Texto Unico Ordenado de la Ley N° 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado

Fecha de publicación29 Noviembre 2004
Fecha de disposición29 Noviembre 2004
SUMARIO
PODER EJECUTIVO
P C M
R.S. Nº 394-2004-PCM.- Modifican el Artículo 2º de la
R.S. Nº 076-2004-PCM 281324
MINCETUR
R.M. Nº 437-2004-MINCETUR/DM.- Autorizan viaje de
representantes del ministerio a Italia para participar en
feria internacional a fin de mostrar principales avances de
la técnica artesanal peruana 281324
EDUCACIÓN
D.S. Nº 022-2004-ED.- Aprueban el Reglamento de Edu-
cación Técnico-Productiva 281325
INTERIOR
R.M. Nº 2477-2004-IN/0901.- Absuelven de proceso admi-
nistrativo disciplinario a servidor de la Dirección General
de Migraciones y Naturalización 281330
RR.MM. Nº 2478, 2479 y 2480-2004-IN/0901.- Sancio-
nan con suspensión a servidores de la Dirección General
de Migraciones y Naturalización 281330
PRODUCE
R.M. Nº 418-2004-PRODUCE.- Autorizan a procurador
interponer acciones judiciales contra armadores por pre-
sunta comisión de ilícitos penales 281332
R.D. Nº 283-2004-PRODUCE/DNEPP.- Otorgan autori-
zación para efectuar investigación pesquera al Museo de
Historia Natural de la UNMSM - Departamento de Ictiología
281332
RR.DD. Nºs. 284, 285, 286, 289, 291, 292 y 293-2004-
PRODUCE/DNEPP.- Aprueban cambios de titulares de
permisos de pesca 281334
R.D. Nº 288-2004-PRODUCE/DNEPP.- Dejan sin efec-
to autorización de incremento de flota otorgada
mediante R.D. Nº 506-2003-PRODUCE/DNEPP
281341
R.D. Nº 294-2004-PRODUCE/DNEPP.- Otorgan licen-
cia de operación a Agroindustrias Supe S.A.C. para desa-
rrollar la actividad de enlatado y curado de productos
hidrobiológicos 281342
RELACIONES EXTERIORES
R.M. Nº 1001-2004-RE.- Declaran a las instalaciones del
Ministerio, Embajadas, Representaciones Permanentes ante
Organismos Internacionales, Oficinas Consulares y
Descentralizadas como "Zonas Libres de Tabaco" 281343
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 29 de noviembre de 2004 AÑO XXI - Nº 8929 Pág. 281323
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
"AÑO DEL ESTADO DE DERECHO Y DE LA GOBERNABILIDAD DEMOCRÁTICA"
R
E
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B
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C
A
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DIARIO OFICIAL
Director (e):
GERARDO BARRAZA SOTO
http://www.editoraperu.com.pe
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
R.M. Nº 875-2004-MTC/02.- Autorizan viaje de inspecto-
res de la Dirección General de Aeronáutica Civil a EE.UU.
para participar en curso de entrenamiento en simulador de
vuelo 281343
ORGANISMOS AUTÓNOMOS
CONTRALORÍA GENERAL
RR. Nºs. 478 y 479-2004-CG.- Designan Jefes de Ór-
ganos de Control Institucional de diversas entidades
281344
Res. Nº 480-2004-CG.- Formalizan separación definitiva
de Jefe del Órgano de Control Institucional del Congreso
de la República 281345
Res. Nº 481-2004-CG.- Autorizan publicación de la ins-
cripción de personas jurídicas en el Registro de Sociedades
calificadas para designación y contratación de servicios de
auditoría 281346
J N E
Res. Nº 123-2004-SG-ADM/JNE.- Declaran nulidad de
oficio del proceso de Adjudicación de Menor Cuantía
Nº 240-2004-JNE "Adquisición de Sistema Interrumpido
de Energía Eléctrica - UPS" 281347
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL
RR.JJ. Nºs. 556 y 557-2004-JEF/RENIEC.- Autorizan
a procurador iniciar acciones legales a presuntos res-
ponsables de la comisión de delito contra la fe pública
281349
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Res. Adm. Nº 134-2004-P/TC.- Autorizan viaje de Presi-
dente del Tribunal Constitucional a Brasil para participar
en el II Encuentro de Cortes Supremas de los Estados Par-
tes y Asociados del MERCOSUR 281350
ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS
A P C I
R.D. Nº 556-2004/APCI-DE.- Designan funcionario encar-
gado de remitir ofertas de puestos públicos al Programa
Red CIL Proempleo 281350
Pág. 281324
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 29 de noviembre de 2004
PODER EJECUTIVO
P C M
Modifican el Artículo de la R.S.
