Tablas de Factores de Actualización para el ajuste integral de estados financieros 1979-1989 y 1990-1998 y el Indice de Precios Promedio Mensual al Por Mayor a Nivel Nacional 1989-1998

Fecha de publicación13 Enero 1999
Fecha de disposición13 Enero 1999
Pág. 168832
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 13 de enero de 1999
RESUELVE:
Artículo Primero.- Fijar la cuantía de las multas por
omisión a la votación, por inconcurrencia a la instalación de la
mesa de sufragio o negativa a su conformación en función de la
Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente para el ejercicio
gravable de 1999, en:
Electores omisos a la votación
a) Por omisión a la votación 4.00 % de la UIT S/. 112.00
Miembros Titulares y Suplentes que no asistan o se nieguen a integrar la
mesa de sufragio
b) Por no asistir o negarse a integrar
la mesa de sufragio 5.00 % de la UIT S/. 140.00
Electores que no siendo Miembros titulares o suplentes, y que al ser
seleccionados se negasen al desempeño del cargo de miembro de mesa
c) Por negarse al desempeño del
cargo de miembro de mesa 5.00 % de la UIT S/. 140.00
Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en
vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El
Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS. SERPA SEGURA; MUÑOZ ARCE;
HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO;
Secretario General, TRUJILLANO
0580
DEFENSORIA DEL
PUEBLO
Autorizan viaje de Defensor Adjunto y
Gerente de Información y Sistemas, a
Bolivia, en comisión de servicios
RESOLUCION DEFENSORIAL
Nº 02-99/DP
Lima, 7 de enero de 1999
Vistos, los Memorandos Nºs. 018 y 026-99-DP/GAF y los
Anexos Nºs. 4 A-001-99/DC y 4 A-001-99/GIS, remitidos por la
Gerencia de Administración y Finanzas mediante los que solici-
ta emitir la resolución autoritativa de comisión del servicio al
exterior del Defensor Adjunto en Asuntos Constitucionales y del
Gerente de Información y Sistemas a la ciudad de La Paz,
Bolivia, del 7 al 9 de enero de 1999; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Defensoría del Pueblo tiene encomendada la defensa de
los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la
comunidad, así como la supervisión del cumplimiento de los deberes
de la Administración estatal y de la prestación de los servicios
públicos, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 161º y 162º
Que, la Defensoría del Pueblo se encuentra en proceso de
desarrollo y consolidación institucional, siendo conveniente para
dicho fin intercambiar experiencias con las correspondientes
Defensorías de otros países, en los diferentes aspectos de sus
respectivos ámbitos competenciales;
Que, es conveniente que el Defensor Adjunto en Asuntos
Constitucionales y el Gerente de Información y Sistemas reali-
cen una visita a la Defensoría del Pueblo de Bolivia del 7 al 9 de
enero del presente año, para conocer los avances de su plan de
sistemas y los procedimientos para el trámite de quejas estable-
cidos por ésta;
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, y
en concordancia con los Decretos Supremos Nºs. 163-81-EF y
031-89-EF; en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo
9º inciso 7) de la Ley Nº 26520 y los Artículos 6º y 7º incisos a) y
k) del Reglamento aprobado mediante la Resolución Defenso-
rial Nº 041-97/DP;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje de los señores
Samuel Abad Yupanqui, Defensor Adjunto en Asuntos Consti-
tucionales y Gregorio Tello Barrera, Gerente de Información y
Sistemas, a la ciudad de La Paz, Bolivia del 7 al 9 de enero de
1999, para los fines descritos en la parte considerativa de esta
resolución.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el viaje de los
referidos funcionarios, se efectuarán con cargo al Presupuesto
Institucional, según el detalle siguiente:
Sr. Dr. Samuel Abad Yupanqui: Por concepto de pasajes
internacionales Lima/La Paz/Lima US$ 342.20; por concepto de
viáticos US$ 375.00 y US$ 25.00 por Tarifa Unificada de Uso de
Aeropuerto - TUUA de CORPAC, totalizando US$ 742.20, los
que se distribuirán con cargo a la Fuente de Financiamiento
Donaciones y Transferencias - Proyecto AID: US$ 595.20 y a la
Fuente Donaciones y Transferencias Suecia-S1: US$ 147.00.
Sr. Gregorio Tello Barrera: Por concepto de pasajes
internacionales Lima/La Paz/Lima US$ 342.20; por concepto de
viáticos US$ 375.00 y US$ 25.00 por Tarifa Unificada de Uso de
Aeropuerto - TUUA de CORPAC, totalizando US$ 742.20, los
que se distribuirán con cargo a la Fuente de Financiamiento
Donaciones y Transferencias - Proyecto AID: US$ 595.20 y a la
Fuente Donaciones y Transferencias Suecia-S1: US$ 147.00.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE SANTISTEVAN DE NORIEGA
Defensor del Pueblo
0563
I N E I
Tablas de Factores de Actualización
para el ajuste integral de estados fi-
nancieros 1979-1989 y 1990-1998 y el
Indice de Precios Promedio Mensual al
Por Mayor a Nivel Nacional 1989-1998
RESOLUCION JEFATURAL
Nº 028-99-INEI
Lima, 12 de enero de 1999
CONSIDERANDO:
Que, el Consejo Normativo de Contabilidad, mediante Reso-
lución Nº 2 del 14 de noviembre de 1990, aprobó la Metodología
de Ajuste Integral de los Estados Financieros por efecto de la
inflación;
Que, asimismo se encuentra en plena vigencia el Ajuste Integral
por Efectos de Inflación establecido en las Resoluciones Nºs. 2 y 3 del
Consejo Normativo de Contabilidad, a tenor de lo dispuesto en la
Resolución de la Presidencia Nº 006-95-EF/93.01;
Que, el Decreto Legislativo Nº 797 y su Reglamento aproba-
do mediante Decreto Supremo Nº 006-96-EF, establece a partir
del Ejercicio Gravable de 1996, normas de Ajuste por Inflación
del Balance General por incidencia tributaria, utilizando como
índice de corrección el Indice de Precios al por Mayor a Nivel
Nacional que publica el Instituto Nacional de Estadística e
Informática;
Que, la Contaduría Pública de la Nación en su Oficio Nº 001-
99-EF/93.11 ha aprobado las Tablas de Factores de Actualiza-
ción para el Ajuste Integral de los Estados Financieros, desde
enero de 1979 a diciembre de 1989 y los años de 1990 a 1998
elaborados en base al Indice de Precios al Por Mayor a Nivel
Nacional solicitando su publicación en el Diario Oficial El Perua-
no y en el Boletín Mensual que publica el Indice de Precios al Por
Mayor;
En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 6º del
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la publicación de las Tablas de Fac-
tores de Actualización para el Ajuste Integral de los Estados
Financieros de enero 1979 a diciembre de 1989 y los años 1990
a 1998 según Anexo 1 y el Indice de Precios Promedio Mensual
al Por Mayor a Nivel Nacional 1989 a 1998 que aparece en el
Anexo 2, los mismos que forman parte de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer que en el Boletín Mensual Sistema
de Precios, que publica el Instituto Nacional de Estadística e
Informática se incluya la información oficial complementaria.
Regístrese y comuníquese.
FELIX MURILLO ALFARO
Jefe

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