08 247-2002-CG - Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra ex Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la UNCP por presunta comisión de delitos de estafa y falsedad genérica

Fecha de disposición17 Noviembre 2002
Fecha de publicación17 Noviembre 2002
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 17 de noviembre de 2002 AÑO XX - Nº 8184 Pág. 233411
SUMARIO
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DE LA VERDAD Y LA RECONCILIACIÓN NACIONAL"
DIARIO OFICIAL
Director: HUGO COYA HONORES http://www.editoraperu.com.pe
R.M. Nº 2010-2002-IN/1701.- Declaran nula resolución que
sancionó con multa a empresa de vigilancia privada 233425
RR.MM. Nºs. 2011 y 2013-2002-IN/1701.- Declaran inadmi-
sibles apelaciones contra resoluciones referidas a multas im-
puestas a empresas por infringir el Reglamento de Servicios de
Seguridad Privada 233426
R.M. Nº 2012-2002-IN/1701.- Declaran infundada apelación
contra resolución relativa a multa impuesta a empresa de
vigilancia privada 233427
JUSTICIA
D.S. Nº 038-2002-JUS.- Establecen conceptos que compren-
den el ingreso remunerativo mensual del Superintendente Na-
cional de los Registros Públicos y el Superintendente Adjunto
233427
MIMDES
R.M. Nº 650-2002-MIMDES.- Autorizan a procuradora ini-
ciar acciones legales a ex funcionarios del PATPAL por pre-
sunta responsabilidad civil y penal 233428
PRODUCE
R.M. Nº 174-2002-PRODUCE.- Autorizan viaje del
Viceministro de Pesquería a Chile para participar en la VI Ex-
posición Mundial para la Pesca y la Acuicultura de América
Latina 233428
R.D. Nº 085-2002-PRODUCE/DNEPP.- Declaran infundada
impugnación e improcedente solicitud para autorización de
instalación de establecimiento industrial y otorgamiento de li-
cencia de operación de planta de congelado 233429
RR.DD. Nºs. 086 y 092-2002-PRODUCE/DNEPP.- Rectifi-
can capacidades de bodega correspondientes a embarcaciones
pesqueras 233430
R.D. Nº 087-2002-PRODUCE/DNEPP.- Modifican resolución
que otorgó a persona natural permiso para operación de em-
barcación pesquera 233431
R.D. Nº 088-2002-PRODUCE/DNEPP.- Suspenden permiso
de pesca otorgado a persona natural para operar embarcación
en la extracción del recurso merluza 233431
R.D. Nº 089-2002-PRODUCE/DNEPP.- Aprueban cambio de
titular de permiso de pesca y otorgan a empresa autorización
de incremento de flota 233432
RELACIONES EXTERIORES
R.M. Nº 1206-2002-RE.- Designan delegación que participa-
rá en la VII Reunión del Comité Andino de Autoridades de
Migración, a realizarse en la ciudad de Lima 233433
R.M. Nº 1207-2002-RE.- Designan Comité Especial encarga-
do de proceso de selección para contratar servicio de actuali-
zación del inventario físico patrimonial valorizado de activos
fijos y conciliación contable del Ministerio 233433
R.M. Nº 1208-2002-RE.- Modifican conformación del Con-
sejo de Investigación Ad Hoc para el caso del cese de 117 fun-
cionarios del Servicio Diplomático dispuesto por la R.S. Nº 453-
92-RE 233434
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.D. Nº 233-2002-MTC/15.16.- Aprueban modificación
de la RAP 91 - Reglamento de Vuelo y Operaciones
233435
PODER EJECUTIVO
ECONOMÍA Y FINANZAS
D.S. Nº 175-2002-EF.- Precisan disposiciones de carácter admi-
nistrativo y presupuestal para la atención de obligaciones de
dar sumas de dinero a cargo del Estado 233412
AGRICULTURA
D.S. Nº 058-2002-AG.- Aprueban Tamaño de las Unidades de
Aprovechamiento del Bosque de Producción Permanente del
departamento de Pasco 233413
DEFENSA
R.S. Nº 178-DE/SG.- Autorizan ingreso de miembros del Ejér-
