DECRETO SUPREMO N° 253-2009-EF - Autorizan trigésimo primer tramo de la emisión de Bonos Soberanos en el marco del Decreto de Urgencia N° 040-2009

Fecha de publicación19 Noviembre 2009
Fecha de disposición19 Noviembre 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 19 de noviembre de 2009
406226
El horario estará compuesto:
Ingreso de propuestas: desde las 11:00 hasta las
13:00 horas
Permitirá a los diferentes participantes ingresar sus
propuestas de compra.
Adjudicación: desde las 13:00 hasta las 13:30
horas
El Emisor ingresará la tasa o precio de adjudicación.
Por causa de fuerza mayor, ante eventos que afecten
la operatividad del sistema u otras causas debidamente
sustentadas, la Unidad Responsable podrá ampliar el
horario de la subasta y de adjudicación, los mismos que
serán debidamente comunicados.”
Artículo 4°.- Suscripción de documentos
Autorícese al Director General de la Dirección
Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de
Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación
que se requiera para implementar lo dispuesto en este
dispositivo legal.
Artículo 5º.- Atención del servicio de deuda
El servicio de amortización, intereses, comisiones y
demás gastos que ocasionen los bonos que se emitan
correspondientes al tramo que se autoriza en el Artículo
1° de esta norma legal, son atendidos por el Ministerio
de Economía y Finanzas, con cargo a los recursos
presupuestarios asignados al pago del servicio de la
deuda pública.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho
días del mes de noviembre del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
424851-13
Autorizan trigésimo primer tramo de
la emisión de Bonos Soberanos en el
marco del Decreto de Urgencia Nº 040-
2009
DECRETO SUPREMO
Nº 253-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009,
y sus modif‌i catorias, se aprobó la emisión de bonos
soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL
SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES),
en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que
se destinarán a f‌i nanciar proyectos de inversión pública a
cargo de los Gobiernos Regionales;
Que, el numeral 1.3 del Artículo 1º del mencionado
Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo
con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros y el
refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, se autoriza
cada tramo de la emisión de bonos soberanos, que pueden
ser colocados en una o varias fechas;
Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que,
en el citado decreto supremo se f‌i jan las características
generales de los aludidos bonos soberanos y se
establecen los proyectos de inversión pública a cargo
de los Gobiernos Regionales a ser f‌i nanciados con los
recursos que se obtengan con la colocación del respectivo
tramo;
Que, mediante la Resolución Ministerial Nº 179-2009-
EF/75 se aprobaron los “Lineamientos para la Aplicación
del Decreto de Urgencia Nº 040-2009” y los índices de
distribución de los recursos provenientes de la emisión y
colocación de bonos soberanos;
Que, de la aplicación de los citados índices de
distribución, corresponde al Gobierno Regional del
Departamento de Amazonas un f‌i nanciamiento de hasta
S/. 98 703 250,00 (NOVENTA Y OCHO MILLONES
SETECIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales a la fecha
existe un saldo disponible de hasta S/. 79 959 631,77
(SETENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA Y
UNO Y 77/100 NUEVOS SOLES);
Que, el Gobierno Regional del Departamento de
Amazonas ha presentado a la Dirección Nacional del
Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y
Finanzas, los documentos requeridos para acceder al
f‌i nanciamiento a que se ref‌i ere el Decreto de Urgencia
N° 040-2009, y sus modif‌i catorias, hasta por un monto
de S/. 52 004 107,35 (CINCUENTA Y DOS MILLONES
CUATRO MIL CIENTO SIETE Y 35/100 NUEVOS SOLES),
para ejecutar tres (03) proyectos de inversión pública a su
cargo denominados “Pavimentación del Tramo Jr. Piura
C4 y C5 - Jr. Sachapuyos C1 y C2 - Jirón Higos Urco
C2- hasta la Ciudad Universitaria Toribio Rodríguez de
Mendoza y Rehabilitación del Sistema de Agua Potable
y Alcantarillado, Provincia de Chachapoyas – Amazonas”
(Código SNIP 118928); “Construcción Carretera Zarumilla
- San Antonio - Río Verde - Luz del Oriente, Distrito de
Chirimoto - Rodríguez de Mendoza – Amazonas” (Código
SNIP 130172) y “Mejoramiento de la Carretera Bagua
Grande - Cajaruro - Bagua - Cruce IV Eje Vial” (Código
SNIP 51825);
Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el
trigésimo primer tramo de la emisión interna de bonos
soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-
2009, y sus modif‌i catorias, destinado a f‌i nanciar los
proyectos de inversión pública mencionados en el
considerando precedente a cargo del Gobierno Regional
del Departamento de Amazonas;
Que, han opinado favorablemente la Dirección
Nacional del Endeudamiento Público y la Of‌i cina General
de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y su modif‌i catoria, y
el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modif‌i cado por los
Decretos de Urgencia Nº 058-2009, 080-2009 y 103-2009;
y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autorización del trigésimo primer
tramo de la emisión interna de bonos soberanos
Autorícese el trigésimo primer tramo de hasta S/. 52
004 107,35 (CINCUENTA Y DOS MILLONES CUATRO MIL
CIENTO SIETE Y 35/100 NUEVOS SOLES) de la emisión
interna de bonos soberanos aprobada en el marco del
Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modif‌i catorias,
que puede ser colocado en una o varias fechas, y que
se destina a f‌i nanciar los proyectos de inversión pública
a cargo del Gobierno Regional del Departamento de
Amazonas denominados “Pavimentación del Tramo Jr.
Piura C4 y C5 - Jr. Sachapuyos C1 y C2 - Jirón Higos
Urco C2- hasta la Ciudad Universitaria Toribio Rodríguez
de Mendoza y Rehabilitación del Sistema de Agua Potable
y Alcantarillado, Provincia de Chachapoyas – Amazonas”
(Código SNIP 118928); “Construcción Carretera Zarumilla
- San Antonio - Río Verde - Luz del Oriente, Distrito de
Chirimoto - Rodríguez de Mendoza – Amazonas” (Código
SNIP 130172) y “Mejoramiento de la Carretera Bagua
Grande - Cajaruro - Bagua - Cruce IV Eje Vial” (Código
SNIP 51825).
Artículo 2º.- Características generales de la emisión
interna de bonos
Para los f‌i nes de la emisión del trigésimo primer
tramo que se autoriza en el Artículo 1º de esta norma
legal, los bonos soberanos contarán con las siguientes
características:
- Monto máximo a emitir : Hasta S/. 52 004 107,35
- Unidad Responsable : Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Dirección
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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