DECRETO SUPREMO N° 225-2011-EF - Autoriza una Transferencia de Partidas a favor del Pliego 007: Ministerio del Interior en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011

Fecha de disposición09 Diciembre 2011
Fecha de publicación09 Diciembre 2011
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, viernes 9 de diciembre de 2011
454654
tal efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas transferirá
los recursos necesarios para su otorgamiento con cargo
a lo establecido en el artículo 44º de la Ley Nº 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto. Dicha
transferencia se efectuará luego de verif‌i car que el “Informe
de Evaluación de Desempeño” contenga lo señalado en el
inciso c) del artículo 8º del presente Reglamento.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
Primera.- El Ministerio del Interior, mediante
Resolución Ministerial podrá, de manera excepcional y
fundamentada, incluir o excluir dependencias del listado
consignado en el Anexo Nº 01. Esta Resolución deberá
ser publicada en el diario of‌i cial El Peruano en un plazo
que no excederá de los diez (10) días calendario de
publicada la presente norma.
Segunda.- Luego de entregado el Bono por
Desempeño, el órgano responsable de la evaluación
elaborará un Informe Final que será presentado a la
Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio
de Economía y Finanzas, dentro de los primeros 30 días
del año 2012, donde presentará la documentación que
sustente las entregas a los benef‌i ciarios del presente
Bono, así como las propuestas de modif‌i cación de los
indicadores que considere pertinentes para su posible
incorporación en el Reglamento del año siguiente.
Tercera.- La participación en el proceso de
otorgamiento del Bono por Desempeño, se basará en la
información proporcionada sobre la situación del personal
y la dependencia donde labora, remitida por las Unidades
Policiales al órgano de personal competente de la Policía
Nacional del Perú.
726670-10
Autoriza una Transferencia de Partidas
a favor del Pliego 007: Ministerio del
Interior en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2011
DECRETO SUPREMO
Nº 225-2011-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Policía Nacional del Perú, de conformidad
la institución tutelar del Estado que tiene por f‌i nalidad
fundamental garantizar, mantener y restablecer el orden
interno, garantiza el cumplimiento de las leyes y la
seguridad del patrimonio público y privado; y previene,
investiga y combate la delincuencia; entre otras
funciones;
Que, el Ministerio del Interior de conformidad con
la Ley Nº 29334 - Ley de Organización y Funciones de
dicha entidad, es una organismo del Poder Ejecutivo, que
tiene personería jurídica de derecho público y constituye
un pliego presupuestal a través de la Policía Nacional del
Perú;
prevé que son deberes primordiales del Estado, garantizar
la plena vigencia de los derechos fundamentales, proteger
a la población de las amenazas contra su seguridad
y promover el bienestar general que se fundamenta en
la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la
Nación;
ha sido declarado el Estado de Emergencia, por el término
de sesenta (60) días, en las provincias de Cajamarca,
Celendín, Hualgayoc y Contumazá del departamento de
Cajamarca, disponiendo que la Policía Nacional del Perú,
mantiene el control del orden interno en dichas zonas;
Que, de otro lado, en la provincia de Andahuaylas
del departamento de Apurímac, se vienen presentando
reclamos y manifestaciones propiciados por los dirigentes
de la Junta de Usuarios de Riego de Andahuaylas -
JUDRA, contra mineros artesanales de la zona, que podría
conllevar a poner en riesgo la actividad agrícola así como
el proceso de reubicación de varios centros poblados, en
la referida provincia;
Que, la magnitud de los hechos acaecidos en
las provincias de Cajamarca, Celendín, Hualgayoc y
Contumazá del departamento de Cajamarca, declaradas
en Estado de Emergencia mediante el mencionado Decreto
Supremo, así como los hechos que vienen ocurriendo
en la provincia de Andahuaylas del departamento de
Apurímac, demanda la adopción de medidas que permitan
al Estado ejecutar acciones inmediatas destinadas a
controlar y minimizar los riesgos existentes y aquellos que
se puedan generar; por lo que, el Ministerio del Interior,
a través del Of‌i cio Nº 540-2011-IN-0101, ha solicitado
la atención inmediata de recursos por la suma de DIEZ
MILLONES TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS
TREINTA Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 320 530,00),
a efectos de que éstos sean orientados a las acciones
que la Policía Nacional del Perú requiera efectuar con
el objetivo de controlar el orden público en las zonas
declaradas en Estado de Emergencia así como en la
provincia de Andahuaylas del departamento de Apurímac,
vinculadas a la atención de los conceptos de viáticos y
racionamiento por la movilización de efectivos policiales;
dotación de combustible para vehículos terrestres; el costo
de uso de aeronaves para la ejecución de las operaciones
disuasivas; así como el costo de alquiler de telefonía
celular satelital para dichas zonas;
Que, los créditos presupuestarios requeridos por el
Ministerio del Interior, para la ejecución de las acciones
referidas en el considerando precedente no han sido
considerados en el presupuesto institucional de dicho
pliego, autorizado en el Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2011, aprobado por la Ley Nº 29626;
por tanto, se atenderán con cargo a la Reserva de
Contingencia del pliego Ministerio de Economía y
Finanzas, hasta por la suma de DIEZ MILLONES
TRESCIENTOS VEINTE MIL QUINIENTOS TREINTA
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 10 320 530,00), monto
que representa el costo de veintinueve (29) días de
actividades que debe realizar la Policía Nacional del
Perú en las referidas zonas;
De conformidad con el Artículo 45º de la Ley Nº 28411,
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase una Transferencia de Partidas en el
Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011,
hasta por la suma de DIEZ MILLONES TRESCIENTOS
VEINTE MIL QUINIENTOS TREINTA Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 10 320 530,00), destinada a f‌i nanciar, en
las provincias de Cajamarca, Celendín, Hualgayoc y
Contumazá del departamento de Cajamarca, declaradas
en estado de Emergencia mediante el Decreto
Supremo Nº 093-2011-PCM, así como en la provincia
de Andahuaylas del departamento de Apurímac, la
atención de los conceptos de viáticos y racionamiento
por la movilización de efectivos policiales; dotación de
combustible para vehículos terrestres; y el costo de
uso de aeronaves para la ejecución de las operaciones
disuasivas; así como el costo de alquiler de telefonía
celular satelital para dichas zonas; de acuerdo al
siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y
Finanzas
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General
FUNCIÓN 03 : Planeamiento, Gestión y Reserva
de Contingencia
PROGRAMA
FUNCIONAL 008 : Reserva de Contingencia
SUBPROGRAMA
FUNCIONAL 0014 : Reserva de Contingencia
ACTIVIDAD 1.000010 : Administración del Proceso
Presupuestario del Sector
Público

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