ORDENANZA Nº 08-2009-GR.LAMB./CR - Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo - Gobierno Regional del departamento de Lambayeque Año 2009

Fecha de disposición04 Abril 2009
Fecha de publicación04 Abril 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 4 de abril de 2009 393857
Aprueban Texto Único de
Procedimientos Administrativos de
la Dirección Regional de Educación -
Gobierno Regional del departamento
de Lambayeque año 2009
25'(1$1=$5(*,21$/
1*5/$0%&5
Chiclayo, 25 de marzo de 2009
LA PRESIDENTA (E) DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 17
de marzo de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional
siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 30º de la Ley
Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General,
cada entidad, término que comprende a los Gobiernos
Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del
Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los
procedimientos administrativos que, por exigencia legal,
deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer
o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios
que a este efecto establece la citada ley;
Que, el proyecto de TUPA de la Dirección Regional
de Educación - Gobierno Regional del departamento de
Lambayeque correspondiente al Año 2009, comprende
cincuenta (50) procedimientos administrativos
correspondientes a la Unidad Orgánica: Dirección Regional
de Educación, doce (12) procedimientos correspondientes
a la Unidad Orgánica: Instituciones Educativas; y, cinco (5)
procedimientos correspondientes a la Unidad Orgánica:
Centros de Educación Técnico - Productiva, detallándose
en cada uno de ellos los requisitos correspondientes,
calif‌i cándose el procedimiento con indicación de la
dependencia donde se inicia el trámite y la autoridad que
aprueba el trámite, así como la autoridad que resuelve
la impugnación respectiva; se especif‌i ca también el
derecho de pago en función de la Unidad Impositiva
Tributaria – UIT, que para el ejercicio f‌i scal 2009 asciende
a Tres mil quinientos cincuenta y 00/100 nuevos soles
(S/. 3,550.00); criterios que se ajustan al contenido que
debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37º de la Ley
de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060,
Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que
se ref‌i ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM;
Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38º, numeral
38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos
Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo
nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse
por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de
Ordenanza Regional;
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de
Consejo Regional del Gobierno Regional del departamento
de Lambayeque ha emitido la siguiente;
25'(1$1=$5(*,21$/
$UWtFXOR3ULPHUR APRUÉBASE, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional
de Educación - Gobierno Regional del departamento de
Lambayeque Año 2009, el mismo que en un número de
cincuenta y uno (51) folios, comprende cincuenta (50)
procedimientos administrativos correspondientes a la
Unidad Orgánica: Dirección Regional de Educación,
doce (12) procedimientos correspondientes a la Unidad
Orgánica: Instituciones Educativas; y, cinco (05)
procedimientos correspondientes a la Unidad Orgánica:
Centros de Educación Técnico - Productiva, cuyo texto
íntegro corre adjunto a la presente disposición regional
formando parte integrante de la misma.
$UWtFXOR6HJXQGR PUBLÍQUESE el texto íntegro
del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Dirección Regional de Educación - Gobierno Regional
del departamento de Lambayeque aprobado conforme al
Artículo Primero de la presente Ordenanza Regional, en
el diario encargado de los avisos judiciales de la capital
de la región, sin perjuicio de su difusión a través de otros
medios, conforme a ley.
POR TANTO:
Mando se publique, registre y cumpla.
NERY SALDARRIAGA DE KROLL
Presidente Regional (e)

Aprueban Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Dirección
Regional de Trabajo y Promoción
del Empleo - Gobierno Regional del
departamento de Lambayeque Año
2009
25'(1$1=$5(*,21$/
1*5/$0%&5
Chiclayo, 25 de marzo de 2009
LA PRESIDENTA (E) DEL GOBIERNO REGIONAL
DE LAMBAYEQUE;
POR CUANTO:
El Consejo Regional del Gobierno Regional de
Lambayeque en su Sesión Extraordinaria de fecha 17
de marzo de 2009, ha aprobado la Ordenanza Regional
siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 30° de la Ley
N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General,
cada entidad, término que comprende a los Gobiernos
Regionales de acuerdo con el Artículo I, inciso 5., del
Título Preliminar de la mencionada ley, señala en su Texto
Único de Procedimientos Administrativos – TUPA, los
procedimientos administrativos que, por exigencia legal,
deben iniciar los administrados ante ésta para satisfacer
o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios
que a este efecto establece la citada ley;
Que, el proyecto de TUPA de la Dirección Regional de
Trabajo y Promoción del Empleo - Gobierno Regional del
departamento de Lambayeque correspondiente al Año
2009, comprende ciento dieciocho (118) procedimientos
administrativos detallándose en cada uno de ellos los
requisitos correspondientes, calif‌i cándose el procedimiento
con indicación de la dependencia donde se inicia el trámite
y la autoridad que aprueba el trámite, así como la autoridad
que resuelve la impugnación respectiva; se especif‌i ca
también el derecho de pago en función de la Unidad
Impositiva Tributaria – UIT, que para el ejercicio f‌i scal 2009
asciende a Tres mil quinientos cincuenta y 00/100 nuevos
soles (S/. 3,550.00); criterios que se ajustan al contenido
que debe tener el TUPA previsto por el Artículo 37° de la
Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 29060,
Ley del Silencio Administrativo y los Lineamientos a que se
ref‌i ere el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM;
Que, estando a lo prescrito por el Artículo 38°, numeral
38.1, de la Ley Nº 27444, tratándose de los Gobiernos
Regionales el TUPA es aprobado por la norma de máximo
nivel de las autoridades regionales, debiendo entenderse
por analogía con los Gobiernos Locales, que se trata de
Ordenanza Regional;
Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38° de
el Consejo Regional del Gobierno Regional del
departamento de Lambayeque ha emitido la siguiente;
25'(1$1=$5(*,21$/
$UWtFXOR3ULPHUR APRUÉBASE, el Texto Único de
Procedimientos Administrativos de la Dirección Regional
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR