Urbanismo e inmobiliario

AutorClaudio Berastain Q.
Páginas56-57
cberastain@ldgabogados.com
Claudio Berastain Q.
El 25 de julio de 2021 se publicó en el
Diario El Peruano la Ley N° 31313, “Ley de
Desarrollo Urbano Sostenible” (la “Ley”),
cuyo objeto es establecer los principios,
lineamientos, instrumentos y normas que
regulen el acondicionamiento territorial,
la planificación urbana, el uso y la
gestión del suelo urbano.
 Si bien la norma regula
principalmente temas urbanísticos, llama
la atención el nuevo tributo denominado
participación en el incremento del valor
del suelo, el cual gravará el incremento
del valor del suelo generado por
externalidades positivas producto de la
ejecución por parte del Estado de
hechos generadores, como el cambio de
la clasificación o calificación del suelo a
uno de mayor aprovechamiento (a
través, por ejemplo, de un PDM o PDU, la
ejecución de proyectos de inversión
pública o equipamiento urbano, la
creación o mejoramiento de espacios
públicos, obras de infraestructura de
servicios básicos, entre otros).
 Adicionalmente, la Ley incorpora la
posibilidad de que los proyectos de
inversión incluidos en el Programa de
Inversiones de los Planes para el
Acondicionamiento Territorial y
Desarrollo Urbano sean financiados a
través de una contribución especial de
obra pública, que es una forma de
contribución tributaria ya prevista en la
Ley de Tributación Municipal.
 La Ley implementa también dos
modificaciones importantes vinculadas al
impuesto predial: (i) la formulación de los
valores arancelarios de terrenos deberá
considerar el aumento del valor del
suelo generado por las acciones en las
que haya participado total o
parcialmente el Estado; y,
(ii) crea una tasa adicional del impuesto predial,
equivalente al 100% de la tasa del impuesto
predial que grave el valor del suelo. Esta tasa
adicional se aplicará a los predios que se
encuentren en suelo urbano dentro de los
Planes de Desarrollo Urbano de la jurisdicción
respectiva, cuenten con acceso a servicios
públicos, y no tengan recepción de obras de
habilitación urbana o, teniéndola, no cuenten
con edificación.
 Existen varios interrogantes sobre la forma en
que se aplicará la Ley, los cuales deberán
resolverse con la publicación del reglamento
respectivo. Sin perjuicio que, a la fecha, se viene
discutiendo la constitucionalidad de este nuevo
tributo.
URBANISMO E
Novedades de la ley de desarrollo
urbano sostenible.
INMOBILIARIO

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