cito Británico al territorio de la República para que realicen
expedición de entrenamiento de aventura en Cusco, Puno y
Arequipa 233415
R.M. Nº 1675-DE/EP/CP-JAPE 1-1/.- Nombran Delegado del
Ejército ante la JID y Agregado Militar a la Representación
permanente del Perú ante la OEA 233415
R.M. Nº 1755-DE/FAP.- Autorizan contratar servicio de man-
tenimiento y soporte técnico de programas informáticos del
Servicio de Informática de la FAP mediante adjudicación de
menor cuantía 233415
R.M. Nº 1757-DE/SG.- Autorizan viaje de oficiales del Ejérci-
to para participar en el "Seminario de Derechos Humanos 2002"
que se realizará en Bolivia 233416
ENERGÍA Y MINAS
RR.MM. Nºs. 507, 508, 509, 511, 512 y 513-2002-EM/DM.-
Imponen servidumbres de ocupación de bienes públicos para
la instalación de subestaciones compactas a favor de Luz del
Sur S.A.A. 233417
RR.MM. Nºs. 514 y 517-2002-EM/DM.- Reconocen servi-
dumbres convencionales de ocupación de bienes para la insta-
lación de subestaciones compactas a favor de Luz del Sur S.A.A.
233420
R.M. Nº 539-2002-EM/DM.- Inician procedimiento discipli-
nario a funcionaria del Ministerio 233421
MINCETUR
RR.MM. Nºs. 119 y 120-2002-MINCETUR/DM.- Autorizan
viaje de asesores del Viceministerio de Comercio Exterior a
Panamá para participar en reuniones de coordinación andina y
en el marco del ALCA 233421
R.M. Nº 121-2002-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de re-
presentantes del Ministerio a Brasil para participar en reunión
de negociaciones entre la CAN y el MERCOSUR 233422
INTERIOR
R.M. Nº 1930-2002-IN/1704.- Declaran fundada en parte
impugnación contra resolución que sancionó con multa a la
EVP. SECOPER S.A. 233423
R.M. Nº 1931-2002-IN/1601.- Autorizan viaje de funciona-
rios de la DIGEMIN para participar en la III Reunión del Co-
mité de Fronteras Perú-Chile 233423
R.M. Nº 1955-2002-IN/0901.- Declaran infundada impugnación
contra resolución que sancionó con cese temporal a servidor de
la Prefectura del departamento de Huánuco 233424
Pág. 233412
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 17 de noviembre de 2002
PODER EJECUTIVO
ECONOMÍA Y FINANZAS
Precisan disposiciones de carácter
administrativo y presupuestal para la
atención de obligaciones de dar sumas
de dinero a cargo del Estado
DECRETO SUPREMO
Nº 175-2002-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 42º de la Ley Nº 27584 sustituido en su
contenido por el Artículo 1º de la Ley Nº 27684 publicada el 16
de marzo del 2002, regula la ejecución de obligaciones de dar
suma de dinero, estableciendo un procedimiento para tal fin;
Que, la determinación de la demanda global de los gas-
tos para la prestación de los servicios y funciones que de-
sarrollan los Pliegos para cada Año Fiscal se programan
en el marco de los Artículos 17º y 18º de la Ley Nº 27209 -
Ley de Gestión Presupuestaria del Estado;
Que, para el adecuado cumplimiento del citado proce-
dimiento es necesario establecer algunas precisiones de
carácter administrativo, financiero y presupuestal para la
atención de dichas obligaciones conforme a Ley, en con-
cordancia con lo normado por la Segunda Disposición Fi-
nal de la Ley Nº 27573 - Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2002;
En uso de las facultades conferidas por el Numeral 8º
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Atención de Obligaciones de Pago
Las Obligaciones de Pago, deberán ser atendidas úni-
ca y exclusivamente con cargo a la asignación presupuestal
disponible del Pliego Presupuestal.
