08 026-2004-EF/94.10 - Sustituyen texto del último párrafo del inciso a) del artículo 14° del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios

Fecha de publicación24 Marzo 2004
Fecha de disposición24 Marzo 2004
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 24 de marzo de 2004
un informe técnico-legal previo emitido por las áreas técni-
ca y de asesoría jurídica de la Entidad que contendrá la
justificación técnica y legal de la adquisición o contrata-
ción y de la necesidad de la exoneración y contemplará
criterios de economía, tales como los costos y la oportuni-
dad;
Que, mediante Resolución R. Nº 7707-2004-UNFV, de
fecha 30.1.2004, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones
y Contrataciones del Estado, para el Ejercicio Fiscal 2004,
donde se considera la adquisición de Fichas Ópticas OMR
y Materiales para Fotochek, mediante proceso de selec-
ción de Bolsa de Productos, por el valor referencial de S/.
211,811.00 Nuevos Soles;
Que, mediante Informe Técnico contenido en el Oficio
Nº 031-2004-OPE-OCLSA-UNFV, con fecha de recepción
10.3.2004, la Oficina Central de Logística y Servicios Auxi-
liares, informa que estando próxima la fecha del Examen
de Admisión (marzo del 2004), es necesario autorizar la
adquisición referida en el considerando que antecede pro-
gramada para el mes de abril del 2004 mediante proceso
de Adjudicación Directa Pública; además de solicitar la
exoneración de dicho proceso de selección, toda vez que
habiendo adquirido la Universidad Lectoras Ópticas OPS-
CAN a la empresa POLYSISTEMAS S.A.C., propietaria del
software y proveedor único de las Fichas Ópticas OMR y
suministros para estos equipos, se configuran en bienes y
servicios que no admiten sustitutos, en aplicación del lite-
ral f) del Art. 19º, de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-
nes del Estado;
Que, mediante Informe Legal Nº 0300-2004-OCAJ-
UNFV, del 17.3.2004, la Oficina Central de Asesoría Jurídi-
ca, ha cumplido con emitir el Informe Legal de acuerdo a lo
establecido en el Art. 113º del Reglamento de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado;
De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 19º y
20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-
do y, los Artículos 113º y 116º de su Reglamento, aproba-
dos por los Decretos Supremos Nºs. 012-2001-PCM y 013-
2001-PCM, respectivamente y el numeral 6.5 de las Dis-
posiciones Específicas de la Directiva Nº 011-2001-
CONSUCODE/PRE, aprobada por Resolución Nº 118-
2001-CONSUCODE/PRE; y,
Estando a lo dispuesto por el Vicerrector Administrativo
en Oficio Nº 408-2004-VRAD-UNFV, con fecha de recep-
ción 17.3.2004; y de conformidad con la Ley Nº 23733 -
Ley Universitaria y el Estatuto de la Universidad Nacional
Federico Villarreal;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Excluir del Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Fede-
rico Villarreal 2004, la adquisición de Fichas Ópticas OMR
y Materiales para Fotochek, mediante proceso de selec-
ción de Bolsa de Productos, por el valor referencial de S/.
211,811.00 Nuevos Soles, con cargo a la fuente de finan-
ciamiento de Recursos Ordinarios y Recursos Directamen-
te Recaudados.
Artículo Segundo.- Incluir en el Plan Anual de Adqui-
siciones y Contrataciones de la Universidad Nacional Fe-
derico Villarreal 2004, la adquisición de Fichas Ópticas
OMR y Materiales para Fotochek, mediante proceso de
selección de Adjudicación Directa Pública, por el valor re-
ferencial de S/. 211,811.00 Nuevos Soles, con cargo a la
fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios y Recur-
sos Directamente Recaudados.
Artículo Tercero.- Exonerar a la Universidad Nacional
Federico Villarreal del proceso de selección de Adjudica-
ción Directa Pública conducente a la adquisición de Fichas
Ópticas OMR y Materiales para Fotochek, por el valor refe-
rencial de S/. 211,811.00 (Doscientos once mil ochocien-
tos once con 00/100 Nuevos Soles), incluido impuestos,
afectándose la Fuente de Financiamiento de Recursos
Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados.
Artículo Cuarto.- Autorícese contratar con la empresa
POLYSISTEMAS S.A.C., la adquisición referida en el artí-
culo precedente, mediante proceso de Adjudicación de
Menor Cuantía.
Artículo Quinto.- La contratación que autoriza la pre-
sente resolución estará a cargo del Comité Especial Per-
manente para los Procesos de Adjudicación de Menor
Cuantía de la Universidad Nacional Federico Villarreal.
Artículo Sexto.- Disponer que la Secretaría General
de la Universidad tramite la publicación de la presente re-
solución en el Diario Oficial El Peruano, así como remita
copia de la misma y del Informe Técnico - Legal que la
sustenta a la Contraloría General de la República, dentro
de los diez (10) días calendario siguientes a la fecha de su
aprobación.
Artículo Séptimo.- Encargar a la Oficina Central de
Logística y Servicios Auxiliares remitir al Consejo Superior
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado (CONSU-
CODE) en forma electrónica la modificación del Plan Anual
de Adquisiciones y Contrataciones que autoriza la presen-
te resolución a través del Sistema de Información sobre
Contrataciones y Adquisiciones del Estado (SIACE) en un
plazo de diez (10) días hábiles siguientes a su aprobación.
Artículo Octavo.- Disponer que la Oficina de Trámite
Documentario de la Secretaría General de la Universidad
remita copia de la presente resolución a la Comisión de
Promoción de la Pequeña y Micro Empresa (PROMPYME)
y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones
del Estado (CONSUCODE), dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes a su aprobación.
Artículo Noveno.- El Vicerrectorado Administrativo, así
como los Jefes de las Oficinas Centrales de Planificación,
Económico Financiera y, de Logística y Servicios Auxilia-
res, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento
de la presente resolución.
Regístrese, comuníquese y archívese.
JOSÉ MARÍA VIAÑA PÉREZ
Rector
05918
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
CONASEV
Sustituyen texto del último párrafo del
inciso a) del artículo 14º del Reglamen-
to de Oferta Pública Primaria y de Ven-
ta de Valores Mobiliarios
RESOLUCIÓN CONASEV
Nº 026-2004-EF/94.10
Lima, 23 de marzo de 2004
VISTOS:
El Memorádum Nº 1100-2004-EF/94.20 de la Gerencia
de Asesoría Jurídica, con la opinión favorable de la Geren-
cia General;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
17º y 49º de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legis-
lativo Nº 861, para efectos de realizar una oferta pública de
valores mobiliarios, se requiere la previa inscripción de los
mismos en el Registro Público del Mercado de Valores;
Que, mediante Resolución CONASEV Nº 141-98-EF/
94.10 se aprobó el Reglamento de Oferta Pública Primaria
y de Venta de Valores Mobiliarios, mediante el cual se pre-
cisa que en el caso de ofertas públicas de valores mobilia-
rios ya inscritos, se requiere del registro del prospecto a
utilizar en el indicado registro;
Que, asimismo, el reglamento señalado en el conside-
rando precedente establece que la inscripción de valores y
el registro de prospectos en el Registro Público del Merca-
do de Valores se puede llevar a cabo a través de un trámite
general o de un trámite anticipado;
Que, en el artículo 14º del Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, se
regula la modalidad del trámite anticipado, el cual per-
mite adelantar el trámite correspondiente a una oferta
para aquellos emisores que pretendan efectuar una o
más ofertas primarias o de venta en un período de tiem-
po dado, presentando en un primer momento la docu-
mentación e información común respecto a las ofertas
que vayan a ser efectuadas y la posterior presentación
de la información complementaria respecto a cada ofer-
ta en particular;

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