TRANSPORTES Y COMUNICACIONES RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4018-2012-MTC/15 - Autorizan a la Escuela de Conductores Integrales Brevetes Huaraz S.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4018-2012-MTC/15

Fecha de disposición31 Octubre 2012
Fecha de publicación31 Octubre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477699
artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse
la nulidad de la Resolución Directoral de autorización.
Artículo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento
de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela,
del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su
plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas
establecidas en el Cuadro de Tipicación, Calicación de
Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes,
con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación
de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza
Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio
de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera
corresponder.
Artículo Sétimo.- Remitir a la Superintendencia de
Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -
SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para
las acciones de control conforme a su competencia; y
encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la
ejecución de la presente Resolución Directoral.
Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación
en el Diario Ocial El Peruano, siendo de cargo de la
Escuela autorizada los gastos que origine su publicación.
Asimismo, se publicará en la página web del Ministerio la
presente Resolución y el horario propuesto por la Escuela
de Conductores Integrales ESCUELA DE CHOFERES
HENRY FORD LIMA PERU EMPRESA INDIVIDUAL
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA - ESCUELA DE
CHOFERES HENRY FORD LIMA PERU E.I.R.L.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre
856611-1
Autorizan a la Escuela de Conductores
Integrales Brevetes Huaraz S.R.L. para
funcionar como Escuela de Conductores
Integrales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 4018-2012-MTC/15
Lima, 17 de octubre de 2012
VISTOS:
Los Partes Diarios N°s. 106998 y 123836 presentados
por la empresa denominada ESCUELA DE CONDUCTORES
INTEGRALES BREVETES HUARAZ S.R.L., y;
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento Nacional de Licencias de
Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de
Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº
040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las
condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención
de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de
Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º que
establece las condiciones de acceso, así como el artículo
51º que señala los requisitos documentales;
Que, mediante Parte Diario N° 106998 de fecha 29 de
agosto de 2012, la empresa denominada ESCUELA DE
CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES HUARAZ
S.R.L., en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre
autorización para funcionar como Escuela de Conductores
Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos
teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos
motorizados de transporte terrestre, propugnando una
formación orientada hacia la conducción responsable y
segura a los postulantes a una licencia de conducir de la
Clase A Categorías II y III y Clase B Categoría II- c, así
como el curso de Capacitación Anual para Transporte de
Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto;
curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor y los
cursos de reforzamiento para la revalidación de las licencias
de conducir de la clase A categoría II y III;
Que, mediante Ocio N° 6880-2012-MTC/15.03 de fecha
24 de septiembre de 2012, noticado en la misma fecha,
esta administración formuló las observaciones pertinentes
a la solicitud presentada por La Empresa, requiriéndole la
subsanación correspondiente, para la cual se le otorgó un
plazo de diez (10) días hábiles;
Que, mediante Parte Diario 123836 de fecha
10 de octubre de 2012, La Empresa presentó diversa
documentación con la nalidad de subsanar las
observaciones señaladas en el ocio indicado en el
considerando que antecede;
Que, el segundo párrafo del artículo 56º de El
Reglamento, establece que previamente a la expedición
de la resolución de autorización respectiva, la Dirección
General de Transporte Terrestre realizará la inspección con
el objeto de vericar el cumplimiento de las condiciones de
acceso establecidas en El Reglamento;
Que, mediante el Informe N° 052-2012-MTC/15.jcb, se
remite el Acta de Inspección Ocular, del cual se advierte
que la inspección fue realizada en los locales propuestos
por La Empresa donde el inspector concluye que cumple
con lo establecido en el numeral 43.3 y 43.5 del Art. 43° del
Decreto Supremo 040-2008-MTC y sus modicatorias;
Que, estando a lo opinado por la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial en el Informe Nº 261-2012-
MTC/15.03.A.A., siendo éste parte integrante de la presente
resolución, resulta procedente emitir el acto administrativo
correspondiente;
Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto
Supremo 040-2008-MTC - Reglamento Nacional
de Licencias de Conducir Vehículos Automotores y no
Motorizados de Transporte Terrestre; la Ley Nº 27444 -
29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR a la empresa
denominada ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES
BREVETES HUARAZ S.R.L., para funcionar como Escuela
de Conductores Integrales, con el objetivo de impartir
los conocimientos teóricos – prácticos requeridos para
conducir vehículos motorizados de transporte terrestre,
propugnando una formación orientada hacia la conducción
responsable y segura, a los postulantes para obtener una
licencia de conducir de la Clase A Categorías II y III y Clase
B Categoría II-c, así como los Cursos de Capacitación
Anual para Transporte de Personas, Transporte de
Mercancías, Transporte Mixto; el Curso de Seguridad Vial y
Sensibilización del Infractor y los Cursos de Reforzamiento
para la Revalidación de las licencias de conducir de la
clase A categoría II y III; en consecuencia, procédase a
su inscripción en el Registro Nacional de Escuelas de
Conductores, en los siguientes términos:
Denominación de la Escuela : ESCUELA DE
CONDUCTORES INTEGRALES BREVETES HUARAZ
S.R.L.
Clase de Escuela : Escuela de Conductores
Integrales
Ubicación del Establecimiento : OFICINAS
ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSEÑANZA, TALLER DE
INSTRUCCIÓN TEÓRICO – PRÁCTICO DE MECÁNICA:
Jr. Francisco de Zela 284, primer piso y parte del
segundo piso (antes lote B, denominado Canapun, Barrio
Centenario), Distrito de Independencia, Provincia de Huaraz
y Departamento de Ancash.
CIRCUITO DE MANEJO:
Km. 7.5 Carretera Paria –Laguna de Llaca, Parcela
Chekchipukcru, Caserío Uquia, Distrito de Independencia,
Provincia de Huaraz y Departamento de Ancash.
Plazo de Autorización : Cinco (5) años, computados
a partir del día siguiente de la publicación de la presente
Resolución Directoral en el Diario Ocial El Peruano.
HORARIO DE ATENCION:
Lunes a Domingo de 07:00 horas a 22:00 horas
PROGRAMA DE ESTUDIOS:
Cursos generales:
a) Enseñanza de las normas del Reglamento Nacional
de Tránsito.

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