ORDENANZA N° 266-2012/MVES - Fijan tope en el incremento del arbitrio municipal de recolección de residuos sólidos, (Limpieza pública) para el Ejercicio 2013

Fecha de disposición30 Diciembre 2012
Fecha de publicación30 Diciembre 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 30 de diciembre de 2012 484837
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de
Informática la publicación del presente dispositivo en el
portal institucional de la Municipalidad.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIÁS
Alcaldesa
883207-1
MUNICIPALIDAD DE
VILLA EL SALVADOR
Fijan tope en el incremento del arbitrio
municipal de recolección de residuos
sólidos (Limpieza pública) para el
Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 266-2012/MVES
Villa El Salvador, 11 de diciembre de 2012
POR CUANTO; El Concejo Distrital de Villa El Salvador
en Sesión Extraordinaria de la fecha; y,
VISTO: El Proyecto de Ordenanza que “Fija Tope en
el Incremento del Arbitrio Municipal de Recolección de
Residuos Sólidos (Limpieza Pública) para el Ejercicio
2013”, el Informe N° 272-2012-GR/MVES de la Gerencia
de Rentas, el Informe N° 461-2012-OAJ/MVES de la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica, el Informe N° 218-2012-
GM/MVES de la Gerencia Municipal y el Dictamen Nº 07-
2012 -CRF/MVES emitido por la Comisión de Rentas y
Fiscalización, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º
de la Constitución Política del Perú en concordancia con
el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 -
gobiernos locales tienen autonomía política, económica
y administrativa en los asuntos de su competencia, con
sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, la autonomía antes indicada y las funciones
de gobierno de las Municipalidades, son ejercidas por
los Concejos Municipales a través de la aprobación de
Ordenanzas y Acuerdos, de conformidad a lo estipulado
en el artículo 39° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica
de Municipalidades; lo cual guarda correspondencia
con lo establecido en el artículo 200° numeral 4) de la
Constitución Política del Perú, que otorga el rango de ley
a las Ordenanza Municipales;
en concordancia con la Norma IV del Título Preliminar del
Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado
mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF, otorga a los
gobiernos locales potestad tributaria para crear, modif‌i car
y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y
derechos municipales, así como exonerar de ellos, dentro
de su jurisdicción y con los límites que señala la ley;
Que, al respecto la Ley de Tributación Municipal,
establece en su artículo 69°, que la determinación por
servicios públicos o Arbitrios debe sujetarse a los criterios
de racionalidad que permitan determinar el monto por el
servicio prestado;
Que, en mérito a las normas legales expuestas la
Municipalidad de Villa El Salvador emitió la Ordenanza
Nº 258-MVES, modif‌i cada por la Ordenanza Nº 263-
MVES que aprobó el régimen tributario de los Arbitrios
Municipales para el Ejercicio 2013, la misma que a la
fecha se encuentra en proceso de Ratif‌i cación ante
el Servicio de Administración Tributaria (SAT) de la
Municipalidad Metropolitana de Lima, de acuerdo a los
procedimientos establecidos en la Ordenanza N°1533-
MML;
Que, la Ordenanza Nº 258-MVES modif‌i cada por la
Ordenanza Nº 263-MVES han sido emitidas considerando
los parámetros de carácter vinculante establecidos por el
Tribunal Constitucional mediante las sentencias recaídas en
los expedientes Nº 041-2004-AI/TC y N° 053-2004-AI/TC;
sin embargo la Gerencia de Rentas en su Informe Nº 272-
2012 GR/MVES; hace notar la necesidad de subvencionar
parte de los costos de Arbitrios de los predios que ref‌l ejan
un incremento sustancial en el presente ejercicio, a efectos
de que el impacto sea asumido progresivamente en cada
año por los contribuyentes hasta alcanzar un nivel óptimo
que evite perjuicios económico para los mismos. En tal
sentido se propone f‌i jar un tope del 20% en el incremento
las Tasas de los Arbitrios Municipales de Recolección de
Residuos Sólidos (Limpieza Pública), respecto a las Tasas
aplicadas por dicho concepto en el año 2012 (Limpieza
Pública), para todos los predios que excedan el porcentaje
de incremento ya estimado;
Que, la Comisión de Rentas y Fiscalización del
Concejo Municipal de Villa El Salvador, en Sesión de
Fecha 10 de Diciembre de 2012, y luego de la evaluación
de la propuesta efectuada con Informe N° 272-2012-GR/
MVES de la Gerencia de Rentas, considera pertinente
proponer al Pleno de Concejo topes diferenciados de
acuerdo a la actividad que sea destinado el predio,
siendo así opina recomendar un Tope en el Incremento
del Arbitrio Municipal de Recolección de Residuos Sólidos
(Limpieza Pública) para el Ejercicio 2013 de 20% para los
predios destinados Actividades Industriales y 10% para
predios destinados Actividades Comerciales, emitiendo
bajo dichos parámetros su Dictamen Nº 07-2012-CRF/
MVES; considerando que son las únicas Actividades
que Registran Incrementos sustanciales en sus tasas de
aplicación;
Que, en virtud de las normas legales glosadas y de
las facultades otorgadas a las municipalidades en materia
tributaria, se observa que se encuentra dentro de las
competencias del corporativo f‌i jar el tope propuesto por
la Comisión de Rentas y Fiscalización con Dictamen
N° 07-2012-CRF/MVES, al incremento de Arbitrios de
Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza Pública)
a f‌i n de no perjudicar a los contribuyentes del distrito y
de esta forma coadyuvar a promover el cumplimiento
de las obligaciones tributarias y por ende obtener una
mayor recaudación que permita f‌i nanciar este servicio
municipal;
Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones
conferidas en los artículos 40° y 9º numeral 8) de la Ley
Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando
con los pronunciamientos de la Gerencia de Asesoría
Jurídica mediante Informe Nº 461-2012-OAJ/MVES, de
la Gerencia de Rentas mediante Informe Nº 272-2012-
GR/MVES y la Comisión de Rentas y Fiscalización
mediante Dictamen Nº 07-2012 -CRF/MVES; el Concejo
Municipal, luego del debate correspondiente y con
dispensa del trámite de lectura y aprobación de Acta,
el Pleno del Concejo Municipal aprobó POR MAYORIA
la siguiente:
ORDENANZA QUE FIJA TOPE EN EL INCREMENTO
DEL ARBITRIO MUNICIPAL DE RECOLECCION DE
RESIDUOS SOLIDOS (LIMPIEZA PÚBLICA)
PARA EL EJERCICIO 2013
Artículo Primero.- FIJAR el Tope del 20% a los
predios destinados a las Actividades Industriales y 10 %
a los predios destinados a las Actividades Comerciales,
en cuanto a los incrementos por las Tasas del Arbitrio
Municipal de Recolección de Residuos Sólidos (Limpieza
Pública) establecidas en la Ordenanza Nº 258-MVES,
modif‌i cada por la Ordenanza Nº 263-MVES respecto a las
aplicadas en el año 2012, para dicho Arbitrio, benef‌i ciando
a los predios que registran incrementos en sus Tasas de
afectación.
Artículo Segundo.- FACULTESE al Sr. Alcalde
para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar las
normas complementarias para la correcta aplicación de la
presente Ordenanza.
Artículo Tercero.- ESTABLECER que el Subsidio
generado por la aplicación de la presente Ordenanza será
asumido íntegramente por la Municipalidad.
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de
Rentas, a la Of‌i cina General de Administración y a la
Sub Gerencia de la Unidad de Desarrollo Institucional,
Tecnología de la Información y Estadística, el cumplimiento

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