06 991-2001-MTC/15.03 - Reconocen a Telecable Siglo 21 S.A.A. como titular de autorizaciones otorgadas para el establecimiento del servicio especial de telecomunicaciones
Fecha de disposición | 29 Noviembre 2001 |
Fecha de publicación | 29 Noviembre 2001 |
Pág. 213204
NORMAS LEGALES
Lima, jueves 29 de noviembre de 2001
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de las conce-
siones otorgadas a la empresa MASTERCALL S.A.C.
por Resoluciones Ministeriales Nºs. 045-94-TCC/15.04 y
423-97-MTC/15.03 para la prestación del servicio públi-
co de buscapersonas y la transferencia del espectro
radioeléctrico relativo a aquéllas a favor de la empresa
GRUPO MASTERCOM S.A.C.
Artículo 2º.- Reconocer a la empresa GRUPO MAS-
TERCOM S.A.C. como titular de las concesiones otorga-
das por Resoluciones Ministeriales Nºs. 045-94-TCC/
15.04 y 423-97-MTC/15.03.
Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especia-
lizada en Concesiones de Telecomunicaciones para que,
en representación del Ministerio, suscriba la addenda a
los contratos de concesión para la prestación del servicio
público de buscapersonas conforme a los artículos prece-
dentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL FLÓREZ GARCÍA-RADA
Viceministro de Vivienda y Construcción
Viceministro de Comunicaciones (e)
35281
Reconocen a Telecable Siglo 21 S.A.A.
como titular de autorizaciones otorga-
das para el establecimiento del servi-
cio especial de telecomunicaciones
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 991-2001-MTC/15.03
Lima, 22 de noviembre de 2001
Vista, la solicitud formulada por las empresas CA-
BLE SISTEMAS S.A., T.V. CABLE DEL PERU S.A. y
TELECABLE SIGLO 21 S.A.A., para la aprobación de la
transferencia de las autorizaciones otorgadas por Reso-
luciones Directorales Nºs. 475-91-TC/15.17.li y 481-91-
TC/15.17.li;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral Nº 475-91-TC/
15.17.li de fecha 29 de abril de 1991, se autorizó a la
empresa CABLE SISTEMAS S.A., el establecimiento
del servicio especial de telecomunicaciones, "Distribu-
ción Privada de Emisiones y/o Señales" y se le autorizó
para instalar y operar un sistema de comunicación pri-
vada MMDS para implementar dicho servicio;
Que, mediante Resolución Directoral Nº 481-91-TC/
15.17.li de fecha 29 de abril de 1991, se autorizó a la
empresa T.V. CABLE DEL PERU S.A. el establecimien-
to del servicio especial de telecomunicaciones, "Distribu-
ción Privada de Emisiones y/o Señales" y se le autorizó
para instalar y operar un sistema de comunicación pri-
vada MMDS para implementar dicho servicio;
Que, las empresas CABLE SISTEMAS S.A., T.V.
CABLE DEL PERU S.A. y TELECABLE SIGLO 21
S.A.A. solicitan la transferencia a favor de esta última
empresa de las autorizaciones aprobadas por Resolucio-
nes Directorales Nºs. 475-91-TC/15.17.li y 481-91-TC/
15.17.li, como consecuencia de la fusión por absorción de
las empresas;
Que, el Artículo 120º del Reglamento General de la
Ley de Telecomunicaciones, establece que en los casos de
fusión o escisión de sociedades, la empresa titular del
derecho solicitará al órgano competente del Ministerio
la transferencia de la concesión o autorización, quien
evaluará la solicitud de acuerdo a lo establecido por la
normatividad vigente;
Que, mediante Informe Nº 568-2001-MTC/
15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de
Telecomunicaciones opina que es procedente la solicitud
formulada por las empresas CABLE SISTEMAS S.A.,
T.V. CABLE DEL PERÚ S.A. y TELECABLE SIGLO 21
S.A.A.;
Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside-
randos, corresponde aprobar la transferencia de las
autorizaciones solicitadas por las empresas CABLE SIS-
TEMAS S.A., T.V. CABLE DEL PERU S.A. y TELE-
CABLE SIGLO 21 S.A.A.; como consecuencia de la fu-
sión por absorción;
De conformidad con lo dispuesto por los Decretos
Supremos Nºs. 013-93-TCC, 06-94-TCC y sus modificato-
rias, Decreto Supremo Nº 007-97-MTC y el Texto Unico
de Procedimientos Administrativos del Ministerio de
Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción;
Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Espe-
cializada en Concesiones de Telecomunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la transferencia de las autoriza-
ciones otorgadas por Resoluciones Directorales Nºs. 475-
91-TC/15.17.li y 481-91-TC/15.17.li y la asignación del
espectro radioeléctrico relativas a aquéllas a favor de la
empresa TELECABLE SIGLO 21 S.A.A.
Artículo 2º.- Reconocer a la empresa TELECABLE
SIGLO 21 S.A.A. como titular de las autorizaciones
otorgadas por Resoluciones Directorales Nºs. 475-91-
MTC/15.17.li y 481-91-TC/15.17.li, la que asume de pleno
derecho las obligaciones y derechos derivados de las
citadas autorizaciones.
Artículo 3º.- La empresa TELECABLE SIGLO 21
S.A.A. deberá presentar a la Unidad Especializada en
Concesiones de Telecomunicaciones, la escritura públi-
ca de fusión inscrita en los Registros Públicos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAÚL FLÓREZ GARCÍA-RADA
Viceministro de Vivienda y Construcción
Viceministro de Comunicaciones (e)
35282
PODER JUDICIAL
Conforman el "Comité de Gestión Patri-
monial del Poder Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA
PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL
Nº 170-2001-P-PJ
Lima, 26 de noviembre del 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 154-2001-EF, de
fecha 17 de julio del 2001, se aprobó el "Reglamento
General de Procedimientos Administrativos de los Bie-
nes de Propiedad Estatal", que dispone la conformación
de un órgano de administración de la propiedad en todas
las entidades públicas del Estado;
Que, en aplicación del literal c) del Artículo 2º, concor-
dante con el Artículo 8º del citado Reglamento, el Poder
Judicial como entidad pública, deberá conformar un Comi-
té de Gestión Patrimonial, encargado de coordinar y reali-
zar el planeamiento del registro, administración, disposi-
ción y control de los bienes de propiedad estatal sobre los
que este Poder del Estado ejercita algún derecho real;
Que, estando a lo referido, es necesario nombrar a los
integrantes del Comité de Gestión Patrimonial del Po-
der Judicial, conforme a lo establecido en el Artículo 9º
del acotado Reglamento, a fin que tal estamento procure
una adecuada gestión administrativa, en salvaguarda de
los bienes patrimoniales del Poder Judicial;
De conformidad con las facultades conferidas por el
inciso 4) del Artículo 76º del Texto Unico Ordenado de
la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, modificado por la
Ley Nº 27465;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Conformar el "Comité de Ges-
tión Patrimonial del Poder Judicial", el que estará inte-
grado por las siguientes personas:
- Dr. MARCO ANTONIO PEREYRA DEBERNAR-
DI, encargado de la Oficina de Saneamiento Físico
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