344 038-04-MML/DMTU - Establecen disposiciones para la emisión de tarjetas de circulación para vehículos conformantes de flotas de circulación de diversas empresas

Fecha de publicación02 Marzo 2004
Fecha de disposición02 Marzo 2004
Pág. 263747
NORMAS LEGALES
Lima, martes 2 de marzo de 2004
5.00 Impuesto General a las Ventas -.- -.-
6.00 Penalidad por Incumplimiento de Contrato 24,328.67 -.-
____________ _____________
S/. 177,588.24 S/. 482.83
Saldo en contra del Contratista S/. 177,105.41 -.-
____________ _____________
S/. 482.83 S/. 482.83
Estando a lo informado, con las visaciones de Geren-
cia General Regional, Oficina Regional de Asesoría Jurídi-
ca, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial, Oficina Regional de Admi-
nistración y de la Gerencia Regional de Infraestructura del
Gobierno Regional de Loreto; y,
En uso de las facultades conferidas por el Reglamento
de Organización y Funciones del Gobierno Regional de
Loreto, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2003-
CR/RL, de fecha 21 de enero del 2003 y su modificatoria
aprobada mediante Ordenanza Regional Nº 020-CR/GRL,
del 14 de diciembre del 2003;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- APROBAR, la Liquidación por Resolu-
ción de Contrato de la Obra: “CONSTRUCCIÓN C.E.P.
Nº 60261-SAN PABLO II ZONA”, ejecutada por la firma
contratista: M.P.F. DEL ORIENTE S.A.C.; en la misma
que ha determinado una inversión total ascendente a la
suma de: DOSCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS SE-
TENTA Y NUEVE Y 68/100 NUEVOS SOLES (S/.
201,479.68); con un saldo en contra de la firma contra-
tista de: CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CIN-
CO Y 41/100 NUEVOS SOLES (S/. 177,105.41); más
intereses, sin perjuicio del inicio de las acciones legales
por daños ocasionados por incumplimiento del contrato
por parte del contratista; liquidación que se sustenta en
la documentación financiera proporcionada por la Ofici-
na Ejecutiva de Contabilidad e informes técnicos de la
Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Re-
gional de Loreto.
Artículo 2º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional de
Administración, bajo responsabilidad, a ejecutar la Ga-
rantía de Fiel Cumplimiento ascendente a la suma de:
CUARENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA
Y SIETE Y 35/100 NUEVOS SOLES (S/.48,657.35); y
la Garantía Adicional por el Monto Diferencial de Pro-
puesta ascendente a la suma de: DOSCIENTOS OCHO
MIL QUINIENTOS TREINTA Y UNO Y 48/100 NUEVOS
SOLES (S/.208,531.48); correspondiendo éstas íntegra-
mente al Gobierno Regional de Loreto, por ser la Firma
Contratista la causante de la resolución del Contrato
de Obra.
Artículo 3º.- AUTORIZAR, a la Oficina Regional de
Administración y a la Oficina Regional de Asesoría Jurí-
dica del Gobierno Regional de Loreto, para que en for-
ma coordinada prosigan las acciones administrativas y/
o legales para el recupero del saldo en contra de la con-
tratista M.P.F. DEL ORIENTE S.A.C., ascendente a la
suma de: CIENTO SETENTA Y SIETE MIL CIENTO CIN-
CO Y 41/100 NUEVOS SOLES (S/.177,105.41); monto
resultante de los adelantos no amortizados y penalidad
correspondiente por el incumplimiento al contrato, pre-
via notificación de la presente Resolución a la empresa
contratista.
Artículo 4º.- ENCARGAR, a la Oficina Regional de
Administración, realizar el cálculo real de los intereses por
el perjuicio económico a la Entidad, generados por la de-
mora en la devolución del saldo referido en el Artículo 3º
de la presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
ROBINSON RIVADENEYRA REÁTEGUI
Presidente
04323
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD
METROPOLITANA DE LIMA
Establecen disposiciones para la emi-
sión de tarjetas de circulación para ve-
hículos conformantes de flotas de cir-
culación de diversas empresas
DIRECCIÓN MUNICIPAL DE
TRANSPORTE URBANO
RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL
Nº 038-04-MML/DMTU
Lima, 27 de febrero del 2004
CONSIDERANDO:
Que el Decreto de Alcaldía Nº 193, del 22 de diciembre
de 2003, facultó a la Dirección Municipal de Transporte
Urbano a otorgar ampliaciones de las autorizaciones para
prestar servicio público de transporte regular de pasajeros
hasta el 31 de diciembre del 2004, a las personas jurídicas
con concesiones, autorizaciones o permisos vencidos o
por vencerse al 31 de diciembre del 2003, incluidos los
ampliados por el artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 066,
previo procedimiento de verificación de requisitos; estable-
ciendo en su artículo 3º, último párrafo, que durante el pla-
zo que transcurra entre el vencimiento de las concesiones
o autorizaciones señaladas y la fecha en que se otorgue la
ampliación, las empresas podrán mantener el servicio en
las rutas que vienen operando;
Que la Resolución Directoral Municipal Nº 019-04-
MML/DMTU, del 3 de febrero del 2004, que modifica la
Resolución Directoral Municipal Nº 001-04-MML/DMTU,
del 8 de enero del 2004, establece en su artículo 5º que
durante el plazo que tienen las empresas para presentar
sus documentos para la renovación de las autorizacio-
nes, éstas podrán mantener el servicio en las rutas que
vienen operando, en consecuencia, vencido el plazo se-
ñalado en el artículo 3º de la citada Resolución Direc-
toral Municipal Nº 019-04-MML/DMTU, se dará por con-
cluida la autorización y se iniciarán las acciones de fis-
calización y control;
Que el plazo señalado en el artículo 3º antes referido,
vence el 19 de abril del 2004, debiéndose agregar los 15
días naturales para la evaluación de los expedientes esta-
blecido en el artículo 4º de la misma resolución, debiendo
adicionarse 5 días hábiles más para la emisión de la res-
pectiva resolución de autorización; lo que determina un pla-
zo total del procedimiento hasta el 11 de mayo del 2004;
Que es necesario dictar las medidas necesarias para
dar cumplimiento al artículo 5º de la Resolución Directoral
Municipal Nº 019-04-MML/DMTU y precisar la fecha de
vencimiento del período en que se mantendrá el servicio,
de conformidad con el artículo 3º del Decreto de Alcaldía
Nº 193, de tal manera que las empresas comprendidas en
sus alcances puedan prestar el servicio en forma segura y
adecuada, acreditando la habilitación de los vehículos con-
formantes de su flota vehicular, mediante la respectiva tar-
jeta de circulación;
De conformidad con la Ley Orgánica de Municipalida-
des, la Ordenanza Nº 104 y demás normas modificatorias
y complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer que la Dirección de Estudios,
Autorizaciones y Registro emita las tarjetas de circulación
que correspondan a los vehículos conformantes de la flota
vehicular de las empresas comprendidas en los alcances
de las Resoluciones Directorales Municipales Nº 001-04-
MML/DMTU, del 8 de enero del 2004 y Nº 019-04-MML/
DMTU, del 3 de febrero del 2004, con fecha de expiración
al 11 de mayo del 2004, por los fundamentos expuestos en

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR