1074 181-2001-MTC/15.02 - Amplían plazo de vigencia de tarifa especial de peaje para vehículos de transporte pesado de carga y pasajeros

Fecha de publicación01 Mayo 2001
Fecha de disposición01 Mayo 2001
Pág. 202131
NORMAS LEGALES
Lima, martes 1 de mayo de 2001
Julio Melgar Salmón, durante los días 26, 27 y 28 de
abril del 2001, a la ciudad de Santa Cruz de la Sierra,
República de Bolivia, para los fines a que se contrae la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza-
do precedentemente será afectado con cargo al Presu-
puesto del Ministerio de Transportes, Comunicacio-
nes, Vivienda y Construcción, de acuerdo al detalle
siguiente:
Pasajes US$ 401.20
Viáticos US$ 600.00
Tarifa por Uso de Aeropuertos US$ 25.00
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará dere-
cho a exoneración o liberación de impuestos o de
derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. Valentín Paniagua Corazao
Presidente Constitucional de la República
LUIS ORTEGA NAVARRETE
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
22743
Amplían plazo de vigencia de tarifa
especial de peaje para vehículos de
transporte pesado de carga y pasaje-
ros
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 181-2001-MTC/15.02
Lima, 30 de abril de 2001
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 043-2001-
MTC/15.02, se estableció temporalmente y hasta las 24
horas del 1 de mayo de 2001, una tarifa especial de
peaje para vehículos de transporte pesado de carga y
pasajeros, en tanto se defina un nivel adecuado de
tarifa de peaje, que cumpla con asegurar el adecuado
mantenimiento de la Red Vial Nacional;
Que, estando por concluirse los estudios para deter-
minar la tarifa que debe cobrarse por el uso de la
infraestructura vial y su distribución entre los usua-
rios, así como una fórmula de actualización constante;
Que, en consecuencia, es necesario prorrogar la
tarifa especial de peaje para vehículos de transporte
pesado de carga y pasajeros, hasta contar con el resul-
tado del estudio antes mencionado;
De conformidad a lo establecido en el Decreto Ley
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Prorrogar hasta el 1 de julio del
presente año, la tarifa de peaje, señalada en la Resolu-
ción Ministerial Nº 043-2001-MTC/15.02, a los vehícu-
los de transporte pesado de carga y pasajeros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ORTEGA NAVARRETE
Ministro de Transportes, Comunicaciones,
Vivienda y Construcción
22697
CORTE SUPREMA DE
JUSTICIA
Modifican distribución de expedientes
de las Salas de Derecho Constitucio-
nal y Social Permanente y Transitoria
de la Corte Suprema de Justicia
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
DE PRESIDENCIA Nº 006-2001-P-CS
Lima, 30 de abril del 2001
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Administrativa de Presidencia
Nº 002-2001-P-CS-PJ, de fecha 3 de enero del 2001, se
dispuso la distribución de los expedientes de las Salas
de la Corte Suprema de Justicia de la República;
Que, en reunión llevada a cabo por los Presidentes
de las Salas de Derecho Constitucional y Social
Permanente y Transitoria de este Supremo Tribunal,
con el señor Presidente de este máximo órgano juris-
diccional, por razones de uniformidad jurisprudencial
se ha acordado modificar la distribución de los expe-
dientes en lo que respecta a estas Salas;
Que, estando a la facultad conferida por el Artículo
3º de la Resolución Administrativa Nº 011-2000-SP-
CS, expedida por la Sala Plena de la Corte Suprema de
Justicia de la República;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Modificar la distribución de
expedientes de las Salas de Derecho Constitucional y
Social Permanente y Transitoria de la Corte Suprema
de Justicia de la República, de la siguiente manera:
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SO-
CIAL PERMANENTE:
- Conocerá de los recursos de nulidad y casaciones
agrarias pares e impares, acciones de garantía,
apelaciones y casaciones de los procesos contencio-
sos administrativos que no tengan relación con
asuntos laborales ni previsionales; así como de
todos los expedientes que ingresen a partir de la
fecha.
SALA DE DERECHO CONSTITUCIONAL Y SO-
CIAL TRANSITORIA:
- Conocerá de los asuntos laborales, las apelaciones,
casaciones y recurso de nulidad de las acciones conten-
cioso administrativas en materia laboral y previsional
que hayan ingresado hasta la fecha.
Artículo Segundo.- Transcribir la presente
Resolución al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial,
Presidentes de las Salas Permanentes y Transitorias
de la Corte Suprema de Justicia de la República,
Oficina de Control de la Magistratura del Poder
Judicial, Fiscal de la Nación, Cortes Superiores de
Justicia de la República.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARIO URRELLO ALVAREZ
Presidente
22676

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