77 870-2002-MTC/15.18 - Otorgan concesión a empresa para prestar servicio público de transporte terrestre interprovincial de pasajeros en la ruta Tacna-Juliaca

Fecha de disposición23 Octubre 2002
Fecha de publicación23 Octubre 2002
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NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 23 de octubre de 2002
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 27791, Ley de Organización y Funcio-
nes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, creó
el Pliego Presupuestario Ministerio de Transportes y Co-
municaciones;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC se
aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones;
Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 040-2002 se
aprobó una Transferencia de Partidas, constituyendo el
Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 036 - Mi-
nisterio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente
al Año Fiscal 2002;
Que, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo
Nº 012-2001-PCM, en su artículo 7º señala que cada Entidad
elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones,
el mismo que debe prever los bienes, servicios y obras que
se requerirán durante el ejercicio presupuestal, cuyo docu-
mento será aprobado por el Titular del Pliego;
Que, el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adqui-
siciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-
2001-PCM, en sus artículos 6º y 7º señala la información que
contendrá el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones y
establece las reglas a que se sujetará su aprobación;
Que, en observancia de las normas legales citadas, la
Oficina General de Administración ha formulado el Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones, el mismo que comprende
a las Unidades Ejecutoras que en dicho documento se in-
dican, correspondiente al período de setiembre a diciem-
bre del 2002, de acuerdo a los Memorandos Nº 1034-2002-
MTC/15.12 y Nº 1132-2002-MTC/15.12;
Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Plan
Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
De conformidad con la Ley Nº 27791, Decretos Supre-
mos Nºs. 012-2001-PCM y 013-2001-PCM y la Directiva
Nº 022-2001-CONSUCODE/PRE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y
Contrataciones del Ministerio de Transportes y Comunica-
ciones, el cual comprende los requerimientos de las Uni-
dades Ejecutoras 001 Administración General, 002 Aéreo,
003 Acuático, 004 Circulación Terrestre y 010 Comuni-
caciones, correspondiente al período setiembre a diciem-
bre de 2002, cuyos Anexos forman parte integrante de la
presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Disponer que el Plan Anual de Adquisi-
ciones y Contrataciones que aprueba el artículo 1º se pon-
ga en conocimiento del Consejo Superior de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE y de la Comi-
sión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa - PROM-
PYME, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de
expedición de esta Resolución.
Artículo 3º.- El Plan Anual de Adquisiciones y Contra-
taciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones
se encuentra a disposición del público en la página WEB
del Ministerio www.mtc.gob.pe y en la Dirección de Abas-
tecimientos de la Oficina General de Administración, ubi-
cada en la sede central del Ministerio, avenida 28 de Julio
Nº 800, Lima donde podrán adquirirlo pagando el precio
del costo de su reproducción.
Artículo 4º.- Encargar a la Oficina General de Admi-
nistración el cumplimiento de lo dispuesto en la presente
Resolución Ministerial.
Artículo 5º.- Publicar la presente Resolución Ministerial
en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días
hábiles siguientes de su expedición.
Artículo 6º.- Dejar sin efecto las disposiciones que se
opongan a la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ
Ministro de Transportes y Comunicaciones
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Otorgan concesión a empresa para pres-
tar servicio público de transporte terres-
tre interprovincial de pasajeros en la
ruta Tacna - Juliaca
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 870-2002-MTC/15.18
Lima, 19 de setiembre de 2002
VISTOS: los expedientes de registros Nºs. 2001-
001131, 2001-001131-A, 2001-001131-B, 2001-001131-C
y 059232 organizados por EXPRESS TOURS YUNGUYO
S.R.LTDA., sobre concesión de ruta: Tacna-Juliaca y vice-
versa, el Informe Nº 799-2002-MTC/15.18.04.1 y el Memo-
rándum Nº 2224-2002-MTC/15.18.04 elaborados por la
Dirección de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e
Internacional;
CONSIDERANDO:
Que, EXPRESS TOURS YUNGUYO S.R.LTDA, en
adelante - Empresa, mediante escrito de 24 de enero
de 2001, solicitó al amparo de lo dispuesto en el
Reglamento del Servicio Público de Transporte Terres-
tre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Ómni-
bus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, la
concesión de ruta: Tacna - Arequipa y viceversa, ante
la Dirección de Circulación Terrestre de Tacna de la
Dirección Regional de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción. Petición que fue replanteada
por las rutas: Tacna - Juliaca y Juliaca - Arequipa y vi-
ceversa, según escrito de fecha 27 de abril de 2001 en
atención al Oficio Nº 932-2001-MTC/15.18.04 de fecha
5 de marzo de 2001;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 1317-2001-
MTC/15.18 de fecha 5 de setiembre de 2001, se declaró
improcedente la concesión de ruta: Tacna - Arequipa y vi-
ceversa, por no haber cumplido los requisitos establecidos
en el Texto Único de Procedimientos Administrativos apro-
bado por Decreto Supremo Nº 029-2000-MTC;
Que, mediante Resolución Viceministerial Directoral
Nº 214-2002-MTC/15.02 de fecha 11 de julio de 2002,
se declaró fundado el recurso de apelación interpuesto
por EXPRESS TOURS YUNGUYO S.R.LTDA., contra
la Resolución que deniega en forma ficta su recurso de
reconsideración contra la Resolución Directoral Nº
1317-2001-MTC/15.18; quedando sin efecto lo dispues-
to en la Resolución impugnada y a la vez dispone que
la Dirección General de Circulación Terrestre verifique
que la empresa recurrente cumpla con los requisitos
establecidos en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº
003-2001-MTC para efecto de otorgarle la concesión
solicitada;
Que, la Empresa mediante escrito de fecha 30 de abril
de 2002, ha reorientado su petición presentada el 27 de
abril de 2001, debido a que fueron mal orientados por el
personal de la Dirección de Circulación Terrestre de Tacna,
por lo que solicitan que sólo se considere la ruta: Tacna -
Juliaca y viceversa. En aplicación de lo dispuesto en el
principio de informalismo establecido en la Ley del Proce-
dimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, es atendi-
ble la referida petición en los términos solicitados;
Que, en virtud de lo dispuesto en la Resolución Vicemi-
nisterial Nº 214-2002-MTC/15.02 la Dirección de Transpor-
te de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional ha pro-
cedido a revisar la documentación presentada por la Em-
presa a través de los expedientes indicados en Vistos, con-
cluyendo en Informe Técnico Nº 799-2002-MTC/15.18.04.1
que ha cumplido con adjuntar los requisitos establecidos
en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 003-2001-MTC,
en el Reglamento del Servicio Público de Transporte Te-
rrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Óm-
nibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, así
como lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 029-
2000-MTC, normas vigentes a la fecha de iniciación del
trámite administrativo;
Que, la Primera Disposición Transitoria de la Ley Nº

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