RESOLUCION MINISTERIAL N° 574-2012-MEM/DM - Otorgan concesión temporal a favor de Energía Renovable Peruana S.A. para desarrollar estudios relacionados con la actividad de generación de energía eléctrica en el departamento de Piura

Fecha de disposición06 Enero 2013
Fecha de publicación06 Enero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, domingo 6 de enero de 2013 485617
Modifican la R.M. N° 039-2010-MEM/
DM, relativa a servidumbre de ocupación
sobre bienes públicos impuesta a favor
de concesión de distribución de la que
es titular Luz del Sur S.A.A.
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 396-2012-MEM/DM
Lima, 22 de agosto de 2012
VISTO: El Expediente Nº 31207408 presentado por
Luz del Sur S.A.A., persona jurídica inscrita en la Partida
N° 11008689 del Registro de Personas Jurídicas de la
Of‌i cina Registral de Lima, sobre solicitud de modif‌i cación
de la servidumbre de ocupación sobre bienes públicos,
indispensable para la instalación de la Subestación de
Distribución Eléctrica convencional de tipo superf‌i cie para
Servicio Público de Electricidad N° 909;
CONSIDERANDO:
Que, en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-
EM, publicada el 30 de noviembre de 1996, Luz del Sur
S.A.A., es titular de la concesión def‌i nitiva para desarrollar
la actividad de distribución de energía eléctrica;
Que, en las instalaciones necesarias para el desarrollo
de dicha concesión se encuentra la Subestación de
Distribución Eléctrica convencional de tipo superf‌i cie para
Servicio Público de Electricidad N° 909, que dio lugar a la
Resolución Ministerial N° 039-2010-MEM/DM, publicada el
12 marzo de 2010, que impone servidumbre de ocupación
y de tránsito sobre bienes públicos;
Que, de acuerdo con la información presentada por la
concesionaria, la modif‌i cación de la servidumbre se debe
a la reubicación de la Subestación de Distribución Eléctrica
convencional de tipo superf‌i cie para Servicio Público de
Electricidad N° 909 en un lugar cercano a la ubicación inicial,
lo cual implica un cambio de coordenadas UTM del área de
servidumbre de ocupación y la anulación de la servidumbre
de tránsito por ya no ser necesaria, consignándose que estará
ubicada en la vía pública, con frente a la Avenida Defensores
del Morro (antes Av. Huaylas), distrito de Chorrillos, provincia
y departamento de Lima, según las coordenadas UTM
(PSAD 56) que f‌i guran en el Expediente;
Que, de acuerdo a lo establecido por el literal a) del
artículo 109 del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones
Eléctricas, los concesionarios están facultados para usar
a título gratuito el suelo, subsuelo y aires de caminos
públicos, calles, plazas y demás bienes de propiedad del
Estado o Municipal, así como para cruzar ríos, puentes,
vías férreas, líneas eléctricas y de comunicaciones,
siendo de aplicación esta norma al predio de propiedad
del Estado o Municipal sobre los que se encuentra la
referida subestación;
Que, la petición se encuentra amparada por el artículo
111 del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones
Eléctricas, y su Reglamento aprobado por el Decreto
Supremo N° 009-93-EM;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de
haber verif‌i cado que la concesionaria ha cumplido con
los requisitos legales y procedimientos correspondientes,
emitió el Informe Nº 323-2012-DGE-DCE recomendando
aprobar la citada modif‌i cación de servidumbre;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y el visto bueno del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Modif‌i car el artículo 1 de la Resolución
Ministerial N° 039-2010-MEM/DM en los términos siguientes:
“Artículo 1º.-IMPONER, con carácter permanente, a
favor de la concesión def‌i nitiva de distribución de la que
es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación
sobre bienes públicos, para la instalación de la Subestación
de Distribución Eléctrica Eléctrica convencional de tipo
superf‌i cie para Servicio Público de Electricidad N° 909,
ubicada con frente a la Avenida Defensores del Morro
(antes Av. Huaylas), distrito de Chorrillos, provincia y
departamento de Lima, de acuerdo a la documentación
técnica y los planos proporcionados por la empresa,
conforme con el siguiente cuadro:
Expediente Descripción de la
servidumbre Área de
Servidumbre Tipo de
Propiedad Tipo de
terreno
31207408 Subestación de Distribución Eléctrica
N° 909
Ubicación: distrito de Chorrillos,
provincia y departamento de Lima
Servidumbre de ocupación:
Coordenadas UTM (PSAD 56):
Vértice Norte Este
A 8 651 794,601 282 140,006
B 8 651 790,290 282 144,179
C 8 651 796,377 282 150,465
D 8 651 800,688 282 146,292
Suelo: 52,50
m² y sus
aires.
Pública Urbano
Artículo 2.- Quedan subsistentes todos los derechos y
obligaciones a que se encuentra sujeta la titular, en particular el
cumplimiento del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones
Eléctricas, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo
Nº 009-93-EM, la Resolución Ministerial N° 039-2010-MEM/
DM y demás normas legales y técnicas aplicables.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE MERINO TAFUR
Ministro de Energía y Minas
832646-1
Otorgan concesión temporal a favor de
Energía Renovable Peruana S.A. para
desarrollar estudios relacionados con
la actividad de generación de energía
eléctrica en el departamento de Piura
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 574-2012-MEM/DM
Lima, 28 de diciembre de 2012
VISTO: El Expediente N° 27314512 sobre otorgamiento
de concesión temporal para realizar estudios relacionados
con la actividad de generación de energía eléctrica en la
futura Central Eólica La Niña, presentado por ENERGÍA
RENOVABLE PERUANA S.A., persona jurídica inscrita en
la Partida N° 12648617 del Registro de Personas Jurídicas
de la Of‌i cina Registral de Lima;
CONSIDERANDO:
Que, ENERGÍA RENOVABLE PERUANA S.A.,
mediante documento con registro de ingreso Nº 2175424
de fecha 15 de marzo de 2012, ha presentado solicitud
sobre otorgamiento de concesión temporal para realizar
estudios relacionados con la actividad de generación de
energía eléctrica en la futura Central Eólica La Niña, al
amparo de lo dispuesto por el artículo 30 del Reglamento
de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por
Decreto Supremo N° 009-93-EM;
Que, los estudios mencionados en el considerando
que antecede se desarrollarán en el distrito y provincia de
Sechura, departamento de Piura, en la zona comprendida
dentro las coordenadas UTM (PSAD 56) que f‌i guran en
el Expediente;
Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber
verif‌i cado y evaluado que la empresa solicitante ha cumplido
con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley de
Concesiones Eléctricas, resueltas y declaradas infundadas las
oposiciones presentadas a la solicitud de concesión temporal,
se emite el Informe N° 471-2012-DGE-DCE;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del
el artículo 36 del Reglamento de la Ley de Concesiones
Eléctricas y el ítem CE02 del Anexo N° 01 del Texto Único de
Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y
Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 061-2006-EM;
Con la opinión favorable del Director General de
Electricidad y del Vice Ministro de Energía;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Otorgar concesión temporal a favor de
ENERGÍA RENOVABLE PERUANA S.A., que se identif‌i cará

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