Nº 076-2004-PCM
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 394-2004-PCM
Lima, 25 de noviembre de 2004
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 076-2004-PCM
de fecha 8 de marzo de 2004, se autorizó el viaje de la
comitiva oficial de la República Federal de Alemania;
Que, en el Artículo 2º de la mencionada Resolución se
ha incurrido en un error, de índole material, en lo referido al
valor de los pasajes;
Que, en consecuencia es necesario modificar la Resolu-
ción Suprema Nº 076-2004-PCM a fin de hacer la rectifica-
ción correspondiente;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-
lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo
Nº 007-2002-PCM; la Ley Nº 27619 y su Reglamento apro-
bado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modificar el Artículo 2º de la Resolución
Suprema Nº 076-2004-PCM, que en adelante tendrá la
siguiente redacción:
"Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución Suprema serán cubiertos por los
pliegos presupuestales correspondientes, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes : US$ 3,343.22
Viáticos : US$ 260.00 por día y por persona.
Tarifa CORPAC : US$ 28.24 por persona."
Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros
21476
MINCETUR
Autorizan viaje de representantes del
ministerio a Italia para participar en
feria internacional a fin de mostrar
principales avances de la técnica arte-
sanal peruana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 437-2004-MINCETUR/DM
Lima, 26 de noviembre de 2004
Visto el Memorándum N° 1114-2004-MINCETUR/VMT,
del Viceministro de Turismo.
CONSIDERANDO:
Que, el Viceministerio de Turismo formula, propone, di-
rige, ejecuta y evalúa la política de desarrollo de la activi-
dad turística y artesanal y a través de la Dirección Nacional
INSTITUTO NACIONAL DE SALUD
R.J. Nº 885-2004-J-OPD/INS.- Aprueban inclusión de
proceso de selección en el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del año 2004 281350
OFICINA DE NORMALIZACIÓN
PREVISIONAL
R.J. Nº 138-2004-JEFATURA/ONP.- Exoneran de pro-
ceso de selección la prórroga de plazos de contratos de
arrendamiento de inmuebles donde operan las Coordina-
ciones Departamentales de Tacna, Ayacucho, Cajamarca,
Ica, Puno y Lambayeque 281351
OSITRAN
Res. Nº 055-2004-CD/OSITRAN.- Dictan Mandato de
Acceso a ENAPU S.A. en favor de TRAMARSA para pres-
tar servicio de remolcaje de naves en Terminales Portua-
rios del Callao, Paita, Chimbote, General San Martín, Sala-
verry e Ilo 281352
Res. Nº 056-2004-CD/OSITRAN.- Dictan Mandato de
Acceso a ENAPU S.A. en favor de INMARSA para prestar
servicio de remolcaje de naves en el Terminal Portuario del
Callao 281356
Res. Nº 057-2004-CD/OSITRAN.- Dictan Mandato de
Acceso a ENAPU S.A. en favor de Petrolera Transocéani-
ca S.A. para prestar servicio de remolcaje de naves en los
Terminales Portuarios del Callao, Chimbote, General San
Martín, Salaverry y Supe 281360
Res. Nº 058-2004-CD/OSITRAN.- Disponen aplicar
provisionalmente la tarifa máxima por servicio de uso de
muelle para embarque de pasajeros en el Terminal Portua-
rio de Matarani 281364
SUNAT
Res. Nº 110-024-0000150.- Designan Auxiliares Coacti-
vos de la Intendencia Regional Tacna 281365
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Acuerdo Nº 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158,
159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168 y 169-
2004-ACSS.- Condecoran a diversas personalidades con la
Medalla Cívica de la "Orden Santiago Apóstol" 281365
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CAJAMARCA
Acuerdo Nº 395-2004-CMPC.- Autorizan viaje del alcal-
de a Cuba para participar en el III Encuentro de Gestión de
Centros Históricos 281370
Pág. 281325
NORMAS LEGALES
Lima, lunes 29 de noviembre de 2004
de Artesanía propicia el desarrollo de las inversiones y la
competitividad de la actividad artesanal en el mercado lo-
cal e internacional;
Que, del 4 al 12 de diciembre de 2004, se realizará en
la ciudad de Milán, República Italiana, la Feria Internacio-
nal AF L’artigiano in Fiera 2004, en la que participará el
MINCETUR, a través de los Centros de Innovación Tecno-
lógica de Artesanía y Turismo – CITEs privados, con el
objeto de mostrar, en especial a la cooperación italiana,
los principales avances de la técnica artesanal peruana,
mostrando, con la presentación de talleres en vivo, los
productos hechos por los cinco CITEs privados: Camélidos
Sudamericanos, de Puno, Textil Camélidos, de Huancave-
lica, Joyería Catacaos, de Piura, Cerámica Chulucanas, de
Piura y Peletería Sicuani, de Cusco;
Que, con el fin de realizar una adecuada presentación
del Perú en la indicada Feria, se ha considerado conve-
niente la participación de dos profesionales del Viceminis-
terio de Turismo, para que organicen y supervisen el desa-
rrollo de los talleres demostrativos y presten el asesora-
miento y asistencia técnica en la exposición-venta de los
productos artesanales;
Que, el Viceministro de Turismo, mediante el documento
