Aprueban textos de contratos y addendum necesarios para formalizar e implementar la segunda colocación de bonos soberanos en el mercado internacional

EmisorECONOMIA Y FINANZAS
Fecha de la disposición 8 de Octubre de 2004
Pág. 277928
NORMAS LEGALES
Lima, viernes 8 de octubre de 2004
532 U.N. SANTIAGO ANTUNEZ DE MAYOLO 7,493
533 U.N. DE SAN MARTIN 4,059
534 U.N. DE UCAYALI 17,604
535 U.N. DE TUMBES 6,161
537 U.N. DE HUANCAVELICA 5,352
541 U.N. TORIBIO RODRIGUEZ DE MENDOZA 22,200
11 SECTOR SALUD 950,593
011 Ministerio de Salud 714,978
131 INS 92,765
133 IDREH 22,850
135 SIS 120,000
012 MINISTERIO DE TRABAJO 12,760
16 ENERGIA Y MINAS 13,276
016 MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS 13,276
26 MINISTERIO DE DEFENSA 108,763
026 MINISTERIO DE DEFENSA 91,363
332 INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL 17,400
35 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO 44,836
035 MINISTERIO DE COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO 44,836
36 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES 54,286
201 INST. NAC. DE INVESTIGACION Y CAPACITACION
TELECOMUNICACIONES 54,286
37 VIVIENDA, CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 78,640
037 MINISTERIO DE VIVIENDA, CONSTRUCCION Y
SANEAMIENTO 69,964
206 CONSEJO NACIONAL DE TASACIONES 8,676
039 MINISTERIO DE LA MUJER - MIMDES 246,153
TOTAL D O C D 3,041,039
18198
Delegan representación para suscribir
contratos de servicios de asesoría legal
en EE.UU. y el Perú sobre colocación
de bonosRESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 491-2004-EF/75
Lima, 6 de octubre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, la Undécima Disposición Complementaria y
Transitoria de la Ley Nº 28130, Ley de Endeudamiento
del Sector Público para el Año Fiscal 2004, establece
que, a fin de facilitar la contratación de los servicios
vinculados a los procesos necesarios para efectuar emi-
siones de obligaciones externas, entre otras operacio-
nes, se exonera al Ministerio de Economía y Finanzas
de lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley
de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aproba-
do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su regla-
mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-
PCM, autorizándolo a contratar dichos servicios de ma-
nera directa;
Que, se ha programado realizar una colocación de bo-
nos de la República del Perú en el mercado de capitales
internacional;
Que, para tal efecto se requiere contratar los servicios
de abogados que ejerzan en la jurisdicción del Estado de
Nueva York, de los Estados Unidos de América, así como
servicios de abogados que ejerzan en el Perú, los cuales
brindarán servicios especializados para la ejecución de la
colocación referida;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-
tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y el Decreto Legislati-
vo Nº 183, Ley Orgánica del Ministerio de Economía y Fi-
nanzas;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Delegar en el Director General de
Crédito Público la representación del Ministerio de Econo-
mía y Finanzas para que suscriba un contrato con el Estu-
dio Cleary, Gottlieb, Steen & Hamilton de Nueva York y con
el Estudio Rubio, Leguia, Normand & Asociados S.C.R.L.
de Lima, para que presten sus servicios de asesoría legal
en la próxima colocación de bonos referida en la parte con-
siderativa de esta norma.
Dichas contrataciones se efectuarán con cargo a las
previsiones presupuestales del Ministerio de Economía y
Finanzas.
Regístrese y comuníquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.
Ministro de Economía y Finanzas
18219
Determinan monto de la segunda
colocación de bonos soberanos a reali-
zarse al amparo del D.S. Nº 055-2004-
EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 492-2004-EF/75
Lima, 6 de octubre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 055-2004-EF, mo-
dificado por el Decreto Supremo Nº 135-2004-EF, se ha
autorizado la emisión internacional de bonos soberanos por
parte de la República del Perú hasta por los montos esta-
blecidos en la Ley Nº 28130 para apoyar la Balanza de
Pagos, en tanto se encuentren dentro de las autorizacio-
nes otorgadas en virtud al Decreto Supremo Nº 035-2000-
EF para el presente caso, los cuales serán fijados a través
de Resoluciones Ministeriales del Ministerio de Economía
y Finanzas;
Que, en base a dicha norma legal, se ha programado
la segunda colocación de bonos soberanos en el merca-
do internacional por parte de la República del Perú;
Que, el artículo 1º del referido Decreto Supremo
dispone, entre otras cosas, que el monto de cada coloca-
ción de los mencionados bonos soberanos será determi-
nado por Resolución Ministerial del Sector Economía y
Finanzas;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 055-
2004-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 135-
2004-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Determinar que el monto de la segun-
da colocación de bonos soberanos a ser realizada al am-
paro del Decreto Supremo Nº 055-2004-EF, modificado por
el Decreto Supremo Nº 135-2004-EF, es de E 650 000
000,00 (Seiscientos Cincuenta Millones y 00/100 Euros).
Regístrese y comuníquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.
Ministro de Economía y Finanzas
18220
Aprueban textos de contratos y adden-
dum necesarios para formalizar e imple-
mentar la segunda colocación de bonos
soberanos en el mercado internacional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 493-2004-EF/75
Lima, 6 de octubre de 2004
TRANF. DE PARTIDAS
PLIEGO A CONTRALORÍA GENERAL
FF: RECURSOS ORDINARIOS

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