Exoneran de proceso de selección la contratación para prestación de servicio de trabajos de conexión para alimentación eléctrica de nueva sede institucional

Fecha de publicación27 Diciembre 2004
Fecha de disposición27 Diciembre 2004
Pág. 283412
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 27 de diciembre de 2004
Orgánica del Sector Justicia; Ley Nº 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Desconcentrar en el Despacho Vi-
ceministerial la competencia para resolver en segunda y
última instancia administrativa los recursos de apelación
y pedidos de nulidad interpuestos contra las resolucio-
nes emitidas en los procedimientos administrativos a
cargo de la Secretaría Técnica de Conciliación; así como
la competencia para declarar la nulidad de oficio de ac-
tos administrativos emitidos por la referida Secretaría.
Regístrese, publíquese y comuníquese.
CARLOS GAMARRA UGAZ
Ministro de Justicia
23365
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
BIBLIOTECA
NACIONAL DEL PERÚ
Exoneran de proceso de selección la
contratación para prestación de servi-
cio de trabajos de conexión para
alimentación eléctrica de nueva sede
institucional
RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL
Nº 232-2004-BNP
Lima, 22 de diciembre de 2004
El señor Director Nacional de la Biblioteca Nacional
del Perú,
VISTO; el Informe Nº115-2004-BNP/ODT/AI por el cual
el Jefe del Proyecto "Infraestructura y Equipamiento de la
Nueva Sede de la Biblioteca Nacional del Perú" manifiesta
la necesidad de la contratación de los servicios de la
empresa de distribución eléctrica Luz del Sur S.A., por la
modalidad de servicios personalísimos, para la presta-
ción del servicio de "Trabajos de Conexión en 10 Kv para
alimentación eléctrica" de la Nueva Sede Institucional; el
Informe Técnico Nº 004-2004/OBR/BNP, el Informe Legal
Nº060-2004-BNP-OAL, y demás antecedentes; y,
CONSIDERANDO:
Que, las contrataciones que se efectúen para servi-
cios personalísimos están exoneradas de los procesos
de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación
Directa, debiendo realizarse dicha contratación mediante
proceso de Adjudicación de Menor Cuantía; y se aprue-
ban mediante Resolución del Titular del Pliego publicada
en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 (diez)
días hábiles siguientes a su emisión, remitiéndose copia
de dicha resolución y del Informe que lo sustenta a la
Contraloría General de la República; conforme a lo esta-
blecido en los artículos 19º y 20º del TUO de la Ley de
Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado
por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM;
Que, en caso de producirse el supuesto de servicios
personalísimos señalado en el artículo 19º antes citado,
la Entidad hará la contratación mediante acciones inme-
diatas sobre la base de una cotización que cumpla los
requisitos establecidos en las Bases, con la autoriza-
ción expresa del titular del pliego o de la máxima autori-
dad administrativa; conforme a lo establecido en los ar-
tículos 116º y 105º del Reglamento de la Ley de Contra-
taciones y Adquisiciones del Estado aprobado por De-
creto Supremo Nº 013-2001-PCM;
Que, en el Informe emitido por el Jefe del Proyecto
que se ha tenido a la vista, se advierte que es necesaria
la contratación para la prestación del servicio de Traba-
jos de Conexión en 10 Kv para alimentación eléctrica de
la Nueva Sede Institucional, debido a que en la tercera
etapa del proyecto se ha considerado el tendido y la
alimentación en media tensión desde la subestación que
indique el proveedor del servicio hasta nuestra subesta-
ción, habiéndose considerado el costo de conexión con
la empresa Luz del Sur S.A.; que es necesaria la exone-
ración contemplando criterios de economía, tales como
los costos y la oportunidad, dado que dicha empresa es
la única concesionaria de distribución de energía eléctri-
ca de la zona sur de la ciudad, es una empresa
especializada en vender, transmitir y distribuir energía
eléctrica y prestar servicios relacionados a su distribu-
ción, y cuentan con amplia experiencia en brindar solu-
ciones integrales a necesidades de suministro eléctrico;
y que económicamente es conveniente la contratación
con dicha empresa, por un valor de S/. 115,477.95 (Cien-
to Quince Mil Cuatrocientos Setenta y Siete con 95/100
Nuevos Soles), dado que la carga definitiva del proyecto
es mayor a los 1,000 Kv, con lo cual la Biblioteca Nacio-
nal del Perú pasará a ser un cliente libre y podrá nego-
ciar su tarifa con cualquier proveedor de energía de
acuerdo al consumo, lo que generará ventajas a futuro;
Que, en consecuencia, en el Informe tenido a la vista
emitido por el Jefe del Proyecto, se advierte que éste
contiene el informe técnico a que se refiere el artículo
113º del Reglamento ante citado, en cuanto a la justifi-
cación técnica de la contratación y a la necesidad de su
exoneración contemplando criterios de economía, tales
como los costos y la oportunidad;
Que, asimismo, en el Informe Legal que se ha tenido
a la vista, emitido por la Dirección General de Asesoría
Legal de esta entidad; se concluye que es procedente la
exoneración del proceso de selección por servicios per-
sonalísimos, conforme a la normatividad legal vigente;
En ejercicio de las atribuciones contenidas en el artículo
20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y
Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 012-2001-
PCM, su reglamento, las previstas en el inciso f) del artículo
13º del Reglamento de Organización y Funciones de está
Biblioteca Nacional, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-
2002-ED; y demás normas pertinentes;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selec-
ción correspondiente a la contratación para la prestación
del servicio de "Trabajos de Conexión en 10 Kv para
alimentación eléctrica" de la Nueva Sede Institucional; por
la causal de servicios personalísimos a que se refiere el
inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la
Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro-
bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM.
Artículo Segundo.- Efectúese la contratación a que
se refiere el artículo inmediato anterior, conforme a lo
dispuesto en el artículo 116º del Reglamento de la Ley
de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-
do por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y a las
siguientes precisiones, sin perjuicio de las demás
especificaciones que se establezcan en las Bases:
- Persona Jurídica con la que se contrata: Luz del
Sur S.A.
- Valor Referencial: S/. 115,477.95 (Ciento Quince Mil
Cuatrocientos Setenta y Siete con 95/100 Nuevos So-
les) Incluido impuestos.
- Fuente de Financiamiento: Recursos por Operacio-
nes Oficiales de Crédito Externo. Genérica de Gasto:
Inversiones. Meta Presupuestaria: Construcción de
Biblioteca.
- Tiempo que durará la contratación: noventa días
calendario.
- Dependencia encargada de realizar la contratación
exonerada: Dirección General de Administración.
Artículo Tercero.- Publíquese la presente resolu-
ción en el Diario Oficial El Peruano, y remítase
conjuntamente con el Informe Técnico-legal conformado
por el Informe Nº 115-2004-BNP/ODT/AI y el Informe
Legal Nº 060-2004-BNP/OAL, a la Contraloría General
de la República.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
SINECIO LÓPEZ JIMÉNEZ
Director Nacional
23357

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR