1078 29 - Prorrogan suspensión dispuesta por Ordenanza Nº 199 en lo referente a admisión de solicitudes de expedientes de Certificados de Parámetros Urbanísticos y Edificatorios, Certificados de Compatibilidad de Uso y otros

Fecha de publicación28 Julio 2006
Fecha de disposición28 Julio 2006
NORMAS LEGALES
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325416 El Peruano
viernes 28 de julio de 2006
Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 24 de fecha 27
de junio de 2006 se prorrogó el plazo de vigencia de la
mencionada campaña hasta el 29 de julio de 2006;
Que, vista la demanda e interés de los ciudadanos
del distrito, se ha visto por conveniente continuar
brindando mayores facilidades a los vecinos y público
en general para la adquisición de las partidas de hechos
vitales, quienes podrán solicitarlas desde su domicilio,
oficina o cabina pública, lo que permitirá contribuir a
seguir implementando nuevas formas de comunicación
y acceso a los servicios que brinda la Municipalidad; y,
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo Único.- Prorrogar hasta el 29 de agosto de
2006 la "Campaña Promocional de Adquisición de
Partidas de Nacimiento, Matrimonio o Defunción a través
de Internet" dispuesta mediante Ordenanza Nº 228, por
los considerandos antes expuestos.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONA
Alcalde
00480-1
Prorrogan suspensión dispuesta por
Ordenanza 199 en lo referente a
admisión de solicitudes de expedientes de
Certificados de Parámetros Urbanísticos y
Edificatorios, Certificados de Compati-
bilidad de Uso y otros
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 29
Miraflores, 24 de julio de 2006
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
CONSIDERANDO:
Que, el artículo primero de la Ordenanza Nº 199, publicada
el 31 de julio de 2005, estableció: "Suspender temporalmente la
admisión de solicitudes de expedición de Certificados de
Parámetros Urbanísticos y Edificatorios; de Anteproyectos y
Proyectos Definitivos de Obras Nuevas; así como solicitudes
de Certificados de Compatibilidad de Uso; Licencias de
Funcionamiento Provisionales y/o Definitivas; y Ampliación de
Giro en el distrito, por noventa (90) días calendario";
Que, el artículo primero de la Ordenanza Nº 210, publicada
el 28 de octubre de 2005, prorrogó el plazo de vigencia de la
Ordenanza Nº 199 por treinta (30) días calendario, delegándose
al Alcalde en su artículo segundo la facultad de prorrogar el
plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 199 mediante la
expedición del Decreto de Alcaldía correspondiente;
Que, el artículo único del Decreto de Alcaldía Nº 23,
publicado el 28 de junio de 2006, prorrogó el plazo de vigencia
de la Ordenanza Nº 199 hasta el 31 de julio de 2006;
Que mediante Ordenanza Nº 920 publicada el 30 de
marzo de 2006, la Municipalidad Metropolitana de Lima
aprobó el Reajuste Integral de la Zonificación de los Usos
del Suelo del distrito de Miraflores, conformante del Área
de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana;
Que, mediante Informe Nº097 -2006-SPEA/MM de fecha
24 de julio de 2006, la Subgerencia de Planificación Estratégica
y Ambiental indica que está pendiente de aprobación, mediante
Ordenanza Metropolitana, el índice de usos del suelo para la
ubicación de actividades comerciales en la jurisdicción, y
recomienda prorrogar la suspensión dispuesta mediante
Ordenanza Nº 199 hasta que se aprueben los citados índices;
Estando a lo expuesto y en uso de las facultades
conferidas por el artículo 20º de la Ley Orgánica de
Municipalidades, Ley Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo Único.- Prorrogar hasta el 31 de agosto de 2006
la suspensión dispuesta por la Ordenanza Nº 199 en lo referente
a la admisión de solicitudes de expedientes de Certificados de
Parámetros Urbanísticos y Edificatorios con fines comerciales,
de Anteproyectos y Proyectos Definitivos de Obras Nuevas
con fines comerciales, así como Certificados de Compatibilidad
de Uso, Licencias de Funcionamiento Provisionales y/o
Definitivas y Ampliación de Giro en el distrito, por los
considerandos antes expuestos.
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONA
Alcalde
00480-2
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Prorrogan vigencia de Ordenanza Nº 263-
MSS que aprobó Beneficio Temporal a
contribuyentes del distrito
ORDENANZA Nº 267-MSS
Santiago de Surco, 25 de julio de 2006
EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Santiago de Surco, en Sesión
Ordinaria de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 263-MSS de fecha 30 de
junio del 2006, se aprobó un beneficio temporal a los
contribuyentes del distrito de Santiago de Surco, para
regularizar el pago de la deuda de naturaleza tributaria por
concepto de Impuesto Predial, Arbitrios Municipales,
Impuesto de Alcabala, multas tributarias vinculadas a
obligaciones formales del Impuesto Predial, cualquiera que
fuera el estado en que se encuentre, habiéndose establecido
un plazo de vigencia hasta el 31 de julio del 2006;
Que, en atención a la acogida que ha tenido la Campaña
por las facilidades otorgadas, y siendo política de la
Corporación incentivar el cumplimiento por parte de los
vecinos contribuyentes de sus obligaciones tributarias, se
ha visto necesario prorrogar su vigencia;
Que, la Constitución Política del Perú reconoce a los
gobiernos locales autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia, y les otorga
potestad tributaria para crear, modificar y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales;
Que, el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972, establece que los gobiernos
locales, gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia;
De conformidad a lo dispuesto por los Artículos 9º
numeral 8), Artículo 20º numeral 4) y artículo 40º de la
Unanimidad se aprobó la siguiente;
ORDENANZA
PRÓRROGA DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 263-MSS QUE
APROBÓ UN BENEFICIO TEMPORAL A LOS CONTRIBUYENTES DEL
DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO DENOMINADO "APOYA A TU DISTRITO
Y OLVÍDATE DE TUS DEUDAS"
Artículo 1º.- PRÓRROGA
Prorróguese hasta el 31 de agosto del 2006 la vigencia
de los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 263-
MSS que aprueba un beneficio temporal para la
regularización para el pago de deudas tributarias.
Artículo 2º.- CUMPLIMIENTO
Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza
a la Gerencia de Administración Tributaria, así como a la
Oficina de Imagen Institucional.
Artículo 3º.- VIGENCIA
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir
del día siguiente de su publicación
POR TANTO:
Mando se registre, comunique, publique y cumpla.
CARLOS DARGENT CHAMOT
Alcalde
00488-1

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