DECRETO SUPREMO N° 132-2009-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Pliego Autoridad Nacional del Servicio Civil

Fecha de publicación11 Junio 2009
Fecha de disposición11 Junio 2009
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 11 de junio de 2009
397338
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor del Pliego Autoridad Nacional del
Servicio Civil
DECRETO SUPREMO
Nº 132-2009-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA:
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1023 se crea
la Autoridad Nacional del Servicio Civil, entre cuyas
funciones principales se encuentra el normar y gestionar
el Cuerpo de Gerentes Públicos;
Que, el Decreto Legislativo Nº 1024, crea y regula
el Cuerpo de Gerentes Públicos, estableciéndose que
corresponde a la Autoridad Nacional del Servicio Civil,
seleccionar, incorporar, capacitar, asignar y asumir los
conceptos remunerativos y demás benef‌i cios que se
deriven de la aplicación de las disposiciones contenidas
en el citado Decreto Legislativo;
Que, siendo el recurso humano el elemento esencial de las
actividades que realiza el Estado, es necesario el reclutamiento
de un cuerpo gerencial que apoye en la implementación de las
actividades y proyectos de las entidades públicas destinados
a la mejora de la calidad de vida de la población;
Que, a f‌in de que la Autoridad Nacional del Servicio Civil
cumpla con las competencias y funciones establecidas en
los Decretos Legislativos Nos. 1023 y 1024; la Presidencia
del Consejo de Ministros ha solicitado la suma de S/. 4
729 345,00 (Cuatro Millones Setecientos Veintinueve Mil
Trecientos Cuarenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles) a favor
de la Unidad Ejecutora 001 Autoridad Nacional del Servicio
Civil del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio Civil;
Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de
Economía y Finanzas cuenta con saldos que permiten dar
cobertura a los requerimientos de la Autoridad Nacional
del Servicio Civil, por lo que es necesario autorizar una
transferencia de partidas por la suma de S/. 4 729 345,00
(Cuatro Millones Setecientos Veintinueve Mil Trecientos
Cuarenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles);
De conformidad con lo establecido por el artículo 45º
de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorícese una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 a
favor de la Unidad Ejecutora 001 Autoridad Nacional del
Servicio Civil del Pliego 023: Autoridad Nacional del Servicio
Civil para la implementación del Cuerpo de Gerentes
Públicos, por la suma de S/. 4 729 345,00 (Cuatro Millones
Setecientos Veintinueve Mil Trecientos Cuarenta y Cinco y
00/100 Nuevos Soles) de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA:
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de
Contingencia
PROGRAMA
FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia
SUB PROGRAMA
FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso Presupuestario
del Sector Público
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORÍA DE GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO
GASTOS CORRIENTES
2.0 Reserva de Contingencia 4 729 345,00
-----------------
TOTAL 4 729 345,00
==========
A LA:
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 023 : Autoridad Nacional del Servicio Civil
UNIDAD EJECUTORA 001 : Autoridad Nacional del Servicio Civil
FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva de
Contingencia
PROGRAMA
FUNCIONAL 006 : Gestión
SUB PROGRAMA
FUNCIONAL 0008 : Asesoramiento y Apoyo
ACTIVIDAD 1.000267 : Gestión Administrativa
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
(En Nuevos Soles)
CATEGORÍA DE GASTO Y GENÉRICA DEL GASTO
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 911 995,00
2.3 Bienes y Servicios 817 350,00
------------------
TOTAL 4 729 345,00
===========
Artículo 2º.- Codif‌i caciones
La Of‌icina de Presupuesto del Pliego comprendido en la
presente Transferencia de Partidas, solicitará a la Dirección
Nacional del Presupuesto Público las codif‌i caciones que se
requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas
Partidas de Ingresos así como Componentes, Finalidades
de Meta, y Unidades de Medidas.
Artículo 3º.- Notas de Modif‌i cación Presupuestaria
La Of‌icina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego instruye a la Unidad Ejecutora bajo su ámbito
para que elabore las correspondientes “Notas para
Modif‌i caciones Presupuestarias” que requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 4º.- Transferencia de Partidas a nivel
agregado
El Pliego Habilitado comprendido en el presente
dispositivo desagrega los gastos mediante Resolución
del Titular del Pliego y a nivel de actividad y proyecto,
genérica del gasto dentro de los cinco días de aprobada
la presente norma. La citada Resolución se remite a los
cinco días de su aprobación a los Organismos señalados
en el artículo 23º, numeral 23.2 de la Ley Nº 28411 – Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto.
Artículo 5º.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1º del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 6º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diez días
del mes de junio del año dos mil nueve.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
LUIS CARRANZA UGARTE
Ministro de Economía y Finanzas
359343-4
EDUCACION
Crean la Unidad de Gestión Educativa
Local de Río Tambo, con sede en la
Comunidad Nativa Puerto Prado del
distrito de Río Tambo, provincia de
Satipo, Región Junín
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 020-2009-ED
Lima, 10 de junio de 2009
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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