedagógica e ins-
titucional de los centros y programas educativos estatales
hacia la optimización de la calidad, la equidad y la eficien-
cia del servicio educativo nacional.
III.- ORGANOS INTERMEDIOS RESPONSABLES
- Direcciones Regionales de Educación (23).
- Dirección de Educación de Lima.
- Dirección de Educación del Callao.
- Direcciones Subregionales de Educación (19).
- Direcciones de las Unidades de Servicios Educativos
de Lima (16).
IV.- BASE LEGAL
- Ley Nº 24029, Ley del Profesorado, y su modificatoria
- D.L. Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrati-
va. - D.S. Nº 02-96-ED, Reglamento de Organización y Fun-
ciones del Ministerio de Educación.
- D.S. Nº 065-2001-ED, Reglamento del Concurso Pú-
blico para Nombramiento en Plazas Docentes.
- D.S. Nº 007-2001-ED, Normas para la Gestión y De-
sarrollo de Actividades en Centros y Programas Educati-
vos.
- D.S. Nº 05-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases
de la Carrera Administrativa.
- D.S. Nº 023-2001-ED, Reglamento General de Institu-
tos Superiores Pedagógicos y Escuelas de Formación
Docente.
- D.S. Nº 039-85-ED, Reglamento Especial para Docen-
tes de Educación Superior.
- Ley Nº 26269, Ley que regula el acceso al cargo de
Director de los Centros y Programas Educativos de ges-
tión estatal.
- Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo
General.
V.- DISPOSICIONES GENERALES
5.1 Son cargos directivos: Director y Subdirector de
Centros y Programas Educativos y Director o Coordinador
de Programa no Escolarizado. También son cargos directi-
vos: Director y Subdirector de Instituto de Educación Su-
perior No Universitaria.
5.2 Son cargos jerárquicos los inmediatos inferiores a
los señalados en el numeral anterior y superiores a los de
profesor de aula o asignatura.
5.3 Serán cubiertos por concurso público los cargos
directivos y jerárquicos de los Centros y Programas Edu-
cativos de gestión estatal, así como los de institutos de
educación superior no universitaria, que se encuentren en
condición de vacantes por cese, incremento o reasigna-

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