¿Tributos internacionales?

Por Sandro Fuentes. Abogado

El título de esta columna lleva a error, pues es inimaginable que todos o muchos países del mundo se pongan de acuerdo y decidan cobrar impuestos transfronterizos y distribuirse la recaudación entre ellos, de manera que el contribuyente termine gravado solo una vez o con un solo tipo de impuesto.

Por el contrario, la concertada arremetida de varios países desarrollados contra los denominados paraísos fiscales, esa suerte de estrategia de acoso y derribo que se viene implementando contra esas sedes fiscales, más el texto de tipo ‘copy and paste’ de las normas legales de los países, relativas a la transparencia fiscal internacional, lo que hace presagiar es una afirmación de lo nacional, del tesoro público interno, de la recaudación propia y no de la riqueza mundial o del tránsito más libre de los capitales y del ahorro.

Por ejemplo, ha entrado en vigencia la ley estadounidense de Cumplimiento Fiscal de Cuentas en el Extranjero (FATCA por sus siglas en inglés), conforme a la cual ây en síntesis muy apretadaâ el fisco americano podría retener hasta el 30% de los pagos a una entidad financiera de cualquier parte del mundo que se negara a identificar y reportar información tributaria de nacionales de EE.UU. que actúen económicamente en el país del...

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