112 642-2005-EF/75 - Aprueban texto de contrato denominado "Underwriting Agreement" a ser suscrito con Citigroup Global Markets Inc.

Fecha de disposición14 Diciembre 2005
Fecha de publicación14 Diciembre 2005
Pág. 306119
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 14 de diciembre de 2005
Que, considerando que es de interés institucional
realizar dicha reuniones de trabajo, el Director Ejecutivo
de PROMPEX solicita se autorice el viaje de un
profesional, para que en representación de la Entidad,
participe en dichas reuniones;
Que, el literal c) del artículo 6º de la Ley Nº 27790,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, establece que PROMPEX,
es un Organismo Público Descentralizado del sector
Comercio Exterior y Turismo;
De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs.
27790 y 27619, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM
y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modificado por el
Decreto de Urgencia Nº 025-2005;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Arturo Alberto
Zevallos Pérez, profesional de la Gerencia de Inteligencia
de Mercados de PROMPEX, a la ciudad de Santiago de
Chile, República de Chile, del 14 al 18 de diciembre del
2005, para los fines señalados en la parte considerativa
de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que ocasione el
cumplimiento de la presente Resolución se
efectuarán con cargo al Presupuesto del Pliego 008
Comisión para la Promoción de Exportaciones, del
Sector 35 Comercio Exterior y Turismo, Unidad
Ejecutora 001 Comisión para la Promoción de
Exportaciones, Función 11 Industria, Comercio y
Servicio, Programa 040 Comercio, Sub-Programa
0110 Promoción Externa del Comercio, de acuerdo
al siguiente detalle:
- Viáticos (US$ 150,00 x 4 días) : US$ 600,00
- Pasajes : US$ 558,00
- Tarifa Corpac : US$ 28,24
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes a la realización del viaje, el representante de
PROMPEX, autorizado mediante el Artículo 1º de la
presente resolución, presentará al Titular de la Entidad
un informe detallado sobre las acciones realizadas y los
logros obtenidos; asimismo, presentará la rendición de
cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución no da derecho
a liberación o exoneración de impuestos o de derechos
aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
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ECONOMÍA Y FINANZAS
Aprueban texto de contrato
denominado "Underwriting Agreement"
a ser suscrito con Citigroup Global
Markets Inc.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 642-2005-EF/75
Lima, 12 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 162-2005-EF,
se ha aprobado la emisión internacional de bonos
soberanos por parte de la República del Perú en el marco
de la operación de administración de deuda con Japan
Peru Oil Co., Ltd. – JAPECO-;
Que, el artículo 5º del referido Decreto Supremo
dispuso que los contratos que se deriven de las
emisiones internacionales que se realicen, serán
aprobados por Resolución Ministerial del Sector
Economía y Finanzas, estando autorizado el Director
General de la Dirección Nacional del Endeudamiento
Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir,
en representación de la República del Perú, todos los
documentos relacionados a la referida operación de
administración de deuda;
Que, para la referida emisión se utilizará el contrato
denominado "Fiscal Agency Agreement" y sus
modificatorias, cuyo texto fue aprobado mediante
Resoluciones Ministeriales Nºs. 031-2003-EF/75, 658-
2003-EF/75 y 493-2004-EF/75;
Que, para la implementación de la emisión de bonos
soberanos que se realice en el mercado internacional en
virtud del referido Decreto Supremo se requiere aprobar
el texto del contrato denominado "Underwriting
Agreement" a ser suscrito entre la República del Perú y
Citigroup Global Markets Inc.;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 162-2005-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el texto del contrato
denominado "Underwriting Agreement" a ser suscrito
entre la República del Perú y Citigroup Global Markets
Inc., el cual constituye un documento necesario para
implementar la emisión de bonos soberanos en el
mercado internacional a realizarse como parte de la
operación de administración de deuda con Japan Peru
Oil Co., Ltd. – JAPECO- en virtud del Decreto Supremo
Nº 162-2005-EF.
Regístrese y comuníquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
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Aprueban prospecto suplementario de
la emisión de bonos soberanos en el
mercado internacional, en el marco de
la operación de administración de
deuda con JAPECO
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 643-2005-EF/75
Lima, 12 de diciembre de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 162-2005-EF se
ha aprobado la emisión internacional de bonos soberanos
por parte de la República del Perú en el marco de la
operación de administración de deuda con Japan Peru
Oil Co., Ltd. – JAPECO-;
Que, el artículo 5º del referido Decreto Supremo
dispuso que el prospecto suplementario y los contratos
que se deriven de las emisiones internacionales que se
realicen, serán aprobados por Resolución Ministerial del
Sector Economía y Finanzas;
Que, para la implementación de la emisión de bonos
soberanos que se realice en el mercado internacional en
virtud al referido Decreto Supremo se requiere aprobar
el texto del prospecto suplementario;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto
Supremo Nº 162-2005-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar el texto del prospecto
suplementario correspondiente a la emisión de bonos
soberanos en el mercado internacional a realizarse como
parte de la operación de administración de deuda con
Japan Peru Oil Co., Ltd. –JAPECO-, en virtud al Decreto
Supremo Nº 162-2005-EF.
Regístrese y comuníquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI
Ministro de Economía y Finanzas
21120

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