RESOLUCION N° 1498-2011-ANR - Declaran que la Universidad de San Martín de Porres ha cumplido lo previsto en la Ley Universitaria N° 23733 y en la Res. N° 394-2004-ANR, respecto a la creación y funcionamiento de programas de maestrías en psicología

Fecha de disposición12 Enero 2012
Fecha de publicación12 Enero 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 12 de enero de 2012
459072
ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
Declaran que la Universidad de San
Martín de Porres ha cumplido lo previsto
en la Ley Universitaria Nº 23733 y en
la Res. Nº 394-2004-ANR, respecto
a la creación y funcionamiento de
programas de maestrías en psicología
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 1498-2011-ANR
Lima, 13 de diciembre de 2011
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
El of‌i cio N° 576-2011-SG-USMP, de fecha 21 de
octubre de 2011, de la Universidad de San Martín de
Porres, informe Nº 170-2011-DGDAC, de fecha 15 de
noviembre de 2011, y memorando Nº 1060-2011-SE de
fecha 22 de noviembre de 2011, y;
CONSIDERANDO:
Que, en el marco de las atribuciones previstas en el
inciso f) del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, y
en el artículo 13°, se establece concordar en lo referente
a los requisitos mínimos exigibles para el otorgamiento
de grados y títulos universitarios y a la unif‌i cación
de sus denominaciones, sin perjuicio del derecho
privativo de cada universidad a establecer los currícula
y requisitos adicionales propios; su creación requiere el
pronunciamiento favorable de la Asamblea Nacional de
Rectores;
Que, conforme la Resolución Nº 394-2004-ANR,
resuelve aprobar los Requisitos Mínimos para la
Organización y Funcionamiento de una Escuela de
Posgrado o Sección de Posgrado, con la f‌i nalidad de que
los estudios de maestría y doctorado que se dan en las
Escuelas de Posgrado sean acreditados en el más alto
nivel de excelencia;
Que, mediante la Resolución Nº 1030-1998-ANR, de
fecha 06 de febrero de 1998, la Asamblea Nacional de
Rectores, aprobó la creación y el funcionamiento de la
Escuela de Posgrado de la Universidad de San Martín de
Porres;
Que, mediante oficio de vistos, el Secretario General
de la Universidad de San Martín de Porres, manifiesta
que habiendo coordinado con la Dirección General
de Desarrollo Académico y Capacitación, en relación
a las observaciones expresadas en la Resolución
N° 0899-2011-ANR emitida por la Asamblea Nacional
de Rectores, remite la documentación que ha sido
elaborada en relación a cada una de las observaciones
efectuadas, respecto a los proyectos de creación
de las Maestrías en Psicología Clínica de Niños, y
Psicología de Niños y Adolescentes con Problemas de
Aprendizaje de la Sección de Posgrado de la Escuela
Profesional de Psicología de la Facultad de Ciencias de
la Comunicación, Turismo y de Psicología, acompañan
al expediente copias certif‌i cadas de las Resoluciones
Rectorales Nos. 1572 y 1573-2010-CU-R-USMP para
los efectos del caso;
Que, mediante informe de vistos, el Director General
de Desarrollo Académico y Capacitación, es de la opinión
que los Proyectos de Maestrías presentados por la
Universidad de San Martín de Porres, satisfacen los
requisitos establecidos en el artículo 13º y en el inciso f)
del artículo 92º de la Ley Universitaria Nº 23733, así como
con lo dispuesto en la Resolución Nº 394-2004-ANR, por lo
que sería procedente emitir la resolución correspondiente
que declare aprobada la creación y el funcionamiento de
las mismas;
Que, mediante memorando de vistos, el Secretario
Ejecutivo (e) dispone la elaboración de una resolución,
de acuerdo al informe de la Dirección General de
Desarrollo Académico y Capacitación, aprobando el
anteproyecto que declara la creación y funcionamiento
de los programas de maestrías en la Universidad de
San Martín de Porres;
Estando a lo autorizado por la alta dirección;
En uso de las atribuciones conferidas al Presidente
de la Asamblea Nacional de Rectores, en virtud de
lo establecido en la Ley Universitaria Nº 23733 y en el
Reglamento General de la Comisión de Coordinación
Interuniversitaria;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar que la Universidad de San
Martín de Porres ha cumplido con lo previsto en el
artículo 13º, y el inciso f) del artículo 92º de la Ley
Universitaria Nº 23733, así como con lo dispuesto en
la Resolución Nº 394-2004-ANR, respecto a la creación
y el funcionamiento de los programas de maestrías,
quedando en consecuencia aprobados para su
funcionamiento:
• Maestría en Psicología Clínica de Niños.
• Maestría en Psicología de Niños y Adolescentes con
Problemas de Aprendizaje.
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial “El Peruano” y en la página
Web de la Asamblea Nacional de Rectores.
Regístrese y comuníquese.
ORLANDO VELÁSQUEZ BENITES
Rector de la Universidad Nacional de Trujillo y
Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores
RAÚL MARTÍN VIDAL CORONADO
Secretario General de la
Asamblea Nacional de Rectores
739151-1
Declaran que la Universidad Andina
Néstor Cáceres Velásquez ha cumplido
lo previsto en la Ley Universitaria
Nº 23733 y en la Res. Nº 394-
2004-ANR, respecto a la creación
y funcionamiento del Programa de
Doctorado en Contabilidad y Finanzas
en la Escuela de Posgrado
COMISIÓN DE COORDINACIÓN
INTERUNIVERSITARIA
RESOLUCIÓN Nº 1499-2011-ANR
Lima, 13 de diciembre de 2011
EL PRESIDENTE DE LA ASAMBLEA NACIONAL
DE RECTORES
VISTOS:
El oficio N° 126-2011-R-UANCV de fecha 11 de
agosto del 2011 y oficio Nº 160-2011-R/UANCV-J
de fecha 04 de octubre de 2011, de la Universidad
Andina Néstor Cáceres Velásquez, informe Nº 173-
2011-DGDAC, de fecha 16 de noviembre de 2011,
y memorando Nº 1061-2011-SE de fecha 22 de
noviembre de 2011, y;

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