2823 002-2001-MPA/R.P. - Aprueban el Texto Unico de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad

Fecha de disposición21 Febrero 2001
Fecha de publicación21 Febrero 2001
Pág. 199071
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 21 de febrero de 2001
Ca. Carlos Gonzales Cdra. 2 lado par e impar (lado
derecho e izquierdo)
Ca. César López Cdras. 1 y 2 lado impar (lado
izquierdo)
Ca. Mantaro Cdras. 1 a 3 lado par e impar (lado
derecho e izquierdo)
Ca. Ucayali Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho
e izquierdo)
Ca. Chamaya Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho
e izquierdo)
Ca. Napo Cdra. 1 lado par e impar (lado derecho e
izquierdo)
Ca. Tnte. Balcazar Cdra. 1 lado impar (lado izquier-
do)Av. Bertolotto Cdra. 7 lado par (lado derecho)."
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
MARINA SEQUEIROS MONTESINOS
Alcaldesa
18602
ORDENANZA Nº 07-2001-MDSM
San Miguel, 19 de febrero de 2001
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD
DE SAN MIGUEL
POR CUANTO:
El Concejo de San Miguel, en Sesión Ordinaria de la
fecha, con dispensa del trámite de Comisiones y de
Aprobación del Acta, aprobó la siguiente:
ORDENANZA MODIFICATORIA DE
LA ORDENANZA Nº 12-2000
Artículo Primero.- Modifíquese el Artículo Cator-
ce de la Ordenanza Nº 12-2000 en los siguientes térmi-
nos:
"Artículo Catorce.- Encontrándose en cumplimiento
de sus funciones, están inafectos al pago de la Tasa por
Derecho de Estacionamiento Vehicular, los conducto-
res de:
a) Ambulancias;
b) Vehículos de las Compañías de Bomberos;
c) Vehículos de las Fuerzas Armadas y Policía Nacio-
nal;
d) Vehículos que presten el Servicio de Serenazgo
Municipal;
e) Vehículos de Limpieza Pública.
Asimismo, están exonerados del pago de la Tasa
por Derecho de Estacionamiento Vehicular los veci-
nos, residentes en el distrito, que se encuentren al día
en el pago de sus Tributos Municipales, y que sean
propietarios de vehículos, que ocupen un espacio
destinado al Servicio de Estacionamiento Vehicular.
Para los fines de la presente Ordenanza, se procederá
a entregar, a los beneficiarios una credencial que los
identifique y de esta manera puedan gozar de la
exoneración, la misma que se renovará en forma
trimestral."
Artículo Segundo.- Facúltese a la Alcaldesa para
que, vía Decreto dicte las medidas reglamentarias para
la aplicación de la presente Ordenanza.
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
MARINA SEQUEIROS MONTESINOS
Alcaldesa
18601
MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE
AZÁNGARO
Aprueban el Texto Unico de Procedi-
mientos Administrativos de la Munici-
palidad
ORDENANZA Nº 002-2001-MPA/R.P.
Azángaro, 8 de febrero de 2001
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE AZANGARO
POR CUANTO:
El Concejo Provincial de Azángaro, en Sesión Ex-
traordinaria de fecha 8 del mes y año en curso; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Decreto Legislativo Nº 757 "Ley Marco para el
Crecimiento de la Inversión Privada", establece la obliga-
toriedad para todas las entidades de la Administración
Pública, de aprobar y publicar su correspondiente Texto
Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA);
Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se ha
establecido las disposiciones reglamentarias requeri-
das para el cumplimiento de la obligación contenida en
la Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión
Que, los Artículos 32º y 34º de la norma acotada,
dispone que las municipalidades aprueban el TUPA
mediante ordenanzas;
Que, el párrafo quinto del Artículo 22º del Decreto
Legislativo Nº 757, establece que los Textos Unicos de
Procedimientos Administrativos, deben actualizarse
anualmente y publicarse en el Diario Oficial El Peruano
a más tardar el 30 de junio de cada año;
Que, el Artículo 70º del Decreto Legislativo Nº 776
señala, los derechos que se cobren por la tramitación de
procedimientos administrativos, sólo serán exigibles al
contribuyente cuando consten en el respectivo Texto
Unico de Procedimientos Administrativos;
Que, la Municipalidad Provincial de Azángaro, re-
quiere efectuar algunas modificaciones en sus procedi-
mientos administrativos y servicios, incluso en los
derechos y precios; en consecuencia, es necesario la
aprobación de un Nuevo Texto Unico de Procedimien-
tos Administrativos (TUPA);
Estando a los fundamentos expuestos, de conformi-
dad a lo dispuesto en la Constitución Política del Esta-
do, el Decreto Legislativo Nº 757 y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, el
Decreto Legislativo Nº 776 y en uso de las facultades
conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades
número 23853, el Concejo aprobó la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Unico de
Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Muni-
cipalidad Provincial de Azángaro, conjuntamente con los
derechos y precios establecidos en el citado documento,
que forma parte integrante de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- Deróguese todas las disposi-
ciones de esta municipalidad que se opongan a la
presente.
Artículo Tercero.- Encargar la publicación de la
presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la
Unidad de Secretaría General.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
TEOFILO MAYTA QUISPE
Alcalde Provincial
18516

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