46 010-2006-REGISTRADORLIMAESTE-OROP/JNE - Inscriben a la Organización Política Local Distrital "Trabajando por Cieneguilla" en el Registro Especial que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas

Fecha de disposición24 Agosto 2006
Fecha de publicación24 Agosto 2006
NORMAS LEGALES
El Peruano
jueves 24 de agosto de 2006 326801
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DNI
Titular
Sra. GLORIA MARIA PALACIOS HONORIO 25731046
Accesitario
Sra. JUANA MARIA FAJARDO CORDOVA 25698353
Distrito 7
Titular
Sr. CRISTOBAL GERARDO VELASCO HUERTAS 25439467
Accesitario
Sra. MONICA CECILIA MEIGGS DE VANINI 25656461
Artículo Segundo.- PUBLICAR la presente
resolución para conocimiento de la ciudadanía, para los
efectos a que se contrae el artículo 9º del Reglamento
aprobado por Resolución Nº 1301-2006-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BOJORQUEZ
GARCIA
VELASQUEZ
01319-4
Inscriben a la Organización Política
Local Distrital "Trabajando por
Cieneguilla" en el Registro Especial que
conduce la Oficina de Registro de
Organizaciones Políticas
RESOLUCIÓN
Nº 010-2006-REGISTRADORLIMAESTE-OROP/JNE
Lima, 14 de agosto de 2006
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Héctor Germán Torres
Quintana, Personero Legal Titular de la Organización Política
Local Distrital “Trabajando por Cieneguilla” del distrito de
Cieneguilla, provincia de Lima, departamento de Lima;
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud presentada el 12 de junio de
2006, el señor Héctor Germán Torres Quintana, solicitó
a la Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del
Jurado Electoral Especial de Lima Este, la inscripción de
la Organización Política Local Distrital: “Trabajando por
Cieneguilla” del distrito de Cieneguilla, provincia de Lima,
departamento de Lima, en el Registro Especial que
conduce el Registro de Organizaciones Políticas del
Jurado Nacional de Elecciones;
Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la
misma cumple con todos los requisitos contenidos en el
artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, esto es,
I) Relación de adherentes en número no menor del 1% de
los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de
carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la
organización política local desarrolle sus actividades,
advirtiéndose en tal sentido que con Oficio Nº 1136-2006-
GAE/RENIEC de fecha 27 de junio de 2006, la Gerencia de
Actividades Electorales del Registro Nacional de
Identificación y Estado Civil, RENIEC, informó que de un
total de 190 firmas presentadas se declararon válidas 135
firmas, cantidad que supera las 67 necesarias para tal efecto,
II) Acta de Constitución de un comité en el distrito de
Cieneguilla, provincia de Lima, departamento de Lima, suscrita
por más de 50 adherentes debidamente identificados,
adicionalmente, han presentado acta de fundación, la que
contiene la designación de su órgano directivo, designación
de los personeros legales, técnicos, representante legal y
apoderado, Estatuto, Ideario, que contiene principios,
objetivos y visión del distrito;
Que, con fecha 6 de agosto de 2006 se publicó en el
Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de
inscripción a efectos de que cualquier persona natural o
jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la
inscripción de la organización política solicitante, habiendo
quedado en esta Oficina de Registro toda la
documentación correspondiente a la misma;
Que, se ha vencido el plazo señalado en el artículo
10º de la Ley Nº 28094 sin que dentro de tal lapso de
tiempo se haya presentado tacha alguna contra la
solicitud de inscripción en el local del Jurado Electoral
Especial de Lima Este;
Que, las organizaciones políticas se constituyen por
iniciativa y decisión de sus fundadores y, luego de
cumplido los requisitos establecidos en la ley, se inscriben
en el Registro de Organizaciones Políticas;
Estando a las consideraciones expuestas y de
conformidad con las funciones conferidas por Ley a la
Oficina de Registro de Organizaciones Políticas del
Jurado Nacional de Elecciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Inscribir en el Registro Especial
que conduce la Oficina de Registro de Organizaciones
Políticas a la Organización Política Local Distrital
“Trabajando por Cieneguilla” del distrito de Cieneguilla,
provincia de Lima, departamento de Lima.
Artículo Segundo.- Abrir la partida registral
correspondiente en el libro especial de Organizaciones Políticas
Locales correspondiente al tomo número cuatro, partida
número veinticinco y disponer la inscripción en el asiento número
uno.
Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero
legal titular y personera legal alterna a Héctor Germán Torres
Quintana y a Julio Ernesto Rojas Galarza, respectivamente.
Regístrese y notifíquese.
EDDA CECILIA SÁNCHEZ PACHAS ARANDA
Registradora de la Oficina de Registro
de Organizaciones Políticas del Jurado
Nacional de Elecciones en Lima Este
01294-1
Inscriben a la Organización Política
Local Distrital Democracia Comunal
del distrito de Villa El Salvador en el
Registro Especial que conduce la
Oficina de Registro de Organizaciones
Políticas
RESOLUCIÓN
Nº 012-2006-REGISTRADOR.LIMASUR.OROP/JNE
Lima, 18 de agosto del 2006
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Rodolfo Reyes
Tello, Personero Legal Titular de la Organización
Política Local Distrital: “DEMOCRACIA COMUNAL”, del
distrito de Villa El Salvador, provincia y departamento
de Lima;
CONSIDERANDO:
Que mediante solicitud presentada el 27 de junio del 2006,
el Sr. Rodolfo Reyes Tello, Personero Legal Titular de la
Organización Política Local Distrital: “DEMOCRACIA
COMUNAL” del distrito de Villa El Salvador, provincia y
departamento de Lima, solicitó a la Oficina de Registro de
Organizaciones Políticas, la inscripción de dicha organización
política en el Registro Especial que conduce;
Que, revisada la solicitud presentada, se advierte que la
misma cumple con todos los requisitos contenidos en el
artículo 17º de la Ley de Partidos Políticos Nº 28094, esto es,
I) Relación de adherentes en número no menor del 1% de
los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de
carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la
organización política local desarrolla sus actividades,
advirtiéndose en tal sentido que con Oficio Nº 1270-2006-
GAE/RENIEC de fecha 5 de julio, la Gerencia de Actividades
Electorales del Registro Nacional de Identificación y Estado
Civil, RENIEC, informó que de un total de 7231 firmas
presentadas se declararon válidas 2167 firmas, cantidad

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