06 342-2006-INDECI - Aprueban Transferencia Financiera de Recursos a favor del Gobierno Regional de Apurímac

Fecha de disposición02 Agosto 2006
Fecha de publicación02 Agosto 2006
NORMAS LEGALES
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325666 El Peruano
miércoles 2 de agosto de 2006
(S/. 175,619.56) para la ejecución de las Actividades
señaladas en el Anexo 01 que forma parte de la
mencionada Resolución;
Que, mediante el Oficio de Vistos, el Gobierno
Regional de Huánuco ha informado que el cheque
correspondiente a la transferencia efectuada no pudo
ser ejecutado por razones de índole administrativo y de
procesos de trámite ante la Dirección Nacional de
Presupuesto Público del Ministerio de Economía y
Finanzas, por lo que solicita su reprogramación;
Que, mediante el Memorándum Nº 495-2006-INDECI/
14.0 de Vistos, la Dirección Nacional de Proyectos
Especiales ha señalado que habiéndose realizado las
consultas necesarias debe procederse a la anulación
del cheque, por cuanto el peligro inminente ya dejó de
serlo, convirtiéndose en una acción netamente
preventiva, correspondiendo su atención al Comité
Regional de Defensa Civil de Huánuco;
Que, a través del Informe Técnico Nº 071-2006/
INDECI/UEER/RAA del 18.JUL.2006, la Unidad de
Estudios y Evaluaciones de Riegos de la Dirección
Nacional de Prevención ha concluido que de acuerdo a
la información disponible y las condiciones
metereológicas existentes en el departamento de
Huánuco, no persiste una situación de Peligro Inminente
por lluvias, inundaciones, Deslizamientos ni huaycos;
Que, en consecuencia, debe procederse a dejar sin
efecto la transferencia de recursos dispuesta mediante
Resolución Jefatural Nº 216-2006-INDECI;
Con las visaciones de las Oficinas de Asesoría
Jurídica y de Administración y de la Dirección Nacional
de Proyectos Especiales;
De conformidad con la Ley Nº 27444 – Ley del
Procedimiento Administrativo General y en uso de las
atribuciones conferidas por el Reglamento de
Organización y Funciones del Instituto Nacional de
Defensa Civil, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 059-2001-PCM, modificado por Decretos Supremos
Nºs. 005-2003-PCM y 095-2005-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dejar sin efecto, por las razones
señaladas en la parte considerativa de la presente
Resolución, la Resolución Jefatural Nº 216-2006-INDECI
del 28.ABR.2006, que aprobó la Transferencia Financiera
de Recursos a favor del Gobierno Regional de Huánuco,
con cargo a los recursos provenientes del crédito
extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el
Banco de la Nación a favor del INDECI, hasta por un
monto de CIENTO SETENTA Y CINCO MIL
SEISCIENTOS DIECINUEVE Y 56/100 NUEVOS SOLES
(S/. 175,619.56).
Artículo Segundo.- La Secretaría General registrará
la presente Resolución en el Archivo General del INDECI,
dispondrá su publicación en el Diario Oficial El Peruano y
remitirá copia autenticada por Fedatario al Gobierno
Regional de Huánuco, a la Subjefatura, a las Oficinas de
Asesoría Jurídica, Planificación y Presupuesto,
Administración y a la Dirección Nacional de Proyectos
Especiales, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN LUIS PODESTÁ LLOSA
Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil
00554-1
Aprueban Transferencia Financiera de
Recursos a favor del Gobierno Regional
de Apurímac
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 342-2006-INDECI
24 de julio del 2006
VISTOS: los Oficios Nºs. 287-2006-GR-APURIMAC/
PR, 018-2006-MDM-GA y 338-2006-GR-APURIMAC/PR
del 31.MAR.2006,04.ABR.2006 y 20.ABR.2006,
respectivamente, remitidos por el Gobierno Regional de
Apurímac, el Memorándum Nº 486-2006-INDECI/14.0
del 10.JUL.2006, de la Dirección Nacional de Proyectos
Especiales y el Oficio Nº 1105-2006-EF/68.01 del
7.JUL.2006, de la Dirección General de Programación
Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía
y Finanzas, sus antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM
se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y
Atención de Desastres (CMPAD) generados por
fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada
de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas
de prevención de daños, atención y rehabilitación en las
zonas del país que se encuentren en peligro inminente o
afectados por desastres de gran magnitud;
Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta
S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/100
NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito
Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el
Banco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto
Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia
Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de
Crédito se destinarán para realizar acciones que permitan
reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen
natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la
población, ejecutar acciones de rehabilitación de la
infraestructura pública para recuperar los niveles que los
servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un
desastre; y ejecutar acciones de recuperación de la
capacidad productiva de las zonas afectadas por
desastres;
Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley
que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder
Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado
por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la
Dirección General de Programación Multianual del Sector
Público, incorpore, cuando sea necesario, previo informe
favorable de la Dirección Nacional del Presupuesto Público,
los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por
Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes de
la Línea de Crédito referida en el considerando precedente,
a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI;
Que, la Décima Disposición Final de la Ley Nº 28653,
Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006, establece la prórroga
de la vigencia de la referida Octava Disposición Final;
Que, en Tercera Sesión de fecha 28.JUN.2006, la
CMPAD aprobó los Proyectos señalados en el Anexo 01
adjunto a la presente Resolución, por el monto de
CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y TRES CON 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 194,853.00), incluido en el “Programa de Prevención
y Rehabilitación” y evaluado por el INDECI y la Dirección
General de Programación Multianual del Sector Público
del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMSP-MEF);
Que, mediante Oficio Nº 1105-2006-EF/68.01 de
fecha 7.JUL.2006, la Dirección General de Programación
Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía
y Finanzas determinó la elegibilidad de las Fichas
Técnicas correspondientes a los Proyectos presentados
por el Gobierno Regional de Apurímac;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 102-2006-EF se
incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2006, Pliego 006
INDECI, la suma de SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE
MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO CON 00/
100 NUEVOS SOLES (S/. 669,954.00), correspondiente
a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones
Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito
extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el
Banco de la Nación a favor del INDECI, con cargo a los
recursos de la mencionada Línea de Crédito;
Que, de conformidad con el artículo 75º de la Ley
Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, modificado por la Tercera Disposición Final
de la Ley Nº 28652, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2006, las Transferencias
Financieras que realiza, entre otros, el INDECI para la
atención de desastres se aprueban por Resolución del
Titular del Pliego, que serán obligatoriamente publicadas
en el Diario Oficial El Peruano;

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