TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION MINISTERIAL Nº 600-2007-MTC/03 - AmplIan Area de concesiOn otorgada a empresa mediante R.M. Nº 407-2003-MTC/03 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 600-2007-MTC/03
Fecha de disposición | 14 Octubre 2007 |
Fecha de publicación | 14 Octubre 2007 |
Sección | Sección Única |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 14 de octubre de 2007
355398
Sétima.- Suspensión de aplicación de dispositivo
Déjese en suspenso por el plazo de noventa (90) días
hábiles la aplicación del literal d) del artículo 227° del
Reglamento Nacional de Administración de Transportes,
aprobado por Decreto Supremo N° 009-2004-MTC.
Octava.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por la
Ministra de Transportes y Comunicaciones.
DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA.
Única.- Hasta el 31 de diciembre del 2007, para
el caso del transporte de mercancías, la sanción que
corresponderá a la infracción con Código S.5 del Anexo I
del Reglamento Nacional de Administración de Transportes
aprobado por Decreto Supremo N° 009-2004-MTC será la
de amonestación.
Dado en la casa de Gobierno, en Lima, a los trece días
del mes de octubre del año dos mil siete.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI
Ministra de Transportes y Comunicaciones
119270-2
Rectifican error material incurrido en
la R.M. Nº 522-2007-MTC/01, en lo
relativo a nombres de fedatarios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 598-2007 MTC/01
Lima, 11 de octubre de 2007
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 522-2007
MTC/01 del 14 de setiembre de 2007, se designó a los
fedatarios titulares y alternos del Ministerio de Transportes
y Comunicaciones;
Que, habiéndose consignado erróneamente el nombre
de algunas de las personas designadas en el artículo 1°
de la Resolución Ministerial Nº 522-2007 MTC/01, resulta
necesario recticar el error en que se ha incurrido;
Que, el numeral 201.1 del artículo 201º de la Ley
Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo
General, establece que los errores material o aritmético
en los actos administrativos pueden ser recticados
con efecto retroactivo, en cualquier momento, de ocio
o a instancia de los administrados, siempre que no se
altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la
decisión;
Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº 27444
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Recticar el error material contenido
en el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 522-2007
MTC/01, en el cual se ha consignado erróneamente
el nombre de tres de las personas designadas como
fedatarios titulares y de dos de las personas designadas
como fedatarios alternos, de acuerdo al siguiente
detalle:
DICE:
“Fedatarios titulares
(…)
Sra. Nancy Montafur Pinto
Sr. Germán Edmundo Simón Seminario Molla
Sr. Ernesto Marco Antonio Bulnes Quiñonez
(…)
Fedatarios alternos
(…)
Sr. Bercheman Demetrio Gutiérrez Rivera
Sra. Susana Adriana Solis de Balazar
(…)”
DEBE DECIR:
“Fedatarios titulares
(…)
Sra. Nancy Montufar Pinto
Sr. Germán Edmundo Simón Seminario Moya
Sr. Ernesto Marco Antonio Bulnes Quiñones
(…)
Fedatarios alternos
(…)
Sr. Berchemans Demetrio Gutiérrez Rivera
Sra. Susana Adriana Solis de Bazalar
(…)”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI
Ministra de Transportes y Comunicaciones
119192-1
Amplían área de concesión otorgada a
empresa mediante R.M. Nº 407-2003-
MTC/03
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 600-2007-MTC/03
Lima, 11 de octubre de 2007
VISTA, la solicitud presentada mediante expediente
Nº 2006-008713, por la empresa INFODUCTOS Y
TELECOMUNICACIONES DEL PERÚ S.A., sobre
modicación del Contrato de Concesión por ampliación del
área de concesión, para la prestación del servicio público
telefónico jo local en la modalidad de abonados, a todo el
territorio de la República del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 407-2003-
MTC/03 del 30 de mayo de 2003, se otorgó a la empresa
INFODUCTOS Y TELECOMUNICACIONES DEL PERÚ
S.A. concesión para la prestación del servicio público
telefónico jo local en la modalidad de abonados, por
el plazo de veinte (20) años, en el área de concesión
que comprende el departamento de Lima y la Provincia
Constitucional del Callao, suscribiéndose el respectivo
Contrato de Concesión el 11 de junio de 2003;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 226-2006-
MTC/03 del 16 de marzo de 2006, se prorrogó con ecacia
anticipada, hasta el 16 de julio de 2004, el plazo para
iniciar la prestación del servicio de telefonía ja local en
la modalidad abonados a la empresa INFODUCTOS Y
TELECOMUNICACIONES S.A., suscribiéndose la adenda
respectiva el 30 de marzo de 2006;
Que, la empresa INFODUCTOS Y TELECOMUNI-
CACIONES DEL PERÚ S.A. solicita la modicación de su
Contrato de Concesión con la nalidad de ampliar el área
de concesión del servicio público telefónico jo local en la
modalidad de abonados, a todo el territorio de la República del
Perú;
Que, la cláusula décima sexta del Contrato de Concesión
suscrito por la concesionaria y el Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, señala que las partes podrán acordar,
por escrito, la modicación o cambio del presente contrato
sujetándose a las leyes y reglamentos vigentes;
Que, mediante Informes Nºs. 342-2006-MTC/17.01.
ssp, 596-2006-MTC/17.01.ssp y 146-2007-MTC/17.01.
ssp, la entonces Dirección General de Gestión de
Telecomunicaciones, opina que procede modicar el
Contrato de Concesión, ampliando el área de concesión
a todo el territorio de la República del Perú, y aprobar
su correspondiente Plan de Cobertura para el área a ser
ampliada. Asimismo, señala que corresponde incorporar el
término Plan de Cobertura, en el literal d), del numeral 3.05
de la cláusula tercera y en el numeral 6.02 de la cláusula
sexta del Contrato de Concesión, aprobado por Resolución
Ministerial Nº 407-2003-MTC/03;
De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único
Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado
por el Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto
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