ORDENANZA Nº 012-2009-GRU/CR - Aprueban TUPA de la Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucayali

Fecha de publicación03 Julio 2009
Fecha de disposición03 Julio 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 3 de julio de 2009 398557
norman asuntos de carácter general en la organización y
administración del Gobierno Regional.
Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo
35º, literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de
la Descentralización, los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y
presupuesto institucional; asimismo es atribución del
Consejo Regional aprobar los documentos de gestión,
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual
de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas
del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo 38°
Que, el Artículo 38º aprobación y Difusión del
Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo
General, Numeral 38.1, señala que El Texto Único de
Procedimientos Administrativos (TUPA) es aprobado por
la norma de máximo nivel de las autoridades regionales;
Numeral 38.2 Cada 2 (dos) años, las entidades están
obligadas a publicar el integro del TUPA, sin embargo
podrán hacerlo antes cuando consideren que las
modif‌i caciones producidas en el mismo lo ameriten.
Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-PCM,
de fecha 08 de Setiembre de 2007, aprueban lineamientos
para elaboración y aprobación del TUPA y establecen
disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio
Administrativo, que se ha cumplido estrictamente.
De conformidad con las facultades conferidas por
27867, modif‌i cado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el
Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, en
Sesión Ordinaria de fecha 23 de abril del 2009, aprobaron
la siguiente Ordenanza Regional.
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de
Procedimientos Administrativos TUPA, de la Dirección
Regional de Agricultura de Ucayali, conteniendo
cincuenta y seis (56) procedimientos administrativos
y ocho (08) procedimientos no exclusivos, así como
el Formato de Sustentación Legal y Técnica de los
Procedimientos Administrativos y los Anexos 1 y 2, que
forman parte de la presente Ordenanza Regional.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección
Regional de Agricultura de Ucayali, la publicación de
la presente Ordenanza Regional en el Diario Of‌i cial “El
Peruano y en un diario de mayor circulación regional y a
la Of‌i cina de Sistemas para su difusión a través del Portal
Electrónico del Gobierno Regional del Departamento de
Ucayali (www.regionucayali.gob.pe)
Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente
Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación
del acta.
Comuníquese al señor Presidente del Gobierno
Regional de Ucayali para su promulgación.
En Ucayali. a los veintitrés días del mes de abril del
año dos mil nueve
JOSÉ LUIS RÍOS RAMÍREZ
Consejero Delegado
Consejo Regional
POR LO TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Sede Central del Gobierno Regional del
Departamento de Ucayali a los veintisiete días del mes
de abril del año dos mil nueve.
JORGE VELÁSQUEZ PORTOCARRERO
Presidente Regional
367521-1
Aprueban TUPA de la Dirección
Regional de Vivienda, Construcción y
Saneamiento de Ucayali
ORDENANZA REGIONAL
N° 012-2009-GRU/CR.
EL CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI
POR CUANTO:
El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad
con lo previsto en los Artículos 191° y 192° de la
Constitución Política del Estado, modif‌i cado por Ley de
Reforma Constitucional, Capítulo XIV, Título IV sobre
Descentralización – Ley N° 27680, Ley N° 27783, Ley
de Bases de la Descentralización, Ley N° 27867, Ley
Orgánica de Gobiernos Regionales, modif‌i cado por la
Leyes N° 27902, N° 28968, Nº 29053 y demás normas
complementarias, en sesión Ordinaria de fecha 21 de
mayo del 2009, y;
CONSIDERANDO:
Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia.
Que, el Consejo Regional de Ucayali, tiene las
atribuciones de normar la organización interna del
Gobierno Regional a través de las Ordenanzas
Regionales, en concordancia con el inciso a) del Articulo
15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales, que faculta aprobar, modif‌i car o derogar las
normas que regulen o reglamenten los asuntos, materias
de competencia y funciones del Gobierno Regional,
concordante con el Artículo 38º de la misma norma
legal, que establece que las Ordenanzas Regionales
norman asuntos de carácter general en la organización y
administración del Gobierno Regional.
Que, de conformidad con lo prescrito en el Artículo
35º, literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la
Descentralización, los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y
presupuesto institucional; asimismo es atribución del
Consejo Regional aprobar los documentos de gestión,
Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual
de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para
Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas
del Gobierno Regional, en concordancia con el artículo
Que, el Artículo 38º aprobación y Difusión del texto Único
de Procedimientos Administrativos de la Ley Nº 27444 Ley
del Procedimiento Administrativo General, señala que el
TUPA es aprobado por la norma de máximo nivel de las
autoridades regionales, con Resolución Ejecutiva Regional
Nº 01500-2006-G.R. UCAYALI-P. de fecha 6 de noviembre
de 2006, Aprueban el Texto Único de Procedimientos
Administrativos TUPA 2007, de la Dirección Regional de
Vivienda, Construcción y Saneamiento de Ucayali.
Que, mediante Decreto Supremo N° 079-2007-
PCM, de fecha 8 de setiembre de 2007, aprueban
lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA
y establecen disposiciones para el cumplimiento de
la Ley del Silencio Administrativo, que se ha cumplido
estrictamente.
De conformidad con las facultades conferidas por la
modif‌i cado por la Leyes N° 27902, N° 28968 y el Reglamento
Interno del Consejo Regional de Ucayali, el Consejo
Regional de Ucayali, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de
mayo del 2009 aprobó la siguiente Ordenanza Regional.
ORDENA:
Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de
Procedimientos Administrativos TUPA, de la Dirección
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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