DECRETO DE ALCALDIA Nº 003-2008-MSMM - Prorrogan término de plazo de vencimiento para la presentación masiva de la Declaración Jurada de Autoavalúo

Fecha de disposición06 Julio 2008
Fecha de publicación06 Julio 2008
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 6 de julio de 2008
375666
competente en el expediente, respecto a la condición y
circunstancia de la posesión del recurrente, la calidad
de los documentos, la veracidad de las declaraciones
vertidas, la inspección ocultar en el predio y sobre
cualquier otro aspecto físico y legal que determine la
procedencia o improcedencia de lo solicitado por los
administrados.
Segunda.- No podrán acceder a la obtención de
Constancia de Posesión las personas que estén en litigio
judicial.
Tercera.- El plazo de vigencia de la presente
Ordenanza es de 90 días hábiles contados desde el día
siguiente de su publicación en el Diario Of‌i cial El Peruano,
pudiendo ser prorrogada su vigencia mediante Decreto de
Alcaldía.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal a los treinta días del mes
de junio del dos mil ocho.
VICTOR LEYTON DÍAZ
Alcalde
222628-2
MUNICIPALIDAD DE
SANTA MARIA DEL MAR
Prorrogan término de plazo de
vencimiento para la presentación
masiva de la Declaración Jurada de
Autoavalúo
DECRETO DE ALCALDÍA
N° 003-2008-MSMM
Santa María del Mar, 27 de junio de 2008
EL ALCALDE DE SANTA MARÍA DEL MAR:
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza N° 101 se dispuso la
presentación masiva de Declaración Jurada de Autoavalúo
con el propósito de actualizar datos referidos a los predios,
facultándose al Alcalde disponer la postergación del plazo
de conformidad con la Segunda Disposición Final de la
citada Ordenanza;
Que, en vista los resultados obtenidos y considerando
que el objetivo es promover el cumplimiento de los
contribuyentes en la actualización de datos referidos al
predio, es conveniente postergar el plazo de vencimiento
dispuesto en el Art. 3° de la Ordenanza N° 101, por el
período de dos (2) meses más, a f‌i n de que los mismos
puedan acogerse al benef‌i cio a que se ref‌i ere el Art. 5° de
dicha Ordenanza;
Estando a las atribuciones conferidas por el Artículo
42° y el Numeral 6) del artículo 20° de la Ley Orgánica de
Municipalidades N° 27972;
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORRÓGASE hasta el 30 de
agosto de 2008, el término del plazo de vencimiento
para la presentación Masiva de la Declaración Jurada de
Autoavalúo.
Artículo Segundo.- ENCÁRGASE a la Of‌i cina de
Administración Tributaria y a la Unidad de Informática,
el cumplimiento de la presente norma en lo que fuere de
su competencia y a la Gerencia Municipal, la difusión y
publicación de la misma.
Artículo Tercero.- El presente Decreto entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal Municipal: www.
stamariadelmar.gob.pe.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
ANGEL RAUL ABUGATTAS NAZAL
Alcalde
222323-1
MUNICIPALIDAD DE
SURQUILLO
Autorizan viaje del Alcalde a ciudades
de Colombia en visita oficial y en
representación de la Municipalidad,
para intercambiar experiencias en
políticas de seguridad ciudadana
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 074-2008-MDS
Surquillo, 27 de junio de 2008
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DE SURQUILLO:
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Ordinaria de
la fecha, estando a lo expuesto en la Carta de fecha 13 de junio
de 2008 del Sr. Gino Costa y el Sr. Rafael García, Presidente
y Director Ejecutivo, respectivamente, de la Organización
Ciudad Nuestra, en la que invita al señor Alcalde a visitar las
ciudades de Bogotá y Medellín, Colombia, para intercambiar
experiencias, conjuntamente con otras autoridades
municipales limeñas, en políticas de seguridad ciudadana
con ex alcaldes de ambas ciudades, autoridades de las
actuales administraciones y autoridades policiales de ambas
ciudades de Colombia, permitiendo conocer los sistemas
de información delictiva, los programas de prevención de la
violencia, en particular aquellos vinculados a jóvenes en riesgo,
y los mecanismos de fortalecimiento de la policía y la justicia,
conforme al programa organizado por la citada organización
en coordinación con la Fundación Colombiana Ideas para
la Paz y auspiciado por el Open Society Institute (OSI), de
conformidad con lo dispuesto en el artículo numerales 11)
así como lo previsto en la Ley Nº 27619, con la aprobación
unánime de sus miembros y la dispensa del trámite de lectura
y aprobación de actas;
ACORDÓ:
Artículo 1º.- AUTORIZAR el viaje del señor Alcalde,
Gustavo Raúl Sierra Ortiz a las ciudades de Bogotá y
Medellín, Colombia, en visita of‌i cial y en representación
de la Municipalidad de Surquillo, para intercambiar
experiencias en políticas de seguridad ciudadana con
autoridades de ambas ciudades, conforme al programa
organizado por la Organización Ciudad Nuestra en
coordinación con la Fundación Colombiana Ideas para la
Paz y auspiciado por el Open Society Institute (OSI), que
contribuirán con la seguridad ciudadana y el desarrollo
social armónico del distrito de Surquillo.
Artículo 2º.- OTORGAR licencia al señor Alcalde,
Gustavo Raúl Sierra Ortiz, del 13 al 17 de julio de 2008
para los f‌i nes descritos en el artículo anterior.
Artículo 3º.- ENCARGAR a la señora Sandra Liz
Gutiérrez Cuba, Primera Regidora del Concejo Municipal,
las funciones del Despacho de Alcaldía, asumiendo
su condición de Teniente Alcaldesa, mientras dure la
ausencia del señor Alcalde.
Artículo 4º.- El presente Acuerdo no irrogará gasto
alguno a la Municipalidad de Surquillo.
Regístrese, comuníquese y cúmplase
GUSTAVO SIERRA ORTIZ
Alcalde
222370-1
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR