RESOLUCION SUPREMA N° 354-2009-DE/MGP - Autorizan viaje de técnico de la Marina de Guerra a EE.UU., en comisión de servicios

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición22 de Agosto de 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 22 de agosto de 2009 401357
De conformidad con la citada Ley N° 29289, la Ley N°
27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, la Ley N° 27619, que regula la
autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios
públicos, y sus modif‌i catorias, el Decreto Supremo Nº 047-
2002-PCM y el Decreto Supremo N° 009-2007-MINCETUR;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar el viaje de doña María del Carmen
De Reparaz Zamora y don Julio Eduardo Vidalón Chávez,
a la ciudad de Tokio, Japón, del 15 al 22 de setiembre
de 2009, para que en representación de PROMPERÚ
lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo
receptivo durante la Feria Internacional de Turismo “Jata
Tokio”, a realizarse en la referida ciudad.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución se efectuarán con cargo al
Pliego Presupuestal 008: Comisión de Promoción del
Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de
acuerdo al siguiente detalle:
María del Carmen De Reparaz Zamora:
- Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) : US $ 1 560,00
- Pasajes Aéreos : US $ 1 935,00
- Tarifa Corpac : US $ 31,00
Julio Eduardo Vidalón Chávez:
- Viáticos (US$ 260,00 x 6 días) : US $ 1 560,00
- Pasajes Aéreos : US $ 1 935,00
- Tarifa Corpac : US $ 31,00
Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario
siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se
autoriza mediante el Artículo 1° de la presente Resolución,
presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de
PROMPERÚ un informe detallado sobre las acciones
realizadas y los logros obtenidos durante el evento al
que asistirá; asimismo, deberá presentar la rendición de
cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no
libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos
aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el
Ministro de Comercio Exterior y Turismo.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALAN GARCÍA PÉREZ
Presidente Constitucional de la República
JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN
Presidente del Consejo de Ministros
MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
387621-14
DEFENSA
Autorizan viaje de técnico de la Marina
de Guerra a EE.UU., en comisión de
servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 354-2009-DE/MGP
Lima, 21 de agosto de 2009
Visto el Of‌i cio P.500-1141 del Director General del
Personal de la Marina de fecha 2 de julio de 2009;
CONSIDERANDO:
Que, la Red Interamericana de Telecomunicaciones
Navales ha cursado la invitación para que UN (1) Subof‌i cial
preste servicios como Auxiliar Administrativo en la Secretaría
de la Red Interamericana de Telecomunicaciones Navales con
sede en la Estación Naval de Mayport, Jacksonville, Florida -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a partir del 1 de setiembre
de 2009 al 1 de setiembre de 2011;
Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado dentro
de sus prioridades la autorización de viaje de UN (1) Técnico
para que preste servicios como Auxiliar Administrativo en la
Secretaría de la Red Interamericana de Telecomunicaciones,
referida en el considerando precedente;
Que, la designación de UN (1) Técnico para que preste
servicios en la Estación Naval de Mayport, permitirá
intercambiar experiencias y adquirir conocimientos de los
diferentes sistemas con que cuentan los países miembros,
así como administrar la documentación, publicaciones
y dirigir diariamente las comunicaciones, operaciones,
administración y seguridad de la Red;
Que, el viaje antes citado se encuentra incluido
en el Anexo 3, Rubro 7: Representación Nacional en
Organismos Internacionales, Ítem 30 de la Resolución
Suprema Nº 183-2009-DE de fecha 29 de mayo de 2009,
que modif‌i ca la Resolución Suprema Nº 028-2009-DE de
fecha 19 de enero de 2009 y sus modif‌i catorias, mediante
el cual se aprueba el Plan Anual de Viajes al Extranjero
del Sector Defensa Año 2009;
Que, en el orden de ideas antes expuesto, resulta
conveniente para los intereses institucionales autorizar el
viaje al exterior en Comisión de Servicio a partir del 1 de
setiembre al 31 de diciembre de 2009 del Técnico 2º Tel.
Antero David VELEZ Brillante, para que preste servicios
como Auxiliar Administrativo en la Secretaría de la Red
Interamericana de Telecomunicaciones Navales con sede
en la Estación Naval de Mayport, Jacksonville, Florida -
ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, el cual se desarrollará
del 1 de setiembre de 2009 al 1 de setiembre de 2011, por
cuanto la experiencia a adquirirse redundará en benef‌i cio
de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia
de la Marina de Guerra del Perú;
Que, para la designación del referido Técnico, se ha tenido
en cuenta su participación en el correspondiente proceso de
selección, habiendo ocupado el primer puesto, de acuerdo
a sus antecedentes académicos, desempeño profesional y
competencias adquiridas durante su línea de carrera;
Que, la duración del nombramiento es de DOS (2) años,
que incluye los años 2009, 2010 y 2011, por lo que el pago
del 1 de setiembre al 31 de diciembre de 2009, se efectuará
con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2009 y para completar el período de duración de la
Comisión de Servicio a partir del 1 de enero de 2010 se
formulará oportunamente la correspondiente ampliación de
autorización de permanencia en el extranjero, aplicando el
gasto al respectivo período presupuestal;
Que, de conformidad con el Artículo 40º del Texto Único
Ordenado de Situación Militar de Personal de Técnicos,
Subof‌i ciales y Of‌i ciales de Mar de las Fuerzas Armadas
del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2004 DE/
SG de fecha 20 de octubre de 2004, el personal que es
designado en comisión de servicios al extranjero, mayor de
NUEVE (9) meses, por cuenta del Estado, está impedido
de solicitar su pase a la situación de disponibilidad o retiro,
hasta después de haber servido en su respectiva Institución
Armada el tiempo mínimo previsto en el Artículo 30º del
presente Decreto Supremo, más el tiempo compensatorio
previsto, computado a partir del término de la comisión de
servicio o misión de estudios;
Que, el Artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 778-2008
DE/SG de fecha 25 de julio de 2008, dispone que los Órganos
Componentes, Organismos Públicos Descentralizados,
Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa,
cumplan con incorporar en sus propuestas de Resolución
Suprema de autorización de viajes del Personal Militar y
Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos
que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación
Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se
hará por días reales y efectivos, independientemente de la
modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil
del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-
2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la
autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios
públicos, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza
Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica
Básica del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29289 - Ley de
Descargado desde www.elperuano.com.pe

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR