DECRETO SUPREMO N° 222-2011-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Locales en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 en el marco del Programa de Modernización Municipal

Fecha de disposición09 Diciembre 2011
Fecha de publicación09 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 9 de diciembre de 2011
454648
FUNCIONAL 044 : Salud Individual
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0096 : Atención Médica Básica
ACTIVIDAD 1.043489 : Mejorar la alimentación y nutrición
del menor de 36 meses
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 765 986,00
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 328 280,00
-------------------
TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL 001 1 094 266,00
===========
SECCION PRIMERA : Gobierno Regional
PLIEGO 440 : Gobierno Regional de Amazonas
UNIDAD EJECUTORA 003 : Gerencia Subregional
Condorcanqui
PROGRAMA
ESTRATEGICO 002 : Salud Materno Neonatal
FUNCION 20 : Salud
PROGRAMA
FUNCIONAL 044 : Salud Individual
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0096 : Atención Médica Básica
ACTIVIDAD 1.043488 : Reducción de la morbilidad y
mortalidad materna
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 765 986,00
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 328 280,00
------------------
TOTAL PROGRAMA PRESUPUESTAL 002 1 094 266,00
==========
TOTAL PLIEGO 440 2 188 532,00
===========
TOTAL EGRESOS 3 046 002,00
===========
Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación
institucional
2.1 Los Titulares de los Pliegos habilitados en la
presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante
Resolución, la desagregación de los recursos autorizados
en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional
programático, dentro de los cinco (5) días calendario
de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de
la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días
de aprobada a los organismos señalados en el numeral
23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto.
2.2 La Of‌icina de Presupuesto o la que haga sus
veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección
General del Presupuesto Público las codif‌i caciones que
se requieran como consecuencia de la incorporación de
nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades
de Metas y Unidades de Medida.
2.3 La Of‌i cina de Presupuesto o la que haga sus veces
en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora
para que elabore las correspondientes “Notas para
Modif‌i cación Presupuestaria” que se requieran, como
consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la transferencia de partidas a que hace
referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo
no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a f‌i nes
distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4°.- Modif‌i cación del artículo 1º del Decreto
Supremo Nº 194-2011-EF
Modifíquese el artículo 1º del Decreto Supremo Nº
194-2011-EF, en cuanto a la cadena de gasto incluida
en dicho artículo, la cual queda redactada de la siguiente
manera:
“Artículo 1º.- Objeto
(...)
A LA: En Nuevos Soles
(...)
PLIEGO 455 : Gobierno Regional de Moquegua
UNIDAD EJECUTORA 001 : Sede Moquegua
FUNCION 05 : Orden Público y Seguridad
PROGRAMA
FUNCIONAL 016 : Gestión de Riesgos y
Emergencias
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0036 : Atención Inmediata de Desastres
ACTIVIDAD 1.077985 : Atención de Desastres y
Apoyo a la Rehabilitación y a la
Reconstrucción
FUENTE DE
FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3. Bienes y Servicios 1 997 348,00
------------------
TOTAL PLIEGO 455 1 997 348,00
------------------
TOTAL EGRESOS 5 157 953,00
=========”
Artículo 5°.- Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los ocho
días del mes de diciembre del año dos mil once.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Encargado del Despacho del Ministerio de
Economía y Finanzas
726670-7
Autorizan Transferencia de Partidas a
favor de los Gobiernos Locales en el
Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2011 en el marco del
Programa de Modernización Municipal
DECRETO SUPREMO
Nº 222-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2011, en su Primera
Disposición Complementaria Final, crea el Fondo de
Gestión y Modernización Municipal (2011-2013), de
carácter intangible y destinado a f‌i nanciar el Programa de
Modernización Municipal y el Plan de Incentivos a la Mejora
de la Gestión Municipal, señalando que la asignación de
los recursos a favor de los Gobiernos Locales se sujeta
al cumplimiento de metas y plazos, conforme a los
procedimientos reglamentarios y criterios que se aprueben
mediante Decreto Supremo del Ministerio de Economía y
Finanzas; y que la incorporación de recursos a favor de los
Gobiernos Locales se realiza mediante Decreto Supremo,
en la fuente de f‌i nanciamiento Recursos Determinados,
previo cumplimiento de metas e informe de la Dirección
General de Presupuesto Público del citado Ministerio;
Que, para el f‌i nanciamiento del Programa de
Modernización Municipal en el presente año, a través de la
mencionada Disposición Complementaria Final, se autoriza
la transferencia de la suma de QUINIENTOS MILLONES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 500 000 000, 00) al Fondo de
Gestión y Modernización Municipal (2011-2013);

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR