Autorizan una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006

Fecha de disposición17 Noviembre 2006
Fecha de publicación17 Noviembre 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 17 de noviembre de 2006 332977
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Modifican conformación de la Entidad
Gestora del “Proyecto de Cooperación
UE-PERU en materia de Asistencia
Técnica Relativa al Comercio - Apoyo
al Programa Estratégico Nacional de
Exportaciones (PENX 2003-2013)”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 398-2006-MINCETUR/ DM
San Isidro, 16 de noviembre de 2006
Visto el Memorándum Nº 501-2006-MINCETUR/VMCE
del Viceministro de Comercio Exterior y el Informe del
Director del Proyecto de Cooperación UE-Perú en materia
de Asistencia Técnica al Comercio – Apoyo al Programa
Estratégico Nacional de Exportaciones (PENX 2003-2013);
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 15 de junio del 2005, el Gobierno de la
República del Perú, representado por la Agencia Peruana de
Cooperación Internacional (APCI), y la Comunidad Europea
celebraron el Convenio de Financiamiento Nº ALA/2004/016-
913, en virtud del cual la Comunidad Europea se comprometió
en f‌i nanciar con un aporte máximo de 10,000,000 de euros, el
“Proyecto de Cooperación UE- Perú en materia de Asistencia
Técnica al Comercio – Apoyo al Programa Estratégico
Nacional de Exportaciones (PENX 2003-2013)”;
Que, dicho Convenio fue ratif‌i cado mediante Decreto
Supremo Nº 004-2006-RE del 9 de febrero del 2006;
Que, a efectos de dar cumplimiento a los numerales III.1.1
y V.1.4.1 del citado Convenio, se constituyó la Entidad Gestora
del Proyecto mediante Resolución Ministerial Nº 106-2006-
MINCETUR, de fecha 24 de marzo del 2006;
Que, el numeral V.1.4.1 del Convenio antes
mencionado, establece que el personal local de la Entidad
Gestora estará compuesto, por lo menos, por un Director
del Proyecto, un Administrativo Contable, un Secretario y
uno o dos Especialistas en Temas Sectoriales, dejando a
salvo la posibilidad de ampliar dicho número;
Que, a f‌i n de viabilizar que la Entidad Gestora logre la
ejecución del Convenio de modo óptimo dentro de los plazos
previstos, resulta necesario modif‌i car su conformación;
De conformidad con la Ley Nº 27790 – Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo y su Reglamento aprobado por Decreto
Supremo Nº 005-2002-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modif‌i cación de la Conformación
Entidad Gestora
Modif‌i car el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº
106-2006-MINCETUR, el cual quedará redactado de la
siguiente manera:
“Artículo 1º.- Constituir la Entidad Gestora del “Proyecto
de Cooperación UE-PERU en materia de Asistencia Técnica
Relativa al Comercio - Apoyo al Programa Estratégico Nacional
de Exportaciones (PENX 2003 - 2013) está conformada por:
- Un Director del Proyecto;
- Un Administrativo Contable;
- Una Secretaria;
- Tres Especialistas en temas Sectoriales; y,
- Un Conserje.
Asimismo, la Entidad Gestora del proyecto contará con
una asistencia técnica internacional y local, de acuerdo
con lo establecido en el Convenio de Financiamiento Nº
ALA/2004/016-913, a que se ref‌i ere la parte considerativa
de la presente Resolución.”
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
Encargado de la Cartera de
Comercio Exterior y Turismo
5775-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan una Transferencia de Par-
tidas en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006
DECRETO SUPREMO
N° 174-2006-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 28894, Ley que autoriza
transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2006 y dicta otras medidas, otorga un plazo
de 30 días calendario, para dar cumplimiento a lo dispuesto
en el numeral 4.4 del artículo 4º del Decreto de Urgencia
Nº 012-2006;
Que, de acuerdo con el numeral 4.4 del artículo 4º del
Decreto de Urgencia Nº 012-2006, se autoriza al Pliego
010: Ministerio de Educación para que mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de Educación y el
Ministro de Economía y Finanzas, realice las modif‌i caciones
presupuestarias a favor de los Gobiernos Regionales
– Direcciones Regionales de Educación, con el objeto de
f‌i nanciar lo dispuesto en el numeral 4.1 del mismo artículo;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4º del citado Decreto de
Urgencia dispone incrementar por el monto de CINCUENTA
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50,00), la Asignación
Especial otorgada mediante los Decretos Supremos Nºs 045-
2004-EF, 093-2004-EF y 068-2005-EF, a los trabajadores
administrativos activos que desempeñen labor efectiva en las
instancias de gestión educativa descentralizada señaladas en
los inciso a), b) y c) del artículo 65º de la Ley Nº 28044, Ley
General de Educación;
Que, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de
Educación ha emitido opinión técnica favorable respecto
al proceso de transferencia de partidas hasta por la suma
de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL
OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 9 319
800.00) que será destinado a los Gobiernos Regionales;
De conformidad con lo establecido en el Numeral 4.4
del Artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 012-2006 y el
artículo 4º de la Ley Nº 28894;
DECRETA:
Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006,
hasta por la suma de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS
DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 9 319 800,00), de acuerdo al Anexo que forma
parte del presente Decreto Supremo.
Artículo 2º.- Procedimientos para la aprobación
Los Titulares de los Pliegos Presupuestarios aprobarán
mediante Resolución, la incorporación de los recursos
transferidos a los que se ref‌i ere el artículo 1º del presente
Decreto Supremo, dentro los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de
la resolución se remite dentro de los cinco (5) días de
aprobada la presente norma a los organismos señalados
en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 3º.- Notas de modif‌i cación presupuestaria
Las Of‌i cinas de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego, instruyen a las Unidades Ejecutoras bajo su
ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas
para Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4º.- Refrendo.
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro
de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis
días del mes de noviembre del año dos mil seis.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas

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