Aprueban TUPA de la Dirección Regional Agraria - Amazonas

Fecha de disposición04 Octubre 2006
Fecha de publicación04 Octubre 2006
NORMAS LEGALES
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329572 El Peruano
miércoles 4 de octubre de 2006
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE AMAZONAS
Aprueban TUPA de la Dirección
Regional Agraria - Amazonas
ORDENANZA REGIONAL Nº 154-
GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar la
organización del Gobierno Regional a través de Ordenanzas
Regionales, en concordancia con lo previsto en el Art. 15º, Inc.
"a" de la Ley Nº 27867 que señala: Aprobar, modificar o derogar
las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional; asimismo
es atribución del Consejo Regional aprobar el Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección Regional
Agraria Amazonas, en concordancia con el Art. 38º de la Ley
que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter
general en la organización y la administración del Gobierno
Regional;
Que, el Texto Único de Procedimientos Administrativos
(TUPA) de la Dirección Regional Agraria - Amazonas,
está elaborado en función a la Unidad Impositiva Tributaria
vigente, y Arts. 37º y 38º, de la Ley Nº 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General y demás normas
que lo complementan; por lo tanto, tiene validez jurídica
para su propósito, instrumento legal que regula la
actuación de la función administrativa del Estado y
asimismo, establece el régimen jurídico aplicable a la
protección del interés general, garantizando los derechos
de los administrados y con sujeción al ordenamiento
constitucional y jurídico y conforme a la evaluación
practicada al documento, éste cumple con los requisitos
establecidos siendo procedente su aprobación;
Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordinaria
de Consejo Regional Nº 014, mediante Acuerdo Nº 208-2006
de fecha 6 de setiembre de 2006, con el voto unánime de los
Consejeros Regionales y en uso de sus facultades conferidas
por el Inc. a) del Art. 37º de la Ley Nº 27867 y su modificatoria
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:
Artículo Único.- APROBAR Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Dirección
Regional Agraria - Amazonas, que en cuatro (4) folios
forma parte de la presente Ordenanza Regional.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los
Chachapoyas, a los 11 de setiembre del año 2006.
MIGUEL REYES CONTRERAS
Presidente Gobierno Regional
de Amazonas
02642-1
Aprueban Presupuesto Participativo
Anual de Inversión del Gobierno
Regional de Amazonas correspondiente
al Ejercicio 2007
ORDENANZA REGIONAL
Nº 155-GOBIERNO REGIONAL AMAZONAS/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE AMAZONAS
Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente:
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Regional tiene la atribución de normar
la organización del Gobierno Regional a través de
Ordenanzas Regionales, en concordancia con lo previsto
en el Art. 15º, Inc. “a” de la Ley Nº 27867 que señala:
Aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o
reglamenten los asuntos y materias de competencia y
funciones del Gobierno Regional. Así mismo, es
atribución del Consejo Regional aprobar el Presupuesto
Participativo Anual de Inversión del Gobierno Regional
de Amazonas 2007, en concordancia con el Art. 38º de
establece que las Ordenanzas Regionales norman
asuntos de carácter general en la organización y la
administración del Gobierno Regional y Ley Nº 28056 -
Que, el Art. 13º de la Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, señala que el Consejo Regional es el órgano
normativo y fiscalizador del Gobierno Regional,
correspondiéndole las atribuciones y funciones que se
establecen en la presente Ley y aquellas que le sean
delegadas; en concordancia con el Inc. c) del Art. 15º de
la norma acotada;
Que, el Presupuesto Participativo es un proceso que
establece las relaciones Estado-Sociedad, mediante el
cual se definen las prioridades sobre las acciones a
implementar a nivel de Gobierno Regional o Local con la
participación de la sociedad organizadora, generando
compromisos de todos los agentes participantes para la
consecución de los objetivos estratégicos, siendo el
Equipo Técnico del Gobierno Regional el encargado de
brindar el apoyo para la realización de los talleres de
trabajo en cada una de las provincias del ámbito regional,
consolidado los resultados, evaluada las propuestas y
al haber cumplido con todas las formalidades que lo
determina la norma, es procedente emitir el acto
administrativo correspondiente de esta manera el
Presupuesto Participativo del año fiscal 2007 tenga
validez jurídica y legal en todos sus extremos.
Estando a lo acordado y aprobado en Sesión
Extraordinaria Nº 003 de Consejo Regional del Gobierno
Regional de Amazonas, mediante Acuerdo Nº 007-2006
de fecha 06 de setiembre de 2006, contando con el voto
unánime de los Consejeros Regionales y en uso de sus
atribuciones que les otorga la Constitución Política del
Estado y el Art. 37º, Inc. a) de la Ley Nº 27867 y su
modificatoria Nº 27902 - Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales.
Se ha aprobado la Ordenanza siguiente:
Artículo Primero.- APROBAR el Presupuesto
Participativo Anual de Inversión del Gobierno Regional
de Amazonas, correspondiente al Ejercicio 2007.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dada en la ciudad de San Juan de la Frontera de los
Chachapoyas, a los veinte días del mes de setiembre
del año 2006.
MIGUEL REYES CONTRERAS
Presidente Gobierno Regional
de Amazonas
02650-1
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Aprueban habilitación urbana de
terreno ubicado en el distrito
RESOLUCIÓN DE GERENCIA
N° 00070
Ate, 11 de setiembre de 2006

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