TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION SUPREMA Nº 077-2007-MTC - Autorizan viaje de profesional para asistir a reuniones en el marco de la Tercera Ronda de Negociaciones para la celebraciOn del TLC con CanadA RESOLUCION SUPREMA Nº 077-2007-MTC

Fecha de publicación28 Septiembre 2007
Fecha de disposición28 Septiembre 2007
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 28 de setiembre de 2007 354289
N° 370 - Ley del Ministerio del Interior y el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio del Interior,
aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2005-IN;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje al extranjero en
comisión de servicios del Comandante de la Policía
Nacional del Perú Héctor Adolfo BORDA CANO y del
Subocial Técnico de Segunda de la Policía Nacional del
Perú Rower Armando REYES PALACIOS, a la ciudad
de Santiago de Chile - República de Chile, del 28 de
setiembre al 4 de octubre de 2007, para los nes a que se
contrae la presente Resolución Suprema.
Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que
ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo
precedente se efectuarán con cargo a la Unidad Ejecutora
002-Dirección de Economía y Finanzas de la Policía
Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior,
de acuerdo al siguiente detalle:
Comandante PNP Héctor Adolfo BORDA CANO
- Viáticos (Art. 5° DS 047-2002-PCM)
5 x 200 US.$ 1,000.00
- TOTAL US.$ 1,000.00
Subocial Técnico de Segunda PNP Rower
Armando REYES PALACIOS
- Viáticos (Art. 5° DS 047-2002-PCM)
5 x 200 US.$ 1,000.00
- TOTAL US.$ 1,000.00
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario
de efectuado el viaje, el personal policial designado
deberá presentar un informe detallado, describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos; así como
la rendición de cuentas debidamente documentada.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no
dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de
ninguna clase o denominación
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el señor Presidente del Consejo de
Ministros y por el señor Ministro del Interior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
LUIS ALVA CASTRO
Ministro del Interior
114849-1
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
Autorizan viaje de profesional para
asistir a reuniones en el marco de la
Tercera Ronda de Negociaciones para
la celebración del TLC con Canadá
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 077-2007-MTC
Lima, 28 de setiembre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, según lo establecido por el literal b) del numeral 3 del
artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2007, quedan prohibidos los viajes
al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a
recursos públicos, exceptuándose aquellos que se efectúen
en el marco de los acuerdos de negociación de tratados
comerciales, negociaciones económicas y nancieras;
Que, mediante Facsímil Circular 061-2007-
MINCETUR/VMCE, de fecha 17 de setiembre de 2007, el
Viceministro de Comercio Exterior solicita la participación
de un representante del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones para asistir a las reuniones de los grupos
de negociación sobre telecomunicaciones y comercio
electrónico, en el marco de la Tercera Ronda de Negociación
para la celebración del Tratado de Libre Comercio (TLC)
con Canadá, que se llevarán a cabo del 30 de setiembre al
2 de octubre de 2007, en la ciudad de Bogotá, Colombia;
Que, en las citadas reuniones se abordarán temas
tales como ámbito y cobertura del tratado, acceso
y uso de servicios públicos de telecomunicaciones,
obligaciones relativas a los proveedores de servicios
públicos de telecomunicaciones, obligaciones adicionales
relativas a los proveedores dominantes de los servicios
públicos de telecomunicaciones, organismos regulatorios
independientes y proveedores de telecomunicaciones
de propiedad del gobierno, licencias y autorizaciones,
asignación de recursos escasos, solución de controversias
sobre telecomunicaciones, entre otros;
Que, se considera indispensable continuar con la
participación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
en la Tercera Ronda de Negociaciones del Tratado de
Libre Comercio (TLC) con Canadá, dada la importancia
de la economía canadiense como futuro mercado para la
exportación de bienes y servicios peruanos, por el impacto
positivo de anteriores tratados de libre comercio suscritos
con Canadá, y para realizar el seguimiento de la posición
peruana jada en la Segunda Ronda de Negociaciones
realizada en la ciudad de Ottawa, Canadá;
Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y
tarifa única por uso de aeropuerto, serán asumidos por el
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con cargo a
su presupuesto;
De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley Nº 28927, y
el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Mauricio
Alfredo Novoa Cain, profesional de la Dirección General de
Regulación y Asuntos Internacionales de Comunicaciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la
ciudad de Bogotá, Colombia, del 29 de setiembre al 2
de octubre de 2007, para los nes expuestos en la parte
considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán cubiertos por el
Pliego Presupuestal del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US$ 675.69
Viáticos : US$ 800.00
Tarifa Única por Uso de Aeropuerto : US$ 30.25
Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo
10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el profesional
mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución
Suprema, dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un
informe al Despacho Ministerial, con copia a la Ocina
General de Administración del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos durante el viaje autorizado.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no
otorgará derecho a exoneración de impuestos o de
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de
Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ
Presidente del Consejo de Ministros
VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI
Ministra de Transportes y Comunicaciones
114849-2

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