Artículo 2º.- Límite para la Atención de las Obliga-
ciones de Pago
El Pliego Presupuestal sólo podrá disponer hasta un 3%
de la asignación presupuestal anual, con cargo a la Catego-
ría del Gasto 5 Gastos Corrientes, en el Grupo Genérico 3,
Bienes y Servicios, de la fuente de financiamiento de Recur-
sos Ordinarios, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el
Numeral 42.3 del Artículo 42ºde la Ley Nº 27584.
Artículo 3º.- Notificación de Requerimientos de Obli-
gaciones de Pago
Los requerimientos de Obligaciones de Pago que ha-
yan sido notificados a la Oficina General de Administración
o la que haga sus veces del Pliego Presupuestal durante el
Primer Trimestre de cada Año Fiscal, cumpliendo la forma-
lidad contemplada en el Numeral 42.1 del Artículo 42º de la
Ley Nº 27584, que no cuenten con posibilidad de financia-
miento en el Ejercicio Presupuestal, serán considerados
por el Pliego Presupuestal, en el Proceso de Programa-
ción y Formulación del Presupuesto, para el año siguiente.
Si los requerimientos son notificados a partir del Se-
gundo Trimestre del Año Fiscal, su atención será conside-
rada en el Proceso de Programación y Formulación del
Presupuesto del año subsiguiente.
Artículo 4º.- Depósitos de las Previsiones Presu-
puestales
Las Unidades Ejecutoras del Pliego deberán depositar
los montos de las previsiones presupuestales menciona-
das en el Artículo 2º del presente Decreto, en una cuenta
R.M. Nº 711-2002-MTC/02.- Autorizan viaje de Inspectores
de la Dirección General de Aeronáutica Civil a Guatemala, con
fines de capacitación 233475
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Res. Adm. Nº 168-2002-CE-PJ.- Autorizan viaje de magistrada
y secretaria a los EE.UU. para recibir declaración testimonial
ordenada en proceso sobre delito contra la seguridad pública
233475
Res. Adm. Nº 169-2002-CE-PJ.- Aprueban renovación de con-
venio de cooperación con la Dirección Regional de Educación
de Ucayali para continuar con programa de educación experi-
mental 233476
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
BANCO CENTRAL DE RESERVA
Res. Nº GG-091-2002.- Declaran nulidad de adjudicación di-
recta selectiva para la contratación de servicio anual de limpie-
za y fumigación general 233476
CONTRALORÍA GENERAL
Res. Nº 247-2002-CG.- Autorizan a procurador iniciar accio-
nes legales contra ex Jefe de la Oficina de Asesoría Legal de la
UNCP por presunta comisión de delitos de estafa y falsedad
genérica 233477
Res. Nº 248-2002-CG.- Autorizan a procurador iniciar ac-
ciones legales a presuntos responsables de los delitos de
abuso de autoridad y contra la función jurisdiccional 233478
Fe de Erratas de la Res. Nº 243-2002-CG.- 233478
S B S
Circ. CS-005-2002-AS-005-2002.- Establecen disposiciones
para la presentación de información de las Comisiones u Ho-
norarios de las Personas Naturales, aplicables a intermediarios
y auxiliares de seguros 233479
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
ESSALUD
Res. Nº 481-GG-HNERM-ESSALUD-2002.- Cancelan pro-
ceso de adjudicación directa pública convocado para la adqui-
sición de medicamentos 233479
INDECOPI
Res. Nº 164-2002-INDECOPI/DIR.- Dan por concluida de-
signación de miembro de la Comisión de Acceso al Mercado
del Indecopi 233480
OSIPTEL
Res. Nº 086-2002-PD/OSIPTEL.- Autorizan contratación de
servicios personalísimos de asesoría legal mediante proceso de
adjudicación de menor cuantía 233480
CC T A R
Res. Nº 0747-2002-CTAR UCAYALI-P.- Exoneran de proce-
so de adjudicación directa pública la contratación de empresa
para saneamiento de bienes de propiedad y posesión del CTAR
