02 033-2005/DE-FONAFE - Modifican Directiva de Transparencia en la gestión de las empresas y entidades bajo el ámbito de FONAFE

Fecha de publicación13 Abril 2005
Fecha de disposición13 Abril 2005
Pág. 290732
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de abril de 2005
Payne solicitaron la aprobación del trámite anticipado, la
inscripción del primer programa de emisión de valores re-
presentativos de deuda denominado “Primer Programa de
Bonos de Minera Barrick Misquichilca S.A.” y el registro del
prospecto marco del referido programa, en el Registro Pú-
blico del Mercado de Valores;
Que, asimismo solicitaron la inscripción de los valores
pertenecientes a la primera emisión denominada “Bonos
de Minera Barrick Misquichilca S.A. - Primera Emisión” has-
ta por cincuenta millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 50 000 000,00) y el registro del
complemento del Prospecto Marco correspondiente en el
Registro Público del Mercado de Valores;
Que, Minera Barrick Misquichilca S.A. ha cumplido con
presentar los requisitos previstos en la Ley del Mercado de
Valores, en el Reglamento de Oferta Pública Primaria y de
Venta de Valores Mobiliarios, y en las disposiciones apro-
badas mediante Resolución Gerencia General Nº 211-98-
EF/94.11 y sus normas complementarias;
Que, el artículo 2 de las Normas Relativas a la Publica-
ción y Difusión de las Resoluciones Emitidas por los Órga-
nos Decisorios de CONASEV, aprobadas por Resolución
CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establece que las reso-
luciones administrativas referidas a la inscripción de los
valores mobiliarios objeto de oferta pública en el Registro
Público del Mercado de Valores y el registro de los prospec-
tos informativos correspondientes, deben ser difundidas a
través del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El
Peruano y de la página de CONASEV en Internet; y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 53º y siguien-
tes de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo esta-
blecido en la sesión del Directorio de CONASEV del 6 de
abril de 1999, de acuerdo con el cual el Gerente General
de CONASEV se encuentra facultado para aprobar trámi-
tes anticipados, disponer la inscripción de valores y/o re-
gistro de prospectos derivados de trámites anticipados, y
disponer la inscripción de programas de emisión de valo-
res;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el trámite anticipado, disponer el
registro del prospecto marco correspondiente e inscribir el
programa de emisión denominado “Primer Programa de
Bonos de Minera Barrick Misquichilca S.A.”, hasta por un
monto total en circulación de ciento cincuenta millones y
00/100 Dólares de los Estados Unidos de América
(US$ 150 000 000,00), en el Registro Público del Mercado
de Valores.
Artículo 2º.- Disponer la inscripción en el Registro
Público del Mercado de Valores de los bonos correspon-
dientes a la primera emisión denominada “Bonos de
Minera Barrick Misquichilca S.A. - Primera Emisión” hasta
por cincuenta millones y 00/100 Dólares de los Estados
Unidos de América (US$ 50 000 000,00), así como el
registro del complemento del Prospecto Marco corres-
pondiente.
Artículo 3º.- La inscripción de valores y el registro de
prospectos se encuentran sujetos a lo dispuesto en el
artículo 14 inciso b) numeral 2 del Reglamento de Oferta
Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios.
Artículo 4.- La oferta pública de los bonos a que se
refieren los artículos 1º y 2º de la presente Resolu-
ción, deberá efectuarse con sujeción a lo dispuesto en
el artículo 25º y, de ser el caso, en el artículo 29º del
Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de
Valores Mobiliarios. Asimismo, se deberá cumplir con pre-
sentar a CONASEV la documentación e información a
que se refieren los artículos 23º y 24º del mencionado
Reglamento.
La colocación de los valores a los que se refiere el
presente artículo deberá efectuarse dentro de un plazo
que no excederá de nueve (9) meses contados a partir de
la fecha de su inscripción en el Registro Público del Merca-
do de Valores y siempre y cuando el plazo del programa y
del trámite anticipado no hayan culminado. Este plazo po-
drá prorrogarse, a petición de parte, hasta por un período
igual. Para tales efectos, la solicitud de prórroga, en nin-
gún caso, podrá ser presentada después de vencido el
plazo de colocación.
Artículo 5º.- La aprobación, la inscripción y el registro
a que se refieren los artículos 1º y 2º de la presente
Resolución no implican que CONASEV recomiende la in-
versión en los valores u opine favorablemente sobre las
perspectivas del negocio. Los documentos e información
para una evaluación complementaria están a disposición
de los interesados en el Registro Público del Mercado de
Valores.
Artículo 6º.- La presente resolución debe ser publica-
da en el Diario Oficial El Peruano y en la página de
CONASEV en Internet.
Artículo 7º.- Transcribir la presente Resolución a Mine-
ra Barrick Misquichilca S.A., en su calidad de emisor; a
Citibank del Perú S.A., en su calidad de entidad estructura-
dora; a Citicorp Perú S.A. Sociedad Agente de Bolsa, en
su calidad de agente colocador; a Cavali ICLV S.A. y a la
Bolsa de Valores de Lima S.A.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ÓSCAR LOZÁN LUYO
Gerente General
Comisión Nacional Supervisora de Empresas
y Valores
06944
FONAFE
Modifican Directiva de Transparencia
en la gestión de las empresas y entida-
des bajo el ámbito de FONAFE
FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA
ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA
Nº 033-2005/DE-FONAFE
Lima, 8 de abril de 2005
LA DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONAFE
Visto el Informe Nº 007-2005/GD-FONAFE del 8 de abril
de 2005; y,
CONSIDERANDO:
Que, es necesario adecuar las normas de la Directiva
de Transparencia en la gestión de las empresas y entida-
des bajo el ámbito de FONAFE vigente, a las disposiciones
de la Ley;
De conformidad con las facultades delegadas a la Di-
rección Ejecutiva mediante Acuerdo de Directorio Nº 001-
2004/010-FONAFE;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el numeral 4.4 de la Directiva
de Transparencia aprobada mediante Resolución de Direc-
ción Ejecutiva Nº 065-2004/DE-FONAFE del 3 de agosto
de 2004, el cual en adelante queda como sigue:
"4.4) FONAFE deberá publicar información acerca de
las empresas en las que tiene participación minoritaria"
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HILDA SANDOVAL CORNEJO
Directora Ejecutiva
07172
INSTITUTO NACIONAL DE
CULTURA
Aprueban contratación de instrumen-
tista profesional Capo de Arpa para los
conciertos de la Orquesta Sinfónica
Nacional del año 2005
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 394/INC
Lima, 28 de marzo de 2005

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR