Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales contra resolución del Tribunal Fiscal relativa al pago de Impuesto Predial de inmuebles de propiedad del IRTP

Fecha de disposición21 Enero 2005
Fecha de publicación21 Enero 2005
Pág. 285000
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 21 de enero de 2005
PODER EJECUTIVO
DECRETOS DE URGENCIA
Dictan disposiciones destinadas a la
reestructuración de niveles salariales
en entidades y organismos dentro del
ámbito del Poder Ejecutivo, Entidades
de Tratamiento Empresarial y empre-
sas sujetas al FONAFE
(Mediante Oficio Nº 036-2005-SCM-PR, la Secreta-
ría del Consejo de Ministros solicita se publique
nuevamente el texto íntegro del Decreto de Urgencia Nº
001-2005, publicado el 20 de enero de 2005, precisán-
dose que su numeración correcta corresponde a la de
Decreto de Urgencia Nº 003-2005)
DECRETO DE URGENCIA
Nº 003-2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el desarrollo de una gestión presupuestaria
disciplinada debe sujetarse al uso racional, eficiente y
eficaz de los escasos recursos públicos, atendiendo
de manera estricta al Principio de Equilibrio
Presupuestario previsto en el artículo 78º de la Consti-
tución Política del Perú y en la Norma I del Título Prelimi-
nar de la Ley de Gestión Presupuestaria del Estado -
Que, atendiendo a la gran dispersión y tratos diferen-
ciados en los niveles de ingresos otorgados por las pres-
taciones de servicios en el Sector Público, resulta nece-
sario continuar con las medidas destinadas a la rees-
tructuración de los niveles salariales de todas las perso-
nas que perciban ingresos significativos en las entida-
des y organismos comprendidos dentro del ámbito del
Poder Ejecutivo, así como las Entidades de Tratamiento
Empresarial y las empresas del Estado sujetas al FO-
NAFE;
Que, por tratarse de medidas de orden económico y
financiero necesarias para atender parcialmente gastos
prioritarios manteniendo el equilibrio fiscal en la ejecu-
ción del gasto público, es necesario dictar normas al
respecto, de interés nacional con carácter extraordina-
rio y de urgencia;
En uso de las facultades conferidas en el inciso 19)
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la Repúbli-
ca;
DECRETA:
Artículo 1º.- Durante el ejercicio fiscal 2005 ningún
servidor o funcionario público, trabajador o persona que
presta servicios al Estado, podrá percibir en dinero o en
especie, independientemente de la modalidad de pago o
Fuente de Financiamiento, ingresos anuales mensualiza-
dos iguales o mayores a los percibidos por concepto de
Asignación Mensual Máxima correspondiente al cargo
de Ministro de Estado, conforme a lo regulado en el De-
creto de Urgencia Nº 126-2001 y el Decreto Supremo Nº
073-2002-PCM, ni exceder el monto de ingresos res-
pectivo resultante de la aplicación del Decreto de Urgen-
cia Nº 016-2003 ni los topes establecidos por dicho dis-
positivo legal.
El Presidente de la República, el Presidente del Con-
sejo de Ministros y los Ministros de Estado, continuarán
percibiendo en el 2005 por todo concepto los mismos
ingresos mensuales percibidos durante el año 2004.
Artículo 2º.- Mediante Decreto Supremo refrendado
por el Ministro de Economía y Finanzas, se dictarán las
normas complementarias para la aplicación del presen-
te Decreto de Urgencia.
Artículo 3º.- El presente Decreto de Urgencia será
refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinue-
ve días del mes de enero del año dos mil cinco.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
PEDRO PABLO KUCZYNSKI
Ministro de Economía y Finanzas
01349
P C M
Autorizan a procurador iniciar accio-
nes judiciales contra resolución del
Tribunal Fiscal relativa al pago de Im-
puesto Predial de inmuebles de pro-
piedad del IRTP
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 012-2005-PCM
Lima, 17 de enero de 2005
Visto, el Oficio Nº 937-2004-GG/IRTP de la Gerente
General (e) del Instituto Nacional de Radio y Televisión
del Perú - IRTP;
CONSIDERANDO:
Que, el Informe Legal Nº 065-2004 del Director
General de Asesoría Legal del Instituto Nacional de
Radio y Televisión del Perú - IRTP, señala que el IRTP,
en su condición de Organismo Público Descen-
tralizado adscrito a la Presidencia del Consejo de
Ministros, interpuso recurso de apelación contra la
Resolución de Departamento Nº 66-29-00001247
emitida por el Servicio de Administración Tributaria
de la Municipalidad Metropolitana de Lima que decla-
ró improcedente la reclamación interpuesta contra la
Orden de Pago Nº 44-11-00362374, girada por con-
cepto de Impuesto Predial correspondiente al Primer
Trimestre 2003, por el monto de S/. 3 266,68, por los
inmuebles de su propiedad ubicados en la calle Co-
mandante Torres Paz Nº 1041, la Av. Du Petit Thouars
Nº 447 y la Av. José Gálvez Nº 1040 del Cercado de
Lima;
Que, mediante Resolución del Tribunal Fiscal Nº
07969-5-2004, el Tribunal Fiscal resuelve confirmar
la Resolución de Departamento Nº 66-29-00001247,
agotando la vía administrativa;
Que, en tal sentido resulta pertinente autorizar al
Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales
de la Presidencia del Consejo de Ministros para que
interponga las acciones judiciales correspondientes;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 17537, Ley que crea el Consejo de Defensa Judicial
del Estado, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el
Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo,
modificado por la Ley Nº 27779, la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General, el Reglamento de
Organización y Funciones de la Presidencia del Conse-
jo de Ministros, aprobado mediante Decreto Supremo Nº
067-2003-PCM y el Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM,
que adscribe al Instituto Nacional de Radio y Televisión
del Perú - IRTP al Sector Presidencia del Consejo de
Ministros;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo
de los asuntos judiciales de la Presidencia del Consejo

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