RESOLUCION MINISTERIAL Nº 447-2008-MEM/DM - Otorgan concesiones temporales a SOLEOL S.A.C. para desarrollar estudios relacionados a la generación de energía eléctrica en los departamentos de Ancash, Lima y La Libertad
Fecha de disposición | 08 Octubre 2008 |
Fecha de publicación | 08 Octubre 2008 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 8 de octubre de 2008 381089
de Programas de Educación Básica Alternativa de la
Dirección General de Educación Básica Alternativa
dependiente del Vice Ministerio de Gestión Pedagógica del
Ministerio de Educación, serán asumidas por la Dirección
Técnica Ejecutiva del Programa Nacional de Movilización
por la Alfabetización - PRONAMA durante su vigencia,
únicamente en lo concerniente al Ciclo Inicial y Ciclo
Intermedio del Programa de Educación Básica Alternativa
de Jóvenes y Adultos - PEBAJA, sólo para efectos del
ámbito de las personas atendidas por el PRONAMA;
Que, siendo indispensable asegurar el inicio y
culminación del ciclo intermedio de la Educación Básica
Alternativa, de los estudiantes egresados del PRONAMA,
así como de aquellos que hayan interrumpido su
educación básica y cuyo perfi l corresponde al estudiante
de Educación Básica Alternativa, en el marco del proceso
de continuidad educativa, resulta necesario establecer
las disposiciones para la organización y ejecución del
primer grado del Ciclo Intermedio de la Educación Básica
Alternativa para los egresados del PRONAMA para el año
2008, a través una Directiva que contiene disposiciones
legales que deben ser cumplidas por los diferentes
Sectores del Gobierno Nacional, Regional y Local;
De conformidad con el Decreto Ley Nº 25762,
modifi cado por la Ley Nº 26510, y el Decreto Supremo Nº
006-2006-ED y sus modifi catorias;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar la Directiva N° 95-
2008-ME/PRONAMA “DISPOSICIONES PARA LA
ORGANIZACIÓN Y EJECUCIÓN DEL PRIMER GRADO
DEL CICLO INTERMEDIO DE LA EDUCACIÓN BÁSICA
ALTERNATIVA – EBA, 2008-2009 PARA LOS EFECTOS
DEL ÁMBITO DE LAS PERSONAS ATENDIDAS POR
EL PRONAMA”, cuyo texto forma parte integrante de la
presente resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación
261682-1
ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesiones temporales
a SOLEOL S.A.C. para desarrollar
estudios relacionados a la generación de
energía eléctrica en los departamentos
de Ancash, Lima y La Libertad
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 433-2008-MEM/DM
Lima, 12 de setiembre de 2008
VISTO: El Expediente Nº 27162808, sobre concesión
temporal para desarrollar estudios relacionados a la
actividad de generación de energía eléctrica en la futura
Central Eólica Casma, de acuerdo con el Decreto Ley Nº
25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por
SOLEOL S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida
Nº 11017127 del Registro de Personas Jurídicas de la
Ofi cina Registral de Piura;
CONSIDERANDO:
Que, SOLEOL S.A.C., mediante documento con
registro de ingreso Nº 1800478, de fecha 10 de julio de
2008, ha presentado solicitud sobre otorgamiento de
concesión temporal para realizar estudios relacionados
con la actividad de generación de energía eléctrica en la
futura Central Eólica Casma, al amparo de lo dispuesto por
el artículo 30º del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-
EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en los distritos de Casma y
Comandante Noel, provincia de Casma, departamento de
Ancash, en la zona comprendida dentro de las coordenadas
UTM (PSAD 56) que fi guran en el Expediente;
Que, el aviso de petición de concesión temporal
que se indica en el primer considerando de la presente
Resolución, fue publicado en el Diario Ofi cial “El Peruano”
los días 22 y 23 de agosto de 2008, en cumplimiento del
artículo 31º del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verifi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido
con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley
de Concesiones Eléctricas, ha emitido el Informe Nº 183-
2008-DGE-DCE de fecha 02 de setiembre de 2008;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23º
de la Ley de Concesiones Eléctricas, y el artículo 36º del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de
SOLEOL S.A.C., que se identifi cará con el código Nº
27162808, para desarrollar estudios relacionados a la
actividad de generación de energía eléctrica en la futura
Central Eólica Casma, para una capacidad instalada
estimada de 50 MW, los cuales se realizarán en los
distritos de Casma y Comandante Noel, provincia de
Casma, departamento de Ancash, por un plazo de dos
(02) años contados a partir de la vigencia de la presente
Resolución.
Artículo 2º.- Los estudios se realizarán al amparo de
la presente concesión temporal, y comprenderán la zona
delimitada por las siguientes coordenadas UTM (PSAD
56).
VÉRTICE ESTE NORTE
1 786 521,2800 8 957 860,7500
2 790 910,6500 8 964 204,8100
3 795 999,3300 8 957 913,2700
4 788 713,3900 8 955 375,0700
Artículo 3º.- El concesionario está obligado a
realizar los estudios, respetando las normas técnicas
y de seguridad, preservando el medio ambiente y
salvaguardando el Patrimonio Cultural de la Nación, así
como al cumplimiento de las obligaciones establecidas
en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Reglamento y
demás normas legales pertinentes.
De conformidad con el artículo 36º del Reglamento de la
Ley de Concesiones Eléctricas, si vencido el plazo mencionado
en el artículo 1º de la presente Resolución, el concesionario
no cumpliera con las obligaciones contraídas en su solicitud,
respecto de la ejecución de los estudios y cumplimiento del
Cronograma de Ejecución de Estudios, la Dirección General
de Electricidad ejecutará la garantía otorgada.
Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial,
en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 36º del
Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, será
publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” por una sola
vez y por cuenta del interesado, y entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN VALDIVIA ROMERO
Ministro de Energía y Minas
253495-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 446-2008-MEM/DM
Lima, 25 de setiembre de 2008
VISTO: El Expediente Nº 27163008, sobre concesión
temporal para desarrollar estudios relacionados a la
actividad de generación de energía eléctrica en la futura
Central Eólica Huacho, de acuerdo con el Decreto Ley Nº
25844, Ley de Concesiones Eléctricas, presentado por
SOLEOL S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida
Nº 11017127 del Registro de Personas Jurídicas de la
Ofi cina Registral de Piura;
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