utorizan a procuradora iniciar acciones judiciales a presuntas responsables de la comisión de delito contra la fe pública

Fecha de publicación04 Marzo 2005
Fecha de disposición04 Marzo 2005
Pág. 288412
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 4 de marzo de 2005
Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NA-
CIONAL, Proyecto Especial de Infraestructura de Trans-
porte Departamental - PROVÍAS DEPARTAMENTAL y Pro-
yecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural -
PROVÍAS RURAL, para que en nombre y representación
del Estado atienda la invitación cursada para conciliar por
el Centro de Análisis y Resolución de Conflictos de la
Pontificia Universidad Católica del Perú, solicitada por el
CONSORCIO VIAL SUR, conforme a lo señalado en los
considerandos de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolu-
ción Ministerial, así como los antecedentes del caso
mencionado al Procurador Público Ad Hoc de PROVÍAS
NACIONAL, PROVÍAS DEPARTAMENTAL Y PROVÍAS
RURAL para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA
Ministro de Transportes y Comunicaciones
04662
PODER JUDICIAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Autorizan a procuradora iniciar accio-
nes judiciales a presuntas responsables
de la comisión de delito contra la fe
pública
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 025-2005-P-PJ
Lima, 17 de febrero de 2005
VISTOS:
El Memorándum Nº 094-2005-OAL-GG/PJ suscrito por
el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia
General del Poder Judicial, el documento del 16 de diciem-
bre del 2004 emitido por el Dr. César Francisco Torres Krü-
ger, Notario de Lima y los demás documentos que se acom-
pañan; y,
CONSIDERANDO:
Que, es deber de las entidades públicas velar por el
debido proceso y tramitación de los pedidos que le solici-
ten, encontrándose dentro de sus facultades constatar la
veracidad de los documentos que le presentan;
Que, doña Soledad Isabel Matallana Sisniegas preten-
dió valerse del documento denominado “Carta Poder” de
fecha 6 de diciembre del 2004, presentado ante el Regis-
tro Nacional de Condenas, con la finalidad de tramitar y
obtener el Certificado de Antecedentes Penales de don
Fidel Campos Villena;
Que, mediante documento del 16 de diciembre del 2004
el Dr. César Francisco Torres Krüger, Notario de Lima, ma-
nifiesta que la “Carta Poder” presentada por doña Soledad
Isabel Matallana Sisniegas ha sido falsificada, tanto en las
firmas como en los sellos notariales;
Que, mediante Memorándum Nº 030-2005-RNC-GSJR-
GG/PJ el Dr. Edwin Riquero Díaz, Jefe del Registro Nacio-
nal de Condenas, es de la opinión que se autorice a la
señora Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judi-
ciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las accio-
nes judiciales pertinentes contra doña Soledad Isabel Ma-
tallana Sisniegas;
Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de
Falsificación de Documento queda configurado cuando el
sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particula-
res, de un documento falso o falsificado, como si fuese
legítimo; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º
de la Constitución Política del Estado; el Texto Único
Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S.
Nº 017-93-JUS y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537
sobre Representación y Defensa del Estado modifica-
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora
Pública a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder
Judicial a efectos que inicie las acciones judiciales que
correspondan contra doña Soledad Isabel Matallana
Sisniegas, y contra quienes resulten responsables, por
el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de
Falsificación de Documentos en agravio del Poder Judi-
cial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO
Presidente del Poder Judicial
04764
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 027-2005-P-PJ
Lima, 17 de febrero de 2005
VISTOS:
El Memorándum Nº 112-2005-OAL-GG/PJ suscrito por
el Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la Gerencia
General del Poder Judicial, el documento del 20 de diciem-
bre del 2004 emitido por el Dr. Aníbal Corvetto Romero,
Notario de Lima y los demás documentos que se acompa-
ñan; y,
CONSIDERANDO:
Que, es deber de las entidades públicas velar por el
debido proceso y tramitación de los pedidos que le solici-
ten, encontrándose dentro de sus facultades constatar la
veracidad de los documentos que le presentan;
Que, doña Zenaida Carmen Montenegro Gaspar de
Arias pretendió valerse del documento denominado “Po-
der Especial” de fecha 3 de marzo del 2003, presentado
ante el Registro Nacional de Condenas, con la finalidad de
tramitar y obtener los Certificados de Antecedentes Pena-
les de los menores Kyara Priscila y Aldo Enzo Forero Arias;
Que, mediante documento del 20 de diciembre del 2004
el Dr. Aníbal Corvetto Romero, Notario de Lima, manifiesta
que el “Poder Especial” presentado por doña Zenaida Car-
men Montenegro Gaspar de Arias ha sido falsificado, tanto
en las firmas como en los sellos notariales;
Que, mediante Memorándum Nº 039-2005-RNC-GSJR-
GG/PJ el Dr. Edwin Riquero Díaz, Jefe del Registro Nacio-
nal de Condenas, es de la opinión que se autorice a la
señora Procuradora Pública a cargo de los Asuntos Judi-
ciales del Poder Judicial a fin que se interpongan las accio-
nes judiciales pertinentes contra doña Zenaida Carmen
Montenegro Gaspar de Arias;
Que, el Delito Contra la Fe Pública en la modalidad de
Falsificación de Documento queda configurado cuando el
sujeto activo hace uso, ante las autoridades y/o particula-
res, de un documento falso o falsificado, como si fuese
legítimo; y,
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la
Constitución Política del Estado; el Texto Único Ordenado
de la Ley Orgánica del Poder Judicial - D.S. Nº 017-93-JUS
y el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537
sobre Representación y Defensa del Estado modificado
por Decreto Ley Nº 17667, y el artículo 427º del Código
Penal;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la señora Procuradora Pú-
blica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial a
efectos que inicie las acciones judiciales que correspon-
dan contra doña Zenaida Carmen Montenegro Gaspar de
Arias, y contra quienes resulten responsables, por el Delito
Contra la Fe Pública en la modalidad de Falsificación de
Documentos en agravio del Poder Judicial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER H. VÁSQUEZ VEJARANO
Presidente del Poder Judicial
04765

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