Ucayali, Sectores Regionales y Micro Regiones 233481
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS
Ordenanza Nº 094-CDLO.- Prorrogan beneficio de
condonación de porcentaje de multas administrativas 233482
Ordenanza Nº 095-CDLO.- Prorrogan vigencia de beneficio
tributario de condonación de pago de intereses moratorios y
reajustes de tributos municipales 233482
Ordenanza Nº 096-CDLO.- Aprueban Reglamento de Ejecu-
ción de Obras en Áreas de Uso Público en el ámbito del distrito
233482
Ordenanza Nº 097-CDLO.- Establecen beneficio de supre-
sión parcial del monto de arbitrios municipales generados des-
de el año 1997 hasta el 2001 233490
Pág. 233413
NORMAS LEGALES
Lima, domingo 17 de noviembre de 2002
bancaria específica abierta en el Banco de la Nación por la
Oficina General de Administración del Pliego o quien haga
sus veces, siendo los depósitos de manera mensual apli-
cándose el porcentaje correspondiente sobre el monto de
la asignación para Bienes y Servicios aprobada en el Ca-
lendario de Compromisos de cada mes. Dicha cuenta for-
mará parte de la posición de Caja del Tesoro Público.
Artículo 5º.- Pago Proporcional de Obligaciones
En caso que los montos de los requerimientos de obliga-
ciones de pago superen el porcentaje señalado en el Nume-
ral 42.3 del Artículo 42º de la Ley Nº 27584, el Pliego Presu-
puestal deberá cumplir con efectuar el pago en forma propor-
cional a todos los requerimientos existentes de acuerdo a un
estricto orden de notificación, hasta el límite porcentual esta-
blecido por Ley, debiendo programarse en caso necesario el
pago del saldo de acuerdo a lo contemplado en el primer pá-
rrafo del Artículo 3º del presente Decreto.
Artículo 6º.- Notificación a otras Unidades Ejecuto-
ras del mismo Pliego
Cuando la Resolución Judicial determine el pago de obliga-
ciones de dar suma de dinero a cargo de Unidades Ejecutoras
distintas a la correspondiente a la Oficina General de Adminis-
tración del mismo Pliego, se atenderá de acuerdo al procedi-
miento establecido en el presente Decreto Supremo, debién-
dose efectuar las modificaciones presupuestarias necesarias
con arreglo a la normatividad presupuestal vigente.
Artículo 7º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de
Economía y Finanzas.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA
Obligaciones de Pago generadas
en el Año Fiscal 2002
Las obligaciones de pago que se hayan tramitado en el Año
Fiscal 2002, ya sea de acuerdo al procedimiento contenido en
los Artículos 2º y 3º del Decreto de Urgencia Nº 055-2001,
como en el procedimiento contemplado en el Artículo 42º de la
Ley Nº 27584, modificado por la Ley Nº 27684, y que a la fecha
de entrada en vigencia del presente Decreto no se hubiere ini-
ciado el trámite del pago, el Pliego presupuestal procederá, en
forma excepcional, en caso de contar con saldos no ejecuta-
dos disponibles, con el pago de dichos requerimientos hasta el
límite porcentual del 3% de la asignación presupuestal que le
corresponda con cargo a los recursos previstos según lo seña-
lado en la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº 27684,
para lo cual el Pliego repriorizará y reprogramará sus gastos
para el mes de diciembre en el marco de la Asignación para el
IV Trimestre aprobada. En caso que dicho porcentaje no cubra
el monto total del requerimiento judicial, se procederá de acuerdo
a lo establecido en el Artículo 5º del presente Decreto, en el
marco de lo dispuesto por la Segunda Disposición Final de la
Ley Nº 27573.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis
días del mes de noviembre del año dos mil dos.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
