Tachas truchas

Por Periodista?El Perú recuerda sus días más oscuros?, dijo Nadine Heredia. La esposa del presidente de la República deplora la decisión del Jurado Electoral Especial Lima Centro 1 (JEE-LC1) de habilitar la candidatura de Keiko Fujimori.Como presidenta de su partido, ella admitió la inclusión de Heriberto Benítez en la lista congresal, si es que no la alentó. El candidato Urresti logró sacar a Benítez de la lista. A partir de ahí parece que el Partido Nacionalista retiró el apoyo a su candidato presidencial, hasta alejarlo de la contienda.Nadine Heredia, creo, hubiera querido presentar una tacha contra Keiko Fujimori. No lo hizo, pero sí su ex protegido, Heriberto Benítez. El congresista Benítez está involucrado en el caso de la mafia de Orellana, cuyas estafas millonarias no se apoyaban poco en jueces, fiscales y otras autoridades corruptas. Todavía no se ha esclarecido del todo la participación de Benítez en ese caso. Defenderse le debe haber llevado mucho tiempo, al punto que quizá descuidó su concentración.La provisional habilitación de Keiko Fujimori no se ha basado en un JEE-LC1 prevaricador. Se ha basado en varias tachas carentes de sustento, a pesar de que había argumentos para sustentar.Lo primero que tenía que ver un tachador de verdad era la ley. Lo segundo, la jurisprudencia. Como esta legislación es nueva, la jurisprudencia casi se reduce al caso de César Acuña.En el caso Acuña, el JNE estableció que para que haya causal de exclusión la entrega de dinero debía realizarse en un acto proselitista. La autoridad subrayó este aspecto debido a que la defensa de Acuña trataba de demostrar que todo estaba dentro de la propaganda electoral. El JNE puso énfasis en que una sanción de exclusión debe requerir inequívoca verificación de los hechos. De lo que se trata, dijo, es de evitar un ?irreparable vicio en la voluntad popular? (Res. 196-2016-JNE).Los tachadores de Keiko Fujimori, entre ellos Benítez, no parecen haber leído la mínima jurisprudencia en torno al artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas. De haber sido así, tendrían que haber desarrollado el carácter ?indirecto? de la entrega de dinero denunciada. La ley prevé autoría ?de manera directa o a través de terceros??.El JEE-LC1 no pudo determinar la relación jerárquica entre quienes entregaron el dinero y la agrupación...

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