ORDENANZA Nº 09-2009-GR.LAMB./CR - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Salud - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque Año 2009

Fecha de publicación04 Abril 2009
Fecha de disposición04 Abril 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, sábado 4 de abril de 2009
393858
de Trabajo y Promoción del Empleo - Gobierno Regional
del departamento de Lambayeque Año 2009, el mismo
que en un número de veintinueve (29) folios, comprende
ciento dieciocho (118) procedimientos administrativos
correspondientes a la Unidad Orgánica: Dirección
Regional de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyo texto
íntegro corre adjunto a la presente disposición regional
formando parte integrante de la misma.
$UWtFXOR6HJXQGR PUBLÍQUESE el texto íntegro
del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Dirección Regional de Trabajo y promoción del Empleo
- Gobierno Regional del departamento de Lambayeque
aprobado conforme al Artículo Primero de la presente
Ordenanza Regional, en el diario encargado de los avisos
judiciales de la capital de la región, sin perjuicio de su
difusión a través de otros medios, conforme a ley.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
NERY SALDARRIAGA DE KROLL
Presidente Regional (e)
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Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Dirección
Regional de Salud - Gobierno Regional
del departamento de Lambayeque Año
2009
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Chiclayo, 25 de marzo de 2009
LA PRESIDENTA (E) DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 17
de marzo de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional
siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 30° de la Ley
N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General,
cada entidad, término que comprende a los Gobiernos
Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del
Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los
procedimientos administrativos que, por exigencia legal,
deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer
o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios
que a este efecto establece la citada ley;
Que, el proyecto de TUPA de la Dirección Regional
de Salud - Gobierno Regional del departamento de
Lambayeque correspondiente al Año 2009, comprende
sesenta y uno (61) procedimientos administrativos
detallándose en cada uno de ellos los requisitos
correspondientes, calif‌i cándose el procedimiento con
indicación de la dependencia donde se inicia el trámite y
la autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad
que resuelve la impugnación respectiva; se especif‌i ca
también el derecho de pago en función de la Unidad
Impositiva Tributaria – UIT, que para el ejercicio f‌i scal 2009
asciende a Tres mil quinientos cincuenta y 00/100 nuevos
soles (S/. 3,550.00); criterios que se ajustan al contenido
que debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37° de
la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº
29060, Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos
a que se ref‌i ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM;
Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38°, numeral
38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos
Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo
nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse
por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de
Ordenanza Regional;
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de
el Consejo Regional del Gobierno Regional del
departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente;
25'(1$1=$5(*,21$/
$UWtFXOR3ULPHUR APRUÉBASE, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional
de Salud - Gobierno Regional del departamento de
Lambayeque Año 2009, el mismo que en un número
de once (11) folios, comprende sesenta y uno (61)
procedimientos administrativos, cuyo texto íntegro corre
adjunto a la presente disposición regional formando parte
integrante de la misma.
$UWtFXOR6HJXGR PUBLÍQUESE el texto íntegro
del Texto Único de Procedimientos Administrativos de
la Dirección Regional de Salud - Gobierno Regional del
departamento de Lambayeque aprobado conforme al
Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, en
el diario encargado de los avisos judiciales de la capital
de la región, sin perjuicio de su difusión a través de otros
medios, conforme a ley.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
NERY SALDARRIAGA DE KROLL
Presidente Regional (e)
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Autorizan a procurador iniciar acciones
legales por los hechos enunciados en el
Informe Especial Nº 007-2008-2-5343
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Chiclayo, 26 de marzo de 2009
VISTO:
El Of‌i cio Nº 384-2008-GR.LAMB/ORCI, de fecha 19
de diciembre de 2008, (con Registro Nº662476), el Of‌i cio
Nº 112-2009-GR.LAMB/PR, de fecha 11 de febrero de
2009; y,
CONSIDERANDO:
Que, a través de los of‌i cios del visto se ha tomado
conocimiento del Informe Especial Nº 007-2008-2-
5343 sobre “Otorgamiento irregular de una retribución
pecuniaria por laborar después del horario de trabajo
durante el periodo de noviembre 2005 a enero 2008
ocasiona un perjuicio económico por el importe de S/.182
880,00” resultante de la Acción de Control Programada
que se encuentra signada con el Código Nº 2-5343-2008-
001 en el Plan Anual de Control para el año 2008;
Que, dicho Informe Especial tiene el carácter de
prueba pre-constituida para el inicio de las acciones
legales respectivas según lo establecido en el inciso f) del
Artículo 15º de la Ley Nº27785;
Que, por acuerdo del Directorio de Gerentes del
Gobierno Regional, en Sesión realizada el día 2 de marzo
de 2009, se aprobó emitir la Resolución Ejecutiva, a
efectos de que se inicie acción sobre el Informe Especial
007-2008-2-5343;
Que, mediante Of‌i cio Nº 010-2009-GR.LAMB/DIGR,
de fecha 6 de marzo de 2009, el Abog. Elías Daniel
Pinglo Risco, Secretario del Directorio de Gerentes,
remitió el citado Informe Especial, que sustentan los
diversos conceptos de gastos corrientes ejecutados
en la administración del Hospital Regional Docente
“Las Mercedes” de Chiclayo, estableciéndose que en
forma recurrente se estuvo otorgando irregularmente
una retribución pecuniaria de S/. 30,00 diarios a los
funcionarios y servidores que ejercían las diferentes
jefaturas administrativas y realizaban actividades propias
del cargo fuera del horario de trabajo, durante el periodo
de noviembre 2005 a enero 2008, habiendo ocasionado
un perjuicio económico por el importe de S/. 182 880,00
(ANEXOS 02 y 03);
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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