LUIS SOLARI DE LA FUENTE
Presidente del Consejo de Ministros
JAVIER SILVA RUETE
Ministro de Economía y Finanzas
20331
AGRICULTURA
Aprueban Tamaño de las Unidades de
Aprovechamiento del Bosque de Pro-
ducción Permanente del Departamen-
to de PascoDECRETO SUPREMO
N° 058-2002-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el Gobierno ha iniciado el proceso de concurso
público para concesiones forestales con fines maderables
en los Bosques de Producción Permanente;
Que, la Ley N° 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, en
su Artículo 10°, establece que el procedimiento para la Promo-
ción y Determinación del Tamaño de la Unidad de Aprovecha-
miento para cada Bosque de Producción Permanente a ser
concesionado, es determinado por Estudios Técnicos realiza-
dos a través del INRENA y aprobado por Decreto Supremo
refrendado por el Ministerio de Agricultura;
Que, el Decreto Supremo N° 019-2002-AG, en su Artícu-
lo 1°, aprueba el Estudio Técnico del Procedimiento para la
Promoción y Determinación del Tamaño de la Unidad de Apro-
vechamiento para los Bosques de Producción Permanente
aprobados por las Resoluciones Ministeriales N°s 1349 y
1351-2001-AG y 026-2002-AG, realizado por el INRENA;
Que, la Resolución Ministerial N° 0549-2002-AG, en su
Artículo 2°, aprueba los Bosques de Producción Perma-
nente de los departamentos de San Martín, Huánuco, Pas-
co, Junín, Ayacucho, Cusco y Puno;
Que, la Resolución Ministerial N° 0632-2002-AG, inclu-
ye la Zona 6 dentro del Bosque de Producción Permanente
del departamento de Pasco aprobado mediante Resolu-
ción Ministerial N° 0549-2002-AG;
Que, el INRENA en base a la metodología establecida en
el Estudio Técnico del Procedimiento para la Promoción y
Determinación del Tamaño de la Unidad de Aprovechamien-
to, aprobado mediante Decreto Supremo N° 019-2002-AG,
ha determinado el Tamaño de las Unidades de Aprovecha-
miento del Bosque de Producción Permanente del departa-
mento de Pasco, sobre las áreas registradas de los referidos
bosques de producción, de conformidad con el Informe N°
197-2002-INRENA-DGFFS-DPPFFS/CIEF;
Que, es necesario aprobar el Tamaño de las Unidades
de Aprovechamiento del Bosque de Producción Permanen-
te del departamento de Pasco, a fin de ser sometidas al
proceso de concurso público para el otorgamiento de con-
cesiones forestales con fines maderables;
De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del
DECRETA:
Artículo 1º.- Tamaño de las Unidades de Aprovecha-
miento del Bosque de Producción Permanente del de-
partamento de Pasco
Aprobar el Tamaño de las Unidades de Aprovechamiento
del Bosque de Producción Permanente del departamento de
Pasco, aprobado mediante Resoluciones Ministeriales N°s 0549
y 0632-2002-AG, de acuerdo al Anexo 01 con su respectivo
mapa que forma parte del presente Decreto Supremo.
Dichas Unidades de Aprovechamiento serán materia
del proceso de concurso público para el otorgamiento de
las concesiones forestales con fines maderables.
Artículo 2º.- Refrendado
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Agricultura.
Dado en el casa de Gobierno, en Lima, a los trece días
del mes de noviembre del año dos mil dos.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Cosntitucional de la República
ALVARO QUIJANDRÍA SALMÓN
Ministro de Agricultura
ANEXO 01
UNIDADES DE APROVECHAMIENTO
DEL BOSQUE DE PRODUCCION PERMANENTE
DEL DEPARTAMENTO DE PASCO
N°LOTE AREA (ha)
1 8322
2 6377
3 5517
4 6405
5 6590
6 6110
7 5961
8 6990
9 5318
10 7580
11 5844
TOTAL 71014

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