del Visto, solicita se autorice a los señores Isaías Abel Flores
Palomino, y Vidal Fortunato Espinoza Padilla, profesionales
que prestan servicios en la Oficina Técnica de CITEs y en la
Dirección Nacional de Artesanía, respectivamente, para que
asistan a dicho evento en representación del MINCETUR;
Que, dicha participación contribuirá al logro de los fines
institucionales, por lo que procede autorizar el viaje del
personal mencionado;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28128,
Ley Nº 27790, Ley Nº 27619 y su Reglamento aprobado
por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la ciudad de Milán,
República Italiana, del 30 de noviembre al 16 de diciembre
de 2004, de los señores Isaías Abel Flores Palomino y
Vidal Fortunato Espinoza Padilla, profesionales que pres-
tan servicios en el Viceministerio de Turismo, para que en
representación del MINCETUR participen en la Feria Inter-
nacional AF L’artigiano in Fiera 2004, a realizarse en dicha
ciudad.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presu-
puestal del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de
acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes US $ 1 773,00 c/u
Viáticos US $ 3 900,00 c/u
Tarifa Corpac US $ 28,24 c/u
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
posteriores a su retorno, los profesionales cuyo viaje se
autoriza, deberán presentar al Titular del Sector un informe
detallado de las acciones realizadas y los resultados obte-
nidos, así como la respectiva rendición de cuentas, de
acuerdo a Ley.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no libe-
ra ni exonera del pago de impuestos o derechos aduane-
ros, cualquiera fuere su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
21605
EDUCACIÓN
Aprueban el Reglamento de Educación
Técnico-Productiva
DECRETO SUPREMO
Nº 022-2004-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley General de Educación Nº 28044,
se establecen los lineamientos generales de la Educación
y del Sistema Educativo Peruano, el mismo que en su
estructura comprende la Educación Básica, la Educación
Técnico-Productiva, la Educación Superior y la Educación
Comunitaria;
Que el artículo 40º de la mencionada Ley establece
que la Educación Técnico-Productiva es una forma de edu-
cación orientada a la adquisición de competencias labora-
les y empresariales en una perspectiva de desarrollo soste-
nible y competitivo, contribuye a un mejor desempeño de la
persona que trabaja, a mejorar su nivel de empleabilidad y
a su desarrollo personal y está destinada a las personas
que buscan una inserción o reinserción en el mercado
laboral;
Que en los artículos 41º al 44º de dicha norma legal se
establecen los objetivos, la organización, las políticas, es-
trategias y el currículo y las normas de evaluación de la
Educación Técnico-Productiva;
Que en el artículo 45º se señala que los Centros de
Educación Técnico-Productiva son instituciones que ofre-
cen servicios educativos en los ciclos para los que obten-
gan autorización y expiden las certificaciones y títulos téc-
nicos correspondientes de acuerdo con el reglamento; que
realizan actividades de capacitación, actualización y re-
conversión laborales y contribuyen a la Educación Básica
ofreciéndole sus servicios especializados. Además, como
expresión de su finalidad formativa, y con carácter experi-
mental, están facultados para desarrollar actividades de
producción de bienes y servicios, las cuales constituyen
una fuente de financiamiento complementario;
Que la Segunda Disposición Final de la Ley General de
Educación dispone que el Ministerio de Educación regla-
mentará la mencionada Ley arriba indicada;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del
2) del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 560 y la Ley Nº
28044;
DECRETA:
Artículo 1º.- De la Aprobación
Apruébese el Reglamento de Educación Técnico-Pro-
ductiva, el mismo que consta de cuarenta y un (41) artícu-
los, nueve (9) disposiciones complementarias .
Artículo 2º.- De las Derogatorias
Deróguese las normas que se opongan al presente
Decreto Supremo.
Artículo 3º.- Del Refrendo
El presente Decreto Supremo será refrendado por el
Ministro de Educación.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintiséis
días del mes de noviembre del año dos mil cuatro.
ALEJANDRO TOLEDO
Presidente Constitucional de la República
JAVIER SOTA NADAL
Ministro de Educación
REGLAMENTO DE EDUCACIÓN
TÉCNICO-PRODUCTIVA
ÍNDICE
Título Primero: Generalidades
Titulo Segundo: De la Educación Técnico-Produc-
tiva
Capítulo I De la definición y características
Capítulo II De los objetivos
Capítulo III De la gratuidad y equidad
Capítulo IV De la organización y acceso
Título Tercero: De los actores educativos
Capitulo I: De los estudiantes
Capítulo II: Del director, coordinador y profe-
sores
Título Cuarto: De la articulación de la Educa-
ción Técnico-Productiva
Título Quinto: Del Currículo Técnico-Profesio